RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Decreto Local 003 de 2019 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe

Fecha de Expedición:
12/03/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/03/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6520 del 21 de marzo de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 003 DE 2019

 

(Marzo 12)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto anual de ingresos y de gastos del fondo de desarrollo local de Rafael Uribe Uribe, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019

 

EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el decreto N° 15 de 2018, se liquidó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, el cual fue modificado con el Decreto No.17 del 31 de 2018, asignando un monto de $ 2.696.287.000 para Gastos de Funcionamiento de la vigencia fiscal 2019.

 

Que una vez revisada la estructura de la ejecución del Presupuesto de la Localidad de Rafael Uribe Uribe con corte a 31 de Enero de 2019, se evidenció que en el rubro 3.1.2.02.02.01.006.001 “servicios de mensajería”, se encuentran saldos disponibles.

 

Que se hace necesario efectuar el pago de transporte para los notificadores de la Localidad el cual debe realizarse a través del rubro presupuestal 3.1.2.02.02.01.0002 ”Servicio de transporte de pasajeros”

 

Que para el presente traslado se expidieron los siguientes Certificados de Disponibilidad Presupuestal Nos. 524 del 26 de febrero de 2019.

 

Que el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, párrafo tercero estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.”.

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, según Radicado No2019EE28590 del 08 de marzo de 2019, emitió concepto favorable sobre éste traslado presupuestal al interior de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, por valor de $ 16.000.000

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúense el siguiente Contracrédito al Presupuesto Anual de gastos e Inversiones del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe de la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente detalle:

 


CONTRACRÉDITOS

3

GASTOS

 16.000.000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

16.000.000

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

16.000.000

3-1-2-02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

16.000.000

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

 

3-1-2-02-02-01

Servicios de venta y de distribución , alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; Servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

16.000.000

3-1-2-02-02-01-0006

Servicios postales y de mensajería

16.000.000

3-1-2-02-02-01-0006-001

Servicios de mensajería

16.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

16.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúense el siguiente Crédito al Presupuesto Anual de gastos e Inversiones Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe de la vigencia fiscal 2019, de conformidad con el siguiente del detalle:

 

CRÉDITOS

3

 GASTOS

16.000.000

3-1

 GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

16.000.000

3-1-2

 Adquisición de bienes y servicios

16.000.000

3-1-2-02

 Adquisiciones diferentes de activos no financieros

16.000.000

3-1-2-02-02

 Adquisición de Servicios

16.000.000

3-1-2-02-02-01           

   Servicios de venta y de distribución , alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; Servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

16.000.000

3-1-2-02-02-01-0002

  Servicios de transporte de pasajeros

16.000.000

 

TOTAL CRÉDITOS

16.000.000

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Se expide en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de marzo del año 2019.

 

LUIS ALEJANDRO VARGAS PINZÓN

 

Alcalde Local de Rafael Uribe Uribe