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Resolución 117 de 2018 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
01/11/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/11/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6427 del 02 de noviembre de 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 117 DE 2018

 

(Noviembre 01)

 

Por la cual se adopta el Manual del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-SST de la Secretaría Jurídica Distrital

 

LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 1 del artículo 2.2.4.6.8 del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, y en los numerales 11 y 13 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016,

 

CONSIDERANDO:

 

Que en el Capítulo 6, Sección 5 del Título 4, Parte 2 del Libro 2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015, se establecen las directrices de obligatorio cumplimiento para la implementación del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo –SG-SST, que deben ser aplicadas por todos los empleadores públicos y privados.

 

Que el artículo 2.2.4.6.4 ídem define el SG-SST, como un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo.

 

Que el artículo 2.2.4.6.5, ibídem, establece que el empleador o contratante debe instaurar por escrito una política de Seguridad y Salud en el Trabajo-SST que debe ser parte de las políticas de gestión de la empresa, con alcance sobre todos sus centros de trabajo y todos sus trabajadores, independiente de su forma de contratación o vinculación, incluyendo los contratistas y subcontratistas.

 

Que el artículo 2.2.4.6.8 ejusdem, establece como obligaciones de los empleadores dentro del SG-SST, las siguientes: definir, firmar y divulgar la política de SST, a través de documento escrito que sirva como marco de referencia para establecer y revisar los objetivos de SST y cumplir con el deber de asignar, documentar y comunicar las responsabilidades específicas en SST a todos los niveles de la organización, incluida la alta dirección.

 

Que en concordancia con lo anterior, el artículo 2.2.4.6.12 del Decreto Único Reglamentario 1072 de 2015, establece que “(…) el empleador debe mantener disponibles y debidamente actualizados entre otros, los siguientes documentos en relación con el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST:

 

1) La política y los objetivos de la empresa en materia de seguridad y salud en el trabajo SST, firmados por el empleador.


2) Las responsabilidades asignadas para la implementación y mejora continua del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el trabajo SG-SST

 

(…)”.

 

Que por lo anterior, el empleador o contratante debe abordar la prevención de los accidentes y las enfermedades laborales, y la protección y promoción de la salud de los trabajadores, a través de la implementación, mantenimiento y mejora continua de un sistema de gestión cuyos principios estén basados en el ciclo PHVA (Planear, Hacer, Verificar y Actuar).

 

Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 15 del Decreto Distrital 323 de 2016 la Dirección de Gestión Corporativa de la SJD, tiene la función de “(…) Dirigir los procesos relacionados con el manejo del talento humano de la Entidad, bienestar social e incentivos, Plan Institucional de Capacitación (PIC), salud ocupacional, evaluación del desempeño, inducción, re inducción, clima organizacional y plan anual de vacantes. (…)”.

 

Que en consecuencia, la Dirección de Gestión Corporativa de la SJD formula el Manual del SG-SST como documento marco del sistema, el cual se encuentra fundamentado en el ciclo PHVA y desarrollado a través de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua e incluyendo la política, la organización, la planificación, la aplicación y la evaluación, con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y salud en el trabajo.

 

Que la SJD, consciente de la importancia de la seguridad y la salud de sus trabajadores, propone y adelanta acciones que contribuyen al mejoramiento de las condiciones de salud y seguridad, realizando actividades encaminadas a la identificación y control de los peligros y riesgos presentes en los lugares de trabajo y que puedan generar accidentes de trabajo o la aparición de enfermedades laborales.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1. Adopción. Adoptar el Manual del SG-SST de la SJD, documento que servirá como marco para la implementación del mencionado Sistema en la entidad.

 

ARTÍCULO 2. Comunicación. La Dirección de Gestión Corporativa de la SJD divulgará a través de los medios de comunicación a su disposición el Manual del SG-SST y su plan de trabajo, a todos los niveles de la Entidad y lo socializará a los miembros del COPASST.

 

ARTÍCULO 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., al 1er día del mes de noviembre del año 2018.

 

DALILA ASTRID HERNÁNDEZ CORZO

 

Secretaria Jurídica Distrital