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Acuerdo 703 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
23/04/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/04/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6302 del 26 de abril de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 703 DE 2018

 

(Abril 23)

 

Por medio del cual se actualiza el Sistema Distrital de Protección Integral a las Mujeres Víctimas de Violencias SOFIA y se dictan otras disposiciones

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 18 y 23 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993


Ver Proyecto de Acuerdo 562 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.- Del Sistema. El Sistema Orgánico Funcional Integral y Articulador para la Protección a las Mujeres SOFIA, constituye la estrategia de articulación interinstitucional para la protección integral a las mujeres víctimas de violencias en el espacio público y privado.

 

PARÁGRAFO. El sistema SOFIA busca garantizar el goce efectivo del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias, en virtud de las competencias de los organismos y entidades distritales en materia de prevención, atención, sanción, erradicación y reparación de este tipo de hechos.

 

ARTÍCULO 2.- Objeto del Sistema. Este sistema tendrá como objeto: 1. Generar una estrategia interinstitucional que permita atender de manera prioritaria y con enfoque de género a las mujeres víctimas de violencias de género en Bogotá, incluyendo la garantía de la atención médica y sicológica, el acompañamiento institucional y la asesoría jurídica en todas y cada una de las localidades de Bogotá. 2. Propender por la restitución prioritaria de los derechos vulnerados a las mujeres y la garantía del ejercicio pleno de su ciudadanía. 3. Diseñar y desarrollar una estrategia de prevención de las violencias contra las mujeres, en las escuelas o instituciones educativas distritales y los medios de comunicación distrital y local.

 

ARTÍCULO 3.- Coordinación del Sistema. La Administración Distrital, a través de la Secretaría Distrital de la Mujer, será la encargada de la coordinación y articulación para el funcionamiento del Sistema SOFIA.

 

Los sectores de la Administración Distrital, sectores Central, Descentralizado y localidades, en especial la Gestión Pública, las Secretarías de Gobierno, Seguridad y Convivencia, Hacienda, Planeación, Desarrollo Económico, Industria y Turismo, Educación, Salud, Integración Social, Cultura, Recreación y Deporte, Ambiente, Movilidad y Hábitat, serán los responsables de la adopción e implementación de las políticas, medidas y acciones para prevenir, atender, sancionar, erradicar, reparar y dar garantías de no repetición de las violencias contra la mujer, así como de la implementación de los lineamientos técnicos y operativos del Sistema SOFIA, según los medios e instrumentos definidos por la Secretaría Distrital de la Mujer.

 

PARÁGRAFO. En la protección de las mujeres víctimas de violencia podrán participar las demás instituciones u organismos del nivel nacional, que tengan como competencia la garantía del derecho de las mujeres a una vida libre de violencias.

 

ARTÍCULO 4.- Lineamientos Técnicos y Operativos. La Administración Distrital en cabeza de la Secretaría Distrital de la Mujer, definirá los lineamientos técnicos y operativos para el funcionamiento y el seguimiento a la implementación del Sistema SOFIA, de acuerdo con lo estipulado en el marco jurídico internacional, nacional y distrital que regula el derecho de las mujeres a una vida libre de violencias.

 

PARÁGRAFO. Los lineamientos que se definan serán parte integral del presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO 5.- Implementación y Seguimiento. El seguimiento a la implementación del Sistema SOFIA será responsabilidad de las entidades e instancias correspondientes, conforme a lo establecido en los artículos 10, 11, 12,13 y 14 del Decreto 527 de 2014 o la norma que lo modifique o actualice.

 

PARÁGRAFO 1. En el ámbito local, los Consejos Locales de Seguridad para las Mujeres serán la instancia de seguimiento a la respuesta institucional en materia de violencias contra las mujeres tanto en el ámbito público como en el privado según lo estipulado en el Acuerdo Distrital 526 de 2013.

 

PARÁGRAFO 2. Los procesos organizativos y comunitarios de mujeres en el Distrito Capital ejercerán control social sobre la implementación del Sistema.

 

ARTÍCULO 6.- Evaluación y Balance. Con el fin de evaluar la implementación del Sistema SOFIA, la mesa de trabajo del Sistema SOFIA durante los tres (3) primeros meses de cada año, deberá presentar al Concejo de Bogotá D.C., un informe detallado sobre el desarrollo e implementación de las acciones y medidas realizadas en el marco del sistema.

 

ARTÍCULO 7.- Estrategia de Comunicaciones. El diseño, promoción, divulgación e implementación del Sistema SOFIA, estará a cargo de la Secretaría Distrital de la Mujer en coordinación con las demás entidades del Sector Central, Descentralizado y de localidades.

 

ARTÍCULO 8.- Vigencia y Derogatorias. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de abril del año 2018.

 

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ

 

Presidente

 

LUIS ALBERTO DONOSO RINCÓN

 

Secretario General de Organismo de Control

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.