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ACUERDO LOCAL 021 DE 2017 (Diciembre 15) Por medio del cual se
aprueba el Presupuesto Anual de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo
Local de La Candelaria, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero
y 31 de diciembre de 2018. LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE LA CANDELARIA En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en
especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su
artículo 324 y el Decreto 372 de 2010. CONSIDERANDO: Que el Alcalde Local
presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y
aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del
Decreto 372 de 2010. Que la Secretaría
Distrital de Hacienda mediante comunicación N.º 2017EE275653 de 30 de octubre
de 2017, comunicó la Cuota de asignación por un monto de DOCE MIL TRESCIENTOS UN MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL PESOS M/CTE
($12.301.133.000,00) para la vigencia. Que el Consejo
Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS- en su sesión No. 20 de 30 de
noviembre de 2017, Circular Confis 03 de 2017 emitió concepto favorable al
proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, el cual
asciende a la suma de VEINTICINCO MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS
M/CTE. ($25.288.455.000,00), para la vigencia fiscal de 2018. Que es función de la
Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de
Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS. Que, en mérito de lo
anterior, ACUERDA: Artículo 1°.- Fíjense los cómputos del Presupuesto de
Ingresos para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1º de enero y el 31 de
diciembre de 2018 por la suma de VEINTICINCO
MIL DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL
PESOS M/CTE. ($25.288.455.000,00), conforme al siguiente detalle:
Artículo 2°.- Fíjense los cómputos del Presupuesto de Gastos
del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de La Candelaria, para la
vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018,
por la suma de VEINTICINCO MIL
DOSCIENTOS OCHENTA Y OCHO MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS
M/CTE. ($25.288.455.000,00), conforme al siguiente detalle:
Artículo 3°.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha
de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2018. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre de
2017. JUAN CARLOS MAHECHA ROBAYO Presidente JAL de La Candelaria NIDYA MILENA ROJAS VANEGAS Secretaria JAL EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA, En uso de las
facultades legales y en especial de las que le confiere el Decreto Ley 1421 de
1993, artículos 81 y 89 numerales primero y segundo: sanciona el presente
Acuerdo Local POR MEDIO DEL CUAL SE
APRUEBA EL PRESUPUESTO ANUAL DE INGRESOS Y DE GASTOS DEL FONDO DE DESARROLLO
LOCAL DE LA CANDELARIA, PARA LA VIGENCIA FISCAL COMPRENDIDA ENTRE EL 1 DE ENERO
Y 31 DE DICIEMBRE DE 2018. Dado en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de diciembre de
2017. MANUEL AUGUSTO CALDERÓN RAMÍREZ
Alcalde Local de La Candelaria |