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ACUERDO LOCAL 004 DE 2001 (Septiembre 24) "POR EL CUAL SE ADOPTA EL PLAN DE DESARROLLO ECONÓMICO, SOCIAL Y DE OBRAS PÚBLICAS PARA LA LOCALIDAD DE TEUSAQUILLO 2002 . 2004 "APRENDER Y ENSEÑAR A GOBERNAR ENTRE TODAS (OS) Y PARA TODOS (AS)" LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE TEUSAQUILLO En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el Artículo 318 de la Constitución Política de Colombia, la Ley 152 de 1994, el Decreto Ley 1421 de 1993 en sus artículos 6 y 69, numerales 1 y 12 y el Acuerdo No. 13 de 2000, en su artículo 22, y considerando que se han surtido todos los procesos previos establecidos en las normas para proceder a adoptar el Plan de Desarrollo Local de la Localidad de Teusaquillo, A C U E R D A PARTE ESTRATÉGICA GENERAL TÍTULO I VISION, MISIÓN, OBJETIVOS GENERALES Y ESTRATEGIAS GENERALES DE LA ACCION PUBLICA LOCAL 2002 - 2004 ARTICULO 1°. VISIÓN DE LA LOCALIDAD Y SUS ACCIONES DE GOBIERNO La localidad de Teusaquillo, entendiendo por esto la JAL y la Alcaldía Local será ejemplo para la ciudad por la pulcritud en el manejo de los recursos, el respeto al ciudadano a las normas, la promoción de la cultura democrática y la convivencia entre sus habitantes. Ello implica que los servidores públicos locales comprendamos que lo que pasa en lo local, se refleja en la función general de la ciudad, y que los recursos públicos entendidos de manera amplia deben manejarse mediante leyes universales y procedimientos públicos. En nuestra localidad, se debe aprender y enseñar a gobernar entre todos y para todos, vinculando a las organizaciones cívicas y comunitarias, a la academia, la empresa privada y a los niveles distrital central, departamental y nacional, para realizar acciones comunes concordantes con una visión de largo plazo construida colectivamente. La acción de la administración local reposará en los principios de democracia y participación. ARTICULO 2°. MISIÓN DE LA LOCALIDAD Y SU GOBIERNO Durante la vigencia de este plan, tanto la Alcaldía Local como la JAL actuarán de manera que se facilite mayores niveles de conocimiento, confianza y aceptación de los habitantes hacia los actos de gobierno y mayores niveles de compromiso hacia su localidad. La localidad animará espacios para que la ciudad hable con ella y ella con la ciudad. La localidad construirá criterios expresos y claros para priorizar los programas y proyectos que se adelantarán en Teusaquillo, usando el presupuesto local como "capital semilla". La localidad se dotará de indicadores que permitan a todas y todos hacer seguimiento al cumplimiento de lo acordado y validar públicamente los resultados. Parágrafo. En la medida en que el presente Plan ha resultado de la interacción entre autoridades e instancias de planeación, de su eficacia para producir el impacto deseado son responsables tanto las autoridades como las instancias de planeación. ARTICULO 3°. OBJETIVOS GENERALES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL La ejecución del presente Plan de Desarrollo tiene como propósito de primer nivel la respuesta a los anhelos de los ciudadano, y como objetivo general crear cultura democrática. Por ello los siguientes objetivos deben estar presentes en los actos de gobierno: 3.1. Ampliar y consolidar la participación ciudadana, buscando el compromiso de los diferentes actores sociales en la realización de tareas colectivas, para fortalecer el tejido social que cualifique y enriquezca la cultura ciudadana, la recuperación de valores para la convivencia, la solidaridad, la preservación del patrimonio público, la vida democrática y la legitimidad de la gestión pública. 3.2 Aumentar la disposición de los ciudadanos para emprender acciones colectivas y comprometerse a proyectos comunes, con el Estado y entre ellos mismos. Es decir, incrementar el capital social. 3.3. Mejorar la legitimidad de las instituciones locales. 3.4. Precisar las competencias y responsabilidades locales frente a las de la administración central. 