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Acuerdo 33 de 1932 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/06/1932
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/06/1932
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00331932

ACUERDO 33 DE 1932

(Junio 9)

"Por el cual el Municipio honra la memoria de uno de sus más distinguidos Alcaldes".

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

CONSIDERANDO:

1. Que el Señor Higinio Cualla ejerció durante muchos años la Alcaldía de la Capital y que, con su actividad, inteligencia y probidad digna de ejemplo, contribuyó al desarrollo material y a la cultura de la ciudad;

2. que es un deber del Concejo honrar la memoria de aquellos jefes de la Administración municipal que, con el tiempo y al través de las ofuscaciones partidaristas, han aquilatado su acción administrativa y la limpieza de sus propósitos; y

3. Que el señor Cualla, muerto también hace largos años, reposa en una tumba de su propiedad en el Cementerio Central, que el Cabildo injustificadamente tiene olvidada y en descuido,

ACUERDA:

ARTICULO 1. El Señor Alcalde, el señor Secretario de Obras públicas del Municipio y el señor Personero contratarán con artista nacionales la construcción de un monumento que será erigido sobre el sepulcro del señor don Higinio Cualla, eminente ex-Alcalde de Bogotá.

ARTICULO 2. El monumento llevará la siguiente inscripción: "El Concejo de Bogotá al señor don Higinio Cualla, Alcalde que fue la ciudad y que se distinguió por su amor al progreso y bienestar de la capital de la República".

ARTICULO 3. Para atender al cumplimiento de este Acuerdo, vótase hasta la suma de mil pesos ($1,000), la cual se traslada del numeral 91, Capítulo IX, Departamento de Obras públicas, Agrupación C. Materiales, al numeral 77, Capítulo VI, Departamento de Hacienda, Agrupación K, Varios, del Presupuesto de Gasto de la actual vigencia.

ARTICULO 4. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a nueve de junio de mil novecientos treinta y dos.

El Presidente,

E. ACERO PIMENTEL

El Secretario, Abel Botero

Alcaldía de Bogotá . Junio de 1932

Publíquese y ejecútese.

LUIS PATIÑO GALVIS

El Secretario de Hacienda,

Rafael Holguín

Gobernación de Cundinamarca . Bogotá, 24 de Junio de 1932

Es exequible.

LIBORIO CUELLAR DURAN

El Secretario de Gobierno

Carlos Suárez Latorre