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ACUERDO LOCAL 006 DE 2018
(Diciembre 14)
Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019
LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO
En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324 y artículo 17 del Decreto 372 de 2010.
CONSIDERANDO:
Que el Alcalde Local de Antonio Nariño presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010.
Que la Secretaria Distrital de Hacienda mediante comunicación No.2018EE214382 del 31 de octubre de 2018, comunico la Cuota de asignación por un monto de $16.262.855.000 para la vigencia.
Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS – en su reunión del 27 de noviembre de 2018, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, el cual asciende a la suma de $32.627.978.000 Treinta y dos mil seiscientos veintisiete millones novecientos setenta y ocho mil pesos M/cte., para la vigencia fiscal 2019.
Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, previo concepto favorable del CONFIS.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO: Fíjense los cómputos del Presupuesto de Ingresos para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, por la suma de $32.627.978.000 Treinta y dos mil seiscientos veintisiete millones novecientos setenta y ocho mil pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO SEGUNDO: Fíjense los cómputos del presupuesto de Gastos del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, para la vigencia fiscal de enero 1 a diciembre 31 de 2019, por la suma de $32.627.978.000 Treinta y dos mil seiscientos veintisiete millones novecientos setenta y ocho mil pesos M/cte., conforme al siguiente detalle:
ARTÍCULO TERCERO: El presente Acuerdo rige a partir de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1 de enero de 2019.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, a los 14 días del mes de diciembre del año 2018.
ROBERTO ROJAS SANABRIA
ELIANA K. ROZO QUINTERO
Presidente JAL Antonio Nariño
Secretaría JAL Antonio Nariño
El Alcalde Local de ANTONIO NARIÑO, sanciona el presente Acuerdo en Bogotá D.C a los 17 días del mes de diciembre del dos mil dieciocho 2018.
EDUARDO AUGUSTO SILGADO BURBANO
Alcalde Local de Antonio Nariño |