RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Circular 001 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección de Gestión Corporativa

Fecha de Expedición:
09/01/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/01/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 001 DE 2019

 

(Enero 09)

 

Para: TODAS LAS DEPENDENCIAS

 

De: DIRECCIÓN DE GESTIÓN CORPORATIVA

 

Asunto: Tabla de Cuantías para los Procesos de Contratación Vigencia 2019

 

Radicado No.: 3-2019-62

 

De acuerdo con el presupuesto establecido para la Secretaría Jurídica Distrital, para la vigencia 2019, a continuación, se relacionan los valores en pesos colombianos que definen las diferentes modalidades de contratación para la presente vigencia, así:

 

Presupuesto total de la Secretaria Jurídica Distrital vigencia 2019

$38.169.378.000,oo (Decreto 826 de 2018)

Salario Mínimo año 2019

$828.116,00

Presupuesto Entidad en SMLMV

46.092

Modalidad de Proceso de Selección

Cuantía desde

Hasta

Mínima Cuantía (Ley 1474 de 2011, Art. 94)

$1,00

$23.187.248,oo

Menor Cuantía (Ley 1150 de 2007, Art.2, Núm. 2 Literal B)

$23.187.248,oo

$231.872.480,oo

Selección Abreviada por Subasta Inversa

$23.187.248,oo

$38.169.378.000,oo

Concurso de Méritos

$23.187.248,oo

$38.169.378.ooo,oo

Licitación Pública

$231.872.480,oo

$38.169.378.ooo,oo

 

Modalidades de Contratación sin consideración de cuantía:

 

1. Selección abreviada para la adquisición de bienes y/o servicios de características técnicas uniformes por compra por catálogo derivado de la celebración de Acuerdos Marco de Precios.

 

2. Cuando el proceso de Licitación Pública haya sido declarado desierto.

 

3. Cuando se ejecuten los programas a los que se refiere el literal h) del numeral 2 del artículo 2 de la ley 1150 de 2007.

 

4. Cuando se trate de la celebración de contratos a los que hace referencia el numeral 4 del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007.

 

Agradezco tener en cuenta la anterior información para el buen manejo de sus procesos de selección.

 

Cordialmente,

 

ETHEL VÁSQUEZ ROJAS

 

Directora de Gestión Corporativa

 

Proyectó: Jorge Ernesto Parra Leguizamón.

 

Revisó: Ethel Vásquez Rojas

 

Aprobó: Ethel Vásquez Rojas