3.5. Mejorar la calidad de vida de los habitantes de Teusaquillo y armonizar la relación entre éstos y los ciudadanos que usan la localidad. ARTICULO 4°. ESTRATEGIAS QUE GUIARÁN LA ACCIÓN DEL GOBIERNO LOCAL 4.1. Los proyectos en los que se concreten los programas deberán presentar un diagnóstico del problema que pretenden resolver y, cuando sea el caso, una evaluación del impacto de las acciones del mismo tipo que se hayan adelantado en la localidad en planes anteriores. La Oficina de Planeación brindará el apoyo necesario al Banco de Proyectos para dar cumplimiento a este precepto. 4.2 Se adelantarán acciones conjuntas tendientes a construir un proceso de comunicación social que informe, oriente y eduque, a través de la utilización de estrategias de comunicación. 4.3. Optimizar la atención y prestación de servicios al ciudadano, el cumplimiento de las funciones en forma eficiente, eficaz y oportuna. 4.4. Los programas aprobados por y para un sector pueden considerarse como programas dirigidos a toda la localidad, mientras se atienda prioritariamente el sector que lo formuló en calidad de PEZ. 4.5. Sólo se aprobarán proyectos que tengan garantizada su sostenibilidad, o por lo menos ésta sea verosímil. 4.6. Para el estudio de cada proyecto, en la Alcaldía Local y la JAL procuraran que la administración central de nuestra ciudad fije reglas generales sobre competencias y responsabilidades. 4.7. La JAL, consultando criterios con el Alcalde Local, con el CLP y con otras Instituciones de participación, expedirá un Acuerdo Local regulando los mecanismos de comunicación con el objeto de ordenar y optimizar los recursos en esta materia. 4.8. En las actividades de seguimiento, evaluación y formulación de nuevos proyectos se tendrán en cuenta no sólo los mecanismos de participación institucionalizados en el Acuerdo 13 del 2000 sino igualmente aquellos que ya habían venido existiendo (Consejo Local de Cultura, Comité Ambiental Local, Comité Local de Emergencia, Consejo Local de Seguridad y otros) y los que se creen (por ejemplo, Consejo de Sabios, etc.). TITULO I I ESTRUCTURA DEL PLAN ARTICULO 5°. La estructura del Plan de Desarrollo de la Localidad de Teusaquillo, está en concordancia con los Objetivos del Plan de Desarrollo Distrital, así como a sus correspondientes Programas; igualmente, se siguen los criterios de formulación de la Ley Orgánica de la Planeación (Ley 152/94), Acuerdo 13 de 2000 y demás normas aplicables al ámbito local. TEMAS, OBJETIVOS, ESTRATEGIAS Y METAS LOCALES ARTICULO 6° TEMAS LOCALES Los PGI, PEZ y PEL, se coordinarán en forma de cuatro grandes temas locales: a) Plan integral de seguridad.
b) Integración, Solidaridad, Participación y Cultura Democrática.
PLAN INTEGRAL DE SEGURIDAD ARTICULO 7º. OBJETIVOS 7.1. Disminuir los índices de delitos que se cometen en la localidad, especialmente aquellos que afectan a los ciudadanos residentes en la localidad y a los establecimientos de explotación económica situados en ella. 7.2. Incrementar la sensación de seguridad de los ciudadanos: de sus bienes, de su integridad personal y del uso de los espacios públicos. 7.3. Disminuir la vulnerabilidad frente a riesgos naturales y antrópicos, con especial énfasis en niños y adultos mayores. ARTICULO 8º. ESTRATEGIAS 8.1. Fortalecimiento de los espacios de participación democrática, facilitando los mecanismos para una mayor intervención comunitaria en las acciones de seguridad y prevención del delito y atacar los factores generadores de inseguridad con el apoyo de la comunidad, para lo cual se promoverán acciones de comunicación social e institucional, nuevos espacios de diálogo, concertación y reconstrucción de valores morales, éticos y de acatamiento de las normas. 8.2. El estudio de los proyectos en este campo, se harán sólo después de definir de manera general las competencias locales y las del Fondo de Vigilancia y Seguridad de la Secretaría de Gobierno, de la STT y de la Unidad de Atención y Prevención de Emergencias. 8.3. Se establecerán índices adecuados para medir el impacto de las acciones que se adelanten dentro de este plan, de común acuerdo con el Comité Local de Seguridad, el cual coordinará su evaluación con los mecanismos de participación pertinentes. 