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ACUERDO 10 DE 1929 (Junio 25) "Por el cual se declara fiesta municipal un día de cada año y se da el nombre a una avenida (8 de junio)". EL CONCEJO DE BOGOTÁ CONSIDERANDO: 1. Que el día ocho de junio obtuvo la ciudad de Bogotá, por medio pacíficos y por la sola unificación de la voluntad de sus habitantes, uno de los triunfos más trascentales (sic) para la cultura y para las normas del puro de republicanismo que el país haya presenciado; 2. que la actitud del pueblo bogotano y la de sus gobernantes nacionales y municipales tiene una significación histórica que debe quedar grabada en la memoria de los ciudadanos y en la conciencia de las generaciones, y 3. Que en estas jornadas quedó conformado, una vez más, el título que desde 1810 viene conquistando Bogotá, de guardián de la democracia, del civismo y la honradez política. ACUERDA: ARTICULO 1. Declárase fiesta municipal el día ocho de junio de cada año para conmemorar los acontecimientos a que se refiere acuerdo. ARTICULO 2. El trayecto de la carrera 7, comprendido entre la calle 26 y la Avenida Santiago de chile, se denominará ""venida Ocho de junio". ARTICULO 3. Este acuerdo regirá desde el día de su sanción. Dado en Bogotá, a veinticinco de junio de mil novecientos veintinueve. El Presidente, VICENTE PIZANO RESTREPO- Por el Secretario, el oficial mayor, Jesús M. Restrepo A. Alcaldía de Bogotá . Julno 28 de 1929 Publíquese y ejecútese JOSE M. PIEDRAHITA El Secretario de Gobierno, Roberto Hernández Ortega Gobernación de Cundinamarca . Bogotá, julio 3 de 1929 Es exequible FELIX CORTES - El Secretario de Gobierno Marco A. Luque NOTA: Publicado en el Registro Municipal 162 de Junio 28 de 1929. |