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Resolución 4 de 1995 Caja de Previsión Social Distrital en Liquidación

Fecha de Expedición:
27/12/1995
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/1995
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

RESOLUCION 4 DE 1995

(Diciembre 27)

"Por la cual se adiciona el Artículo único de la Resolución No. 3 del 21 de Diciembre de 1995".

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA CAJA DE PREVISION SOCIAL DEL DISTRITO

En uso de sus facultades legales y estatutarias, y,

CONSIDERANDO

Que si bien en la parte considerativa de la Resolución No. 3 se recogió la decisión adoptada, en sesión del 23 de noviembre de 1995, por los miembros de la Junta Directiva de la Caja de Previsión Social del Distrito, de no transformarse en Empresas Promotora de Salud, ni adaptarse al nuevo sistema de Seguridad Social en Salud así como la consecuencia legal de iniciar el proceso de liquidación de la misma, conforme lo ordena los Artículos 236 de la Ley 100 de 1993 y 21 del Decreto Reglamentario 1890 de 1995, en su parte resolutiva no se consignó expresamente la consecuencia y decisión de entrar en el proceso de liquidación establecido por la Ley.

En consecuencia,

RESUELVE

 ARTICULO 1. Adicionar al Artículo único de la Resolución No. 3 del 21 de diciembre de 1995 con el siguiente texto: por consiguiente entra en proceso de liquidación la Caja de Previsión Social del Distrito, en las áreas relacionadas con la prestación del Servicio de salud, tal como lo ordena, el Artículo 236 de la Ley 100 de 1993 y el Artículo 21 del Decreto Reglamentario 1890 de 1995.

ARTICULO 2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dado en Santafé de Bogotá, D.C. a los veintisiete días del mes de diciembre de 1995.

CARMENZA SALDIA BARRENECHE

Presidente