8.4. Se dará énfasis a la protección de la población vulnerable de la Localidad. ARTICULO 9º. METAS Reducción en un 10% de los índices de delincuencia en la Localidad. Fortalecer en un 30% de los frentes de seguridad ciudadana. Incentivar las denuncias de casos de violencia intrafamiliar en un 15%. Aumentar la sensación de seguridad. La meta correspondiente depende de tener como referencia una línea base. INTEGRACIÓN, SOLIDARIDAD, PARTICIPACIÓN Y CULTURA DEMOCRÁTICA ARTICULO 10º. OBJETIVOS 10.2. Incrementar la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos, así como su interés por los asuntos comunitarios y públicos locales, especialmente en jóvenes. 10.3. Realizar tareas colectivas con el sector público y privado, los educadores y la comunidad, tendientes a la prevención del consumo de drogas, la eliminación de la violencia intra-familiar, la conciliación en equidad, el fortalecimiento de los núcleos básicos de la comunidad, la disminución de los niveles de prostitución, juegos de azar, el apoyo a los grupos vulnerables (menores de 0 a 5 años). 10.4. Fortalecer la capacidad de respuesta de la comunidad frente a situaciones de riesgo tanto naturales como inducidos, y de la misma manera, impulsar actividades de tipo lúdico artísticas y culturales al aire libre, deportivas y demás, aprovechando el potencial de espacios verdes existentes en la localidad, como medio de sensibilización para el desarrollo del sentido de pertenencia, el aprendizaje individual y colectivo para sentir y ser seres humanos integrales. ARTICULO 11º. ESTRATEGIAS 11.1. Se privilegiarán los proyectos que incorporen componente importante de trabajo voluntario de las comunidades beneficiarias. Los proyectos que propendan por la generación de tejido social deben enfocarse de tal manera que el programa haga presencia permanente en la localidad. 11.2. Ampliación de los espacios que propicien la cultura de la participación democrática, el reconocimiento de los principios de la representación y el cumplimiento de las normas, a través de la comunicación adecuada, acciones de solidaridad y creación de canales expeditos de interacción con la institucionalidad pública local. 11.3. Promoción del trabajo voluntario, la utilización adecuada del tiempo libre, la conformación de redes sociales barriales, las actitudes de reconocimiento del otro y el uso adecuado del espacio público. 11.4. Promover alianzas entre el sector público y privado para el aprovechamiento del potencial cultural y recreo-deportivo con que cuenta la localidad, articuladas en un plan integral para la generación de hábitos de convivencia, cultura ciudadana y sentido de pertenencia para un mejor vivir local. 11.5. Se dará prioridad en la atención a grupos vulnerables, y a los proyectos que garanticen mayor cobertura poblacional total. 11.6. Se buscará la cooperación social y financiera de entidades del orden nacional e internacional para la atención a grupos poblacionales vulnerables. 11.7. Se encaminarán acciones tendientes a consolidar la conformación de los gobiernos escolares, así como la promoción de los demás mecanismos de participación democrática. 11.8. Se propiciará la vinculación de entidades educativas de los diferentes niveles, así como de organismos de carácter social, en la realización de tareas conducentes a la prevención del alcoholismo, la drogadicción, la prostitución y el maltrato infantil. 11.9. Articulación de acciones en temas como la prevención del alcoholismo, la drogadicción, la prostitución infantil y los delitos sexuales, que permitan generar un gran impacto. 