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Acuerdo Local 004 de 2018 Junta Administradora Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
04/07/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL  004 DE 2018

 

(Junio 10)

 

Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la vigencia fiscal de 2018, por excedentes financieros

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 324 de la Constitución Política, artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 324 de la Constitución Política ha señalado que, las juntas administradoras locales distribuirán y apropiarán las partidas globales que en el presupuesto anual del Distrito se asignen a las localidades teniendo en cuenta las necesidades básicas insatisfechas de su población.

 

Que de conformidad con las disposiciones del numeral 4º del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993, modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 corresponde a las Juntas Administradoras: “(...) Aprobar el presupuesto anual del respectivo fondo de desarrollo, previo concepto favorable del concejo distrital de política económica y fiscal y de conformidad con los programas y proyectos del plan de desarrollo local.”.

 

Que conforme a lo consagrado en el artículo 31 del Decreto Distrital 372 de 2010 manifiesta que, “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones, según lo siguiente: (…) c) Adición por Excedentes Financieros: Si persistiera un saldo positivo, una vez ajustado el presupuesto local al monto real de las Obligaciones por Pagar constituidas al cierre de la vigencia inmediatamente anterior, deberá este ser adicionado por cada F.D.L. mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS, quien para el efecto consultará criterios de eficiencia y los conceptos de los Alcaldes Locales correspondientes”.

 

Que el artículo 38 ibídem hace mención a la Distribución de Excedentes Financieros, en donde señala que, el CONFIS distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

 

Que, a 31 de diciembre de 2017 el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño presentó un monto de excedentes financieros correspondientes a la suma de $223.330.116.

 

Que mediante Circular CONFIS  02  de 2018 y conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010 se comunicó que, en sesión No. 08 del 18 de junio de 2018, el CONFIS determinó un  monto total de $82.238.096.001 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2017 por los 20 Fondos de Desarrollo Local, los cuales se destinarán así:  a) $11.885.300.000 para la infraestructura física y tecnológica de las Alcaldías Locales de Usme, Barrios Unidos, Teusaquillo y Ciudad Bolívar, b) $9.002.795.981 para la construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de bolsillo en las localidades de Chapinero, Bosa, Antonio Nariño y Rafael Uribe Uribe, c) $37.150.000.000 para Malla vial y espacio público – puentes peatonales y/o vehiculares sobre cuerpos de agua para las localidades de Usaquén, Chapinero, Tunjuelito, La Candelaria y Rafael Uribe Uribe, d) $2.600.000.000 para los espacios de participación ciudadana en las localidades de Santa Fe, Rafael Uribe Uribe y Ciudad Bolívar, e) $9.100.000.000 para obras prioritarias de mitigación o prevención del riesgo para las localidades de Chapinero, San Cristóbal y Rafael Uribe Uribe, f) $12.000.000.000 para construir equipamientos educativos y culturales para las localidades de La Candelaria y Ciudad Bolívar y g) $500.000.000 para fortalecer las acciones de Inspección, Vigilancia y Control y la entrada en vigencia del nuevo código de policía a las localidades de Chapinero y los Mártires.

 

Que, en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de Antonio Nariño la suma de $1.000.000.000 para la construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de bolsillo.

 

Que, una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados al Proyecto 1437, Transformación de los parques de la Localidad el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto la Junta administradora Local de Antonio Nariño,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1°: Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño para la Vigencia Fiscal de 2018, la suma de MIL MILLONES DE PESOS (1.000.000.000) MONEDA CORRIENTE, conforme al siguiente detalle:

 

Código

Concepto

Valor

2.

Ingresos

1.000.000.000

2.4

Recursos de Capital

1.000.000.000

2.4.5

Excedentes Financieros

1.000.000.000

 

TOTAL INGRESOS

1.000.000.000

3

Gastos

1.000.000.000

3.3

Inversión

1.000.000.000

3.3.1

Directa

1.000.000.000

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

1.000.000.000

3.3.1.15.02

Pilar Democracia Urbana

1.000.000.000

3.3.1.15.02.17

Espacio público, derecho de todos

1.000.000.000

3.3.1.15.02.17.1437

Transformación de los parques de la localidad

1.000.000.000

 

TOTAL GASTOS

1.000.000.000

 

ARTÍCULO 2°: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

 Dado en Bogotá, a los 10 días del mes de julio del año 2018.

 

    ROBERTO ROJAS SANARIA

 

Presidente JAL Antonio Nariño

 

ELIANA K. ROZO QUINTERO

 

Secretaría JAL Antonio Nariño

 

EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO

 

Alcalde Local de Antonio Nariño