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ACUERDO LOCAL 002 DE 2018
(Agosto 14)
Por el cual se efectúa una adición al Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la vigencia fiscal de 2018
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ÚSME
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su Artículo 324 y el Decreto 372 de 2010.
CONSIDERANDO:
Que mediante la Circular CONFIS 02 de 2018, se comunica que en la Sesión No. 08 del 18 de Junio de 2018, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un monto total de $ 82.238.096.001 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2017 por los FDL, los cuales se destinan $ 11.885.300.000 para la Infraestructura física y tecnológica de las Alcaldías Locales de Usme, Barrios Unidos, Teusaquillo y Ciudad Bolívar. $ 1.000.000.000 para el Mobiliario de la nueva sede administrativa de la Alcaldía Local de Usme, $ 2.852.300.000 para el reforzamiento estructural de la sede de la Alcaldía Local de Barrios Unidos, $ 7.033.000.000 para la continuación de la construcción de la sede de la Alcaldía Local de Teusaquillo y $ 1.000.000.000 para el Mobiliario de la nueva sede administrativa de la Alcaldía Local de Ciudad Bolívar.
Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de Usme la suma de $ 1.000.000.000 para el Mobiliario de la nueva sede administrativa de la Alcaldía Local.
Que mediante comunicación Nº 2-2018-40974 del 11 de Julio de 2018 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto previo favorable sobre modificación a la inversión. Adición de excedentes financieros.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar las modificaciones al presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local, previo concepto del CONFIS.
Que en mérito de lo anterior,
ACUERDA:
ARTÍCULO 1°: Incorporar la adición en el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Usme para la Vigencia Fiscal de 2018, conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del día ( ) del mes de ___ de 2018. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a 14 días del mes agosto del año 2018.
JHON FREDY JIMÉNEZ FLÓREZ
PRESIDENTE JAL
HUGO ALBERCIO VILLAMIL VILLAMIL
VICEPRESIDENTE JAL
El presente Acuerdo es sancionado en Bogotá, D.C., a los 07 días del mes de septiembre del año 2018 por:
JORGE ELIÉCER PEÑA PINILLA
Alcalde Local de Úsme |