11.10. Se propenderá por la vinculación del mayor número posible de ciudadanos y organizaciones comunitarias en los diferentes procesos del devenir local. ARTICULO 12º. METAS Disminuir el número de habitantes de la calle, o integrarlos a labores en el espacio público que los dignifique y disminuyan el temor que suscitan, de acuerdo con las políticas distritales sobre el tema. Más ciudadanos conocen las reglas de convivencia, las acatan y participan en la promoción de su cumplimiento. Más ciudadanos participan en los escenarios de participación comunitaria y política. Mayor número de Juntas de Administración de unidades de propiedad horizontal regularizadas. Disminuir los tiempos de atención a las denuncias sobre contravenciones urbanísticas. Definición de los agentes contaminantes, para su valoración y su correspondiente trámite ante el DAMA. Incremento de pactos sociales para la solución de problemas y asuntos de interés de la localidad. Incrementar en un 10% los eventos y prácticas culturales, deportivas, recreativas, olimpiadas, festivales, celebraciones y juegos deportivos promovidos por la comunidad. Incrementar en un 40% el número de Juntas de Acción Comunal en la Localidad. Aumentar el nivel de confianza en los procedimientos democráticos. Mejoramiento de la gestión pública, en particular organizar el seguimiento y evaluación del Plan de Desarrollo Local orientado a resultados; Actualización del sistema de información para el Banco de Programas y Proyecto Local; diseño y puesta en marcha de sistemas integrado de información y sistemas de comunicación e información para los ciudadanos. Establecimiento de acuerdos y compromisos con el 15% de los establecimientos locales de educación básica y media, para la consolidación de los gobiernos escolares, la promoción de los demás mecanismos de participación democrática. ESPACIO PÚBLICO ARTICULO 13º. OBJETIVOS 13.1. Construir, adecuar, rehabilitar, recuperar, reforestar, renovar, remodelar y habilitar el espacio público y aplicar las acciones necesarias con participación comunitaria para conservarlo y proteger el medio ambiente, garantizando un entorno agradable y pacífico en la Localidad, para el sano esparcimiento, la convivencia y desarrollo de actividades lúdicas y recreativas de la comunidad, la generación de empleo y el aprovechamiento del potencial cultural y recreo-deportivo de la localidad. 13.2. Motivación para el uso adecuado del espacio público y la vida democrática, dando a conocer los aspectos normativos, cívicos y los beneficios que reporta su uso adecuado. ARTICULO 14º. ESTRATEGIAS 14.1. Organización y puesta en marcha de las acciones necesarias para la recuperación y adecuación física, legal y ambiental del espacio público, adaptándolo como un espacio de encuentro social, por medio de la rehabilitación, reparación, reparcheo y repavimentación de vías, recuperación de andenes tanto en infraestructura como en espacio para el peatón. 14.2. Con vinculación directa de la comunidad, a través de Comités de Amigos de Parques barriales y otras organizaciones comunitarias; se orientará la inversión para la rehabilitación el y amoblamiento de estos espacios de encuentro y esparcimiento comunitarios, e igualmente se articularán acciones para el manejo de residuos sólidos en concordancia con el plan maestro distrital. 14.3. Se propenderá por la rehabilitación, readecuación, reforestación, mejoramiento, amoblamiento y mantenimiento de parques de barrio y zonas verdes con participación, gestión Y compromiso comunitario. 14.4. Establecer acuerdos y compromisos con la comunidad para el embellecimiento de fachadas y antejardines, principalmente en las zonas de conservación arquitectónica. 14.5. Recuperación en un 12% del espacio público invadido por diferentes agentes. 14.6. Se promoverá la gestión compartida para allegar los recursos necesarios para la recuperación de malla vial, andenes y sardineles. ARTICULO 15º. METAS 15.1. Construcción, adecuación, rehabilitación de 10 Kms de malla vial local, así como de 4000 Mts2 de andenes, 4000 ML de sardineles, en un 30% por gestión compartida con la comunidad y el IDU y el 70% con recursos del presupuesto local. 15.2. Creación de asociaciones de amigos de parques barriales en un 30 % de barrios de la localidad para su administración y mantenimiento. 15.3. Como mínimo doce (12) parques barriales construidos, rehabilitados, amoblados y mejorados y con compromisos de la comunidad para su conservación y mantenimiento. 