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Acuerdo 9 de 1956 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/01/1956
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/01/1956
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

AC00091956

ACUERDO 9 DE 1956

(Enero 20)

"Por el cual se honra la memoria de un ilustre ciudadano".

El Concejo Administrativo del D.E., de Bogotá,

En uso de sus atribuciones legales, y

CONSIDERANDO:

Que el 18 de Febrero de 1956 se cumple el 25º. Aniversario de la inauguración de la Plaza de Toros de Santamaría de Bogotá;

Que la construcción de esta magna obra se debe al esfuerzo y entusiasmo de don Ignacio Sanz de Santamaría.

Que don Ignacio Sanz de Santamaría consagró su fortuna personal al desarrollo y adelanto de la "Fiesta Brava" en Colombia, con el establecimiento de ganaderías de casta de lidia, y

Que es deber del Concejo Administrativo de Bogotá y del Gobierno Distrital, exaltar el espíritu público de uno de sus más preclaros servidores de la capital de la República,

ACUERDA:

ARTICULO 1.º La temporada que se celebrará el presente año en la Plaza de Toros de Santamaría, se denominará "Temporada Ignacio Sanz Santamaría".

ARTICULO 2.º La Alcaldía del Distrito Especial de Bogotá otorgará un premio llamado "Ignacio Sanz de Santamaría" al mejor toro de casta que se lidie durante la temporada de las Bodas de Plata.

ARTICULO 3.º En lugar prominente de la "Plaza de Santamaría" se erigirá un busto en bronce de don Ignacio Sanz de Santamaría.

ARTICULO 4.º En el pedestal del busto se insertará la siguiente Inscripción: "El Alcalde Mayor y el Concejo Administrativo de Bogotá, Distrito Especial, a la memoria de don Ignacio Sanz de Santamaría. Acuerdo número 9 de 1956 . 1931 . 1956".

ARTICULO 5.º Autorízase al señor Alcalde Mayor del Distrito para hacer los traslados y apropiaciones presupuestales necesarios a fin de dar cumplimiento al presente Acuerdo.

ARTICULO 6.º Este Acuerdo rige desde su sanción.

Dado en Bogotá, D.E., a 20 de Enero de 1956.

El Presidente, ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ.

El Secretario, Hernán Pedraza.

Alcaldía Mayor del D.E. de Bogotá, Enero 30 de 1956.

Publíquese y Ejecútese.

ANDRES RODRIGUEZ GOMEZ.

El Secretario de Gobierno, Buenaventura Guzmán.

El Secretario de Hacienda, Jaime Casabianca.