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DECRETO 441 DE 1953 (Julio 9) "Por el cual se designa la Junta Calificadora del "Premio Ciudad de Bogotá"". EL ALCALDE DE BOGOTÁ, En uso de sus facultades, DECRETA: ARTICULO UNICO. Con el fin de que se estudien ampliamente las documentaciones presentadas a la Secretaria del Concejo para aspirantes al "Premio Ciudad de Bogotá", en desarrollo del articulo 5.º del acuerdo número 38 de 1940 y del Decreto número 122 de 1941, y por no estar en ejercicio de sus funciones el Legislativo Municipal, desígnase la siguiente Junta Calificadora:El Alcalde Mayor de la Ciudad; El Secretario de Gobierno, en representación del Concejo; El Secretario de Obras Públicas; El Señor Gerardo Villarraga, en representación de los empleados y obreros, y El Secretario del Concejo, encargado, quien actuará como Secretario de la Junta. PARÁGRAFO. La Junta rendirá su informe antes del 20 de Julio del presente año. Comuníquese y publíquese. Cúmplase. Dado en el Palacio Municipal de Bogotá, a 9 de Julio de mil novecientos cincuenta y tres. Coronel JULIO CERVANTES QUIJANO, Alcalde Mayor. El Secretario de Gobierno, Ernesto García Barriga. |