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Decreto Local 008 de 2018 Alcaldía Local de Santa Fe

Fecha de Expedición:
16/11/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/11/2018
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6440 del 23 de noviembre del año 2018.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 008 DE 2018

 

(Noviembre 16)

 

Por medio del cual se realiza una modificación en el presupuesto de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de santa fe, traslado presupuestal en la suma de doscientos cincuenta millones de pesos mcte. ($250.000.000.00) vigencia fiscal de 2018

 

EL ALCALDE LOCAL DE SANTA FE

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 36 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 31 del Decreto 372 del 30 de Agosto de 2010, los traslados presupuestales dentro del mismo agregado, los hará el Alcalde Local mediante Decreto Local previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda. Dirección Distrital de Presupuesto. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Planeación.

 

Que en la Resolución No. SDH – 000191 del 22 de septiembre de 2017, por medio del cual se adopta y consolida el Manual de Programación, Ejecución y Cierre Presupuestal del Distrito Capital se indica el procedimiento para efectuar el ajuste en mención.

 

Que según el Manual en el numeral “3.9.1. Traslado Presupuestal: Es la modificación al presupuesto que disminuye el monto de una apropiación para aumentar, en la misma cuantía, la de otra del mismo agregado presupuestal o entre agregados presupuestales. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital. Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado los efectúa el Alcalde Local mediante Decreto, previo concepto favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y de la Secretaría Distrital de Planeación cuando se trate de proyectos de inversión.”

 

1. Que se hace necesario realizar un traslado en el Presupuesto para complementar los recursos de los proyectos de Inversión de la localidad vigencia 2018 en el Eje Pilar Democracia Urbana. Proyecto 1322. “Por un espacio público mejor para todos” en cuantía de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($250.000.000,00) con los cuales se busca ampliar la construcción en metros lineales de km/carril vías locales urbanas, para entregar a la comunidad un espacio público mejorado a corte 31 de diciembre de 2018.

 

2. Que se dispone de recursos en la suma de DOSCIENTOS CUINCUENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($250.000.000.00) en el proyecto de Inversión de la localidad vigencia 2018. En el Eje Transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética. Proyecto 1325. “Santa fe por una ruralidad emprendedora y tecnificada”. una vez revisada la ejecución del Presupuesto de la Localidad de Santa Fe con los cuales se busca brindar un completo servicio a la comunidad a corte 31 de diciembre de 2018 y con el proyecto de la vigencia 2017 que se está ejecutando, solamente requiere del presupuesto asignado $50.000.000.00 y el saldo $250.000.000.00; puede ser trasladado a otro proyecto que requiere una mayor asignación presupuestal.

 

Que se cuenta con unos Saldos Disponibles Libres de Afectación, ya que los proyectos de inversión de la Localidad cuentan con los recursos suficientes para cumplir con todos los ítems requeridos y el recurso es susceptible de traslado por lo cual complementará las actividades del proyecto a acreditar.

 

Que, en virtud a lo anteriormente expuesto, se hace necesario realizar el traslado presupuestal solicitado para poder dar cumplimiento a las necesidades de la administración Local en beneficio de la comunidad, así mismo, cumplir las metas establecidas para este componente en el Plan de Desarrollo Local de Santa Fe “Bogotá Mejor para todos”.

 

3. Que se cuenta con los Certificados de Disponibilidad Presupuestal No. 559 de fecha 24 de octubre 2018, mediante los cuales se informa de la disponibilidad de recursos a trasladar.

 

4. Que la Secretaria de Hacienda. Dirección Distrital de Presupuesto con oficio No. 2018EE224601 de fecha 14-11-2018 emite concepto favorable a la propuesta de Traslado.

 

5. Que la Secretaria Distrital de Planeación con oficio No 2-2018-67209 de fecha 01-11-2018 emite concepto favorable a la propuesta de traslado.

 

Que en mérito de lo expuesto el Alcalde Local de Santa Fe

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un CRÉDITO en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe de la vigencia 2018 en la suma DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($250.000.000,00) de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CRÉDITO:

 

CÓDIGO

CONCEPTO

CREDITO

3

GASTOS

$250.000.000

3-3

INVERSION

$250.000.000

3-3-1

DIRECTA

$250.000.000

3-3-1-15

Bogotá Mejor para todos

$250.000.000

3-3-1-15-02

Pilar Democracia urbana

$250.000.000

3-3-1-15-02-18

Mejor movilidad para todos

$250.000.000

3-3-1-15-02-18-1322

Por un espacio público mejor para todos

$250.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un Ben el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe de la vigencia 2018 en la suma DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS MCTE ($250.000.000,00) de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CÓDIGO

 

CONCEPTO

CONTRACREDITO

3

GASTOS

 

$250.000.000

3-3

INVERSION

 

$250.000.000

3-3-1

DIRECTA

 

$250.000.000

3-3-1-15

Bogotá Mejor para todos

$250.000.000

3-3-1-15-06

Eje transversal Sostenibilidad ambiental basada en la eficiencia energética

$250.000.000

3-3-1-15-06-41

Desarrollo rural sostenible

$250.000.000

3-3-1-15-06-41-1325

Santa Fe por una ruralidad emprendedora y tecnificada

$250.000.000

 

ARTÍCULO TERCERO: El presento Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, a los 16 días del mes de Noviembre del año 2018.

 

GUSTAVO ALONSO NIÑO FURNIELES

 

Alcalde Local de Santa Fe