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DECRETO
LOCAL 006 DE 2018 (Septiembre 14) Por el cual se efectúa un traslado presupuestal
entre Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria
para la vigencia fiscal de 2018 EL
ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA En
ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que
le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y CONSIDERANDO: Que
de conformidad con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de
agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados
presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas
por la JAL para los mimos agregados. Que
de acuerdo con el oficio No 20186720011273 del 15 de Agosto
de 2018, emitido por el Alcalde Local de la Candelaria, se solicita Certificado
de Disponibilidad Presupuestal para efectuar un traslado entre Gastos de
Funcionamiento de la presente vigencia. Que
mediante radicado 2018EE176718 del 14 de Septiembre de
2018, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de
Hacienda emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal al interior
de los gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo local de la Candelaria. Que
para efectuar este traslado se expidieron los Certificados de Disponibilidad
Presupuestal No 439/440/441/442/443/444/445/446 de 2018 Que,
en mérito de lo expuesto anteriormente, DECRETA: ARTÍCULO 1°: Efectúese un Contracrédito en el presupuesto de gastos de Funcionamiento
para la vigencia de 2018, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 2º: Efectúese un Crédito
en el presupuesto de gastos de Funcionamiento para la vigencia de 2018.
conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO 3º: El presente Decreto
rige a partir de su expedición PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de septiembre del año 2018. MANUEL
AUGUSTO CALDERÓN RAMÍREZ Alcalde Local de La Candelaria |
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