15.4. Quinientos árboles nativos sembrados y mantenidos por la comunidad y arborización del 25% de las áreas permitidas. EMPLEO ARTICULO 16º. OBJETIVOS 16.1 Contribuir mediante estrategias de índole local a la solución del problema del desempleo de los habitantes de la localidad. 16.2 Acercar espacialmente demanda y oferta de empleo. ARTICULO 17º. ESTRATEGIAS 17.1. Insertar las redes de comunicación e interacción de impacto local a las estrategias distritales y nacionales de promoción del empleo y de la formación para el empleo. 17.2. Acercar las ofertas y demandas locales de puestos de trabajo. ARTICULO 18º. METAS 18.1. Más personas de la localidad dejarían de contestar "sí" a la encuesta del DANE sobre empleo. LOS OBJETIVOS (PDD), SUS CORRESPONDIENTES PROGRAMAS METAS Y ESTRATEGIAS CAPITULO I. CULTURA CIUDADANA "Aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos". ARTICULO 20°. PROGRAMAS, PROYECTOS PRIORITARIOS Y METAS POR PROGRAMA En el siguiente cuadro se identifican los Programas, PGI, PEL, PEZ, priorizados en los encuentros ciudadanos, dentro del objetivo de Cultura Ciudadana: OBJETIVO: 1. CULTURA CIUDADANA
"Incrementar la generación sostenible de riqueza y prosperidad colectiva en la ciudad y la región, a través de la acción conjunta entre lo público y lo privado". ARTICULO 22. PROGRAMAS, PROYECTOS PRIORITARIOS Y METAS POR PROGRAMA En el siguiente cuadro se identifican los Programas y PGI, PEL y PEZ dentro del objetivo PRODUCTIVIDAD: OBJETIVO: 2. PRODUCTIVIDAD
"Mejorar el acceso de las personas en situación de alta vulnerabilidad al afecto y a condiciones mínimas de nutrición, salud, educación y habitación con criterios de responsabilidad compartida e imparcialidad". ARTICULO 24°. PROGRAMAS, PROYECTOS PRIORITARIOS Y METAS POR PROGRAMA Con la ayuda del siguiente cuadro se identifican los Programas, PGI, PEL y PEZ dentro del objetivo de Justicia Social: OBJETIVO: 3. JUSTICIA SOCIAL
CAPITULO IV. EDUCACIÓN "Elevar el conocimiento y la capacidad de aprender de las personas, movilizando el potencial educativo y cultural de la ciudad desde los objetivos del Plan". ARTICULO 25°. PROGRAMAS, PROYECTOS PRIORITARIOS Y METAS POR PROGRAMA Con la ayuda del siguiente cuadro se identifican los Programas, PGI, PEL y PEZ dentro del objetivo de Educación: OBJETIVO : 4. EDUCACIÓN
"Mejorar en forma socialmente sostenible los factores ambientales de la ciudad que inciden en la salud de las personas, la sostenibilidad de los ecosistemas y la productividad en el Distrito y arraigar culturalmente comportamientos de respeto por el medio natural y construido hacia una nueva relación sociedad ambiente". ARTICULO 27°. PROGRAMAS, PROYECTOS PRIORITARIOS Y METAS. Con la ayuda del siguiente cuadro se identifican los Programas, PGI, PEL y PEZ dentro del objetivo de Ambiente: OBJETIVO: 5 AMBIENTE
"Crear condiciones para que niñas y niños puedan vivir su niñez, y apoyar los comportamientos solidarios de las diferentes formas de familia y de sus integrantes . niñas y niños, jóvenes, hombres, mujeres y adultos mayores". ARTICULO 29°. PROGRAMAS, PROYECTOS PRIORITARIOS Y METAS. Con la ayuda del siguiente cuadro se identifican los Programas, PGI, PEL y PEZ dentro del objetivo de Familia y Niñez: OBJETIVO: 6. FAMILIA Y NIÑEZ
CAPITULO VII. GESTION PUBLICA ADMIRABLE "Elevar la confianza y el respeto de los habitantes de Bogotá hacia las instituciones y los organismos distritales y el compromiso de los servidores públicos y de todas las personas con una gestión efectiva y transparente". ARTICULO 31°. PROGRAMAS, PROYECTOS PRIORITARIOS Y METAS. Con la ayuda del siguiente cuadro se identifican los Programas, PGI, PEL y PEZ dentro del objetivo de Gestión Pública Admirable: OBJETIVO: 7. GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE
PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES TITULO I I I ARTICULO 32°. PROYECCION DE RECUSOS FINANCIEROS Para la Proyección de los recursos financieros, la Secretaría de Hacienda proporcionó la información del cálculo de proyecciones de la Localidad, correspondiente a los recursos que la Administración Central le transfiere a la localidad, los cuales pueden estar sujetos a modificaciones, dependiendo del comportamiento de los ingresos del nivel central. El Plan plurianual de inversiones 2002 . 2004 que hace parte de este Proyecto de Plan de Desarrollo <APRENDER Y ENSEÑAR A GOBERNAR ENTRE TODOS Y PARA TODOS>, contempla los siete objetivos prioridad del plan de desarrollo distrital <BOGOTÁ PARA VIVIR, TODOS DEL MISMO LADO>, con la distribución de recursos para cada uno de ellos, el cual se elaboró teniendo en cuenta los requerimientos de la misma comunidad y el conocimiento que de la situación actual local tiene la administración local. CUADRO No. 1 PROYECCIÓN DE RECURSOS PARA EL TRIENIO 2002 . 2004 POR OBJETIVO
CUADRO No. 2 PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES PERIODO 2002 . 2004
Nota: De acuerdo con las políticas Nacionales y Distritales, los topes de asignaciones están dados con base en SLMM., por programa, de acuerdo con lo establecido en el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 en cuanto al monto de recursos que debe asignarse a cada programa; dichas proyecciones estarán sujetas a modificaciones, dependiendo del comportamiento de los ingresos Distritales.CUADRO No. 3 INTERSECTORIALIDAD APLICABLE PARA CADA PROGRAMA CON SUS CORRESPONDIENTES PGI
CONTINUACIÓN CUADRO No. 3 INTERSECTORIALIDAD APLICABLE PARA CADA PROGRAMA CON SUS CORRESPONDIENTES PGI
CONTINUACIÓN CUADRO No. 3 INTERSECTORIALIDAD APLICABLE PARA CADA PROGRAMA CON SUS CORRESPONDIENTES PGI
CONTINUACIÓN CUADRO No. 3 INTERSECTORIALIDAD APLICABLE PARA CADA PROGRAMA CON SUS CORRESPONDIENTES PGI
CONTINUACIÓN CUADRO No. 3 INTERSECTORIALIDAD APLICABLE PARA CADA PROGRAMA CON SUS CORRESPONDIENTES PGI
ARTICULO 33o. EJECUCIÓN. Su ejecución anualmente corresponderá a lo aprobado y definido en el Plan de Inversiones del presupuesto anual de la localidad y quedará sujeta al comportamiento de los ingresos. Teniendo en cuenta la comunicación anual que haga la Secretaría de Hacienda de la cuota de gasto global para la localidad, se harán los ajustes pertinentes al Plan de Inversiones. Para los ajustes se tendrá en cuenta el peso relativo que cada programa tenga en las inversiones afectadas por la disminución de dichos ingresos y los niveles y capacidad de ejecución. De esta manera se promueve la asignación eficiente de los recursos. La JAL, el CPL, las comisiones de Trabajo, la Alcaldía Local y los mecanismos de participación existentes más los que se creen por parte de la JAL, trabajarán conjuntamente dentro de sus competencias para cualificar el banco de proyectos. Para ello establecerán mecanismos de comunicación públicos con los ciudadanos proponentes. ARTICULO 34o. EVALUACION DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL. El Alcalde Local a través de la Oficina de Planeación Local efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del Plan de Desarrollo Local, de acuerdo con los lineamientos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital. Lo hará además contando con los mecanismos de participación previstos en el Acuerdo 13 de 2000, en los mecanismos de participación ya existentes y en los que se creen en adelante. Con el fin de asegurar la real ejecución de los proyectos se deberá aplicar como criterio la necesidad de dar continuidad a aquellos que se vengan ejecutando y que requieran, para su culminación, recursos por más de una vigencia. Se dará cumplimiento al Artículo 69 numeral 4º del Decreto Ley 1421 de 1993 que dice: "No se podrán hacer apropiaciones para la iniciación de nuevas obras mientras no estén terminadas las que se hubieren iniciado en la respectiva localidad para el mismo servicio". El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias. PUBLIQUESE Y CUMPLASE Dado en Bogotá D.C. a los __ (___) días del mes de _ del año dos mil uno (2001). JORGE ALEJANDRO RUBIO LUGO Presidente. LUIS ANTONIO MENDOZA FORERO Vicepresidente. RITE SUSANA SCHUSTER RODRÍGUEZ Edil - Secretaria Sancionado hoy(___)del mes de _del año dos mil uno (2001). CLAUDIO JOSE GUILLERMO HERNÁNDEZ GUEVARA ALCALDE LOCAL NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2479 de Septiembre 24 de 2001 |