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DECRETO LOCAL 039 DE 2018
(Junio 27)
Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal al presupuesto anual de gastos para la vigencia fiscal 2018
EL ALCALDE LOCAL DE LOS MÁRTIRES
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el articulo 31 numeral 1 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que en cumplimiento de lo estipulado en el decreto 372 de agosto del 2010 del Alcalde Mayor de Bogotá en su artículo 31, modificaciones presupuestales numeral 1, traslados presupuestales inciso 2 “los traslados presupuestales del mismo agregado se harán mediante decreto expedido por el alcalde local...”
Que se hace necesario realizar traslados entre los rubros de Gastos e Inversión para cumplir con la ejecución del plan de desarrollo local.
Que es necesario disminuir los siguientes rubros: 3.3.1.15.01.03.1489 Una vejez mejor para todas las personas mayores dignas, activas y felices por valor de Trescientos cincuenta millones ciento catorce mil pesos ($ 350.114.000.oo) y aumentar los siguientes rubros 3.3.1.15.07.45.1523 Gobierno legítimo y transparente para todos por valor de ( $ 50.000.000.oo), 3.3.1.15.02.18.1505 Mejor movilidad para todos en un valor de ( $ 300.114.000.oo).
Que mediante comunicación Nº 2-2018-31342 del 5 de Junio de 2018 de la Secretaria Distrital de Planeación Directora emitió concepto favorable para la modificación presupuestal.
Que mediante comunicación Nº. 2018 EE 103085 del 13 de junio de 2018 de la Directora Distrital de Presupuesto, emitió concepto favorable para la modificación presupuestal.
En mérito de lo anterior expuesto,
DECRETA:
ARTÍCULO 1: Efectúese un CONTRACRÉDITO en el Presupuesto de Gastos de Inversiones del Fondo de Desarrollo Local en la vigencia 2018, por valor de Trescientos cincuenta millones ciento catorce mil pesos ($ 350.114.000.oo). De acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2: Efectúese un CRÉDITO en el Presupuesto de Gastos de Inversiones del Fondo de Desarrollo Local en la vigencia 2018, en Trescientos cincuenta millones ciento catorce mil pesos ($ 350.114.000.oo). De acuerdo al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3: El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los 28 días del mes de junio del año 2018.
RAÚL HERNANDO ESTEBÁN CIFUENTES
ALCALDE LOCAL MÁRTIRES |