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Resolución 357 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/08/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/08/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6379 del 27 de agosto de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 357 DE 2018

 

(Agosto 24)

 

Por la cual se derogan las Resoluciones Nos. 303 de 2012 y 172 de 2017 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 2 del artículo 2 del Decreto Distrital 425 de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015 “[p]or la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”, integró en un solo Sistema de Gestión los Sistemas de Gestión de la Calidad y de Desarrollo Administrativo, el cual debe estar articulado con los Sistemas Nacional e Institucional de Control Interno, con el fin de fortalecer los mecanismos, métodos y procedimientos de control al interior de los organismos y entidades del Estado.

 

Que el artículo 2.2.22.3.1. del Decreto Único Reglamentario 1083 de 2015, modificado por el Decreto Nacional 1499 de 2017, establece que “[p]ara el funcionamiento del Sistema de Gestión y su articulación con el Sistema de Control Interno, se adopta la versión actualizada del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.” De igual manera, el artículo 2.2.22.3.4. ibídem, señala que Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG debe ser adoptado por los organismos y entidades de los órdenes nacional y territorial de la rama ejecutiva del Poder Público.

 

Que en virtud de lo dispuesto en el artículo 2.2.22.3.5 ibídem, el Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional, presentó el Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG, con el propósito de brindar los elementos fundamentales para que las entidades públicas implementen el Modelo de manera adecuada y fácil.

 

Que en el numeral 2.2.1 “Política de Planeación institucional” de la 2ª Dimensión: “Direccionamiento Estratégico y Planeación” del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión –MIPG, se estableció que la formulación de los lineamientos para administración del riesgo, le corresponde al equipo directivo.

 

Que en el numeral 7.2.2. “Gestión de los riesgos institucionales” de la 7ª Dimensión: “Control Interno” del mencionado manual, se dispuso como responsabilidad de la Alta dirección y del Comité Institucional de Coordinación de Control Interno “[e]stablecer la Política de Administración del Riesgo”.

 

Que en sesión del Comité Directivo del Sistema Integrado de Gestión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., celebrada el 26 de junio de 2018, se presentó la Política de Administración de Riesgos ante el Comité Institucional de Coordinación de Control Interno de la Secretaría General, la cual fue aprobada por el Secretario General.

 

Que con la aprobación de la nueva Política de Administración de Riesgos de la Secretaría General, se hace necesario derogar la Resolución 303 de 2012 “Por la cual se adopta la Política Integral de Administración de Riesgos de la Secretaría General” y la Resolución 172 de 2017 “Por la cual se modifica el artículo de la Resolución 303 de 2012, que adopta la Política Integral de Administración de Riesgos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.”

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º-: Derogar la Resolución 303 de 2012 y la Resolución 172 de 2017 de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

ARTÍCULO 2º-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2018.

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General