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Resolución 034 de 2019 Secretaría Jurídica Distrital

Fecha de Expedición:
21/03/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/03/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 034 DE 2019

 

(Marzo 21)

 

Por medio del cual se designan los pares de los gerentes públicos para efectos de los Acuerdos de Gestión en la Secretaría Jurídica Distrital

 

LA SECRETARIA JURÍDICA DISTRITAL

 

En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los numerales 1 y 11 del artículo 5 del Decreto Distrital 323 de 2016 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el parágrafo del artículo 3 de la Ley 489 de 1998, señala que “Los principios de la función administrativa deberán ser tenidos en cuenta por los órganos de control y el Departamento Nacional de Planeación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 343 de la Constitución Política, al evaluar el desempeño de las entidades organismos administrativos y al juzgar la legalidad de la conducta de los servidores públicos en el cumplimiento de sus deberes constitucionales, legales o reglamentarios, garantizando en todo momento que prime el interés colectivo sobre el particular.” (Subrayado fuera de texto).

 

Que el numeral 6 del artículo 48 de la Ley 909 de 2004, establece en el marco de los principios de la Gerencia Pública en la Administración que “6. Todos los puestos gerenciales estarán sujetos a un sistema de evaluación de la gestión que se establecerá reglamentariamente”.

 

Que el numeral 4 del artículo 50 ídem, dispone sobre los acuerdos de gestión que “4. El Departamento Administrativo de la Función Pública apoyará a las distintas autoridades de las respectivas entidades públicas para garantizar la implantación del sistema. A tal efecto, podrá diseñar las metodologías e instrumentos que considere oportunos”.

 

Que mediante Circular Externa No. 100-001-2017 del 11 de enero de 2017, el Departamento Administrativo de la Función Pública señaló la importancia de evaluar la gestión de los gerentes públicos y adoptó una “Guía Metodológica para la Gestión del Rendimiento de los Gerentes Públicos - Acuerdos de Gestión”, con el fin de focalizar los compromisos hacia el logro de los objetivos institucionales, promover y mejorar las competencias individuales mediante la valoración cuantitativa a través de la calificación por parte del superior, de un par y de los subalternos, incentivando el nivel sobresaliente del gerente público, y articular las etapas de planeación institucional con las fases de concertación, formalización, seguimiento y evaluación de los acuerdo de gestión.

 

Que la Circular No. 005 de 2018 expedida por el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, señaló respecto a la calificación definitiva del gerente público, que la misma será el resultado de la sumatoria de lo alcanzado en el componente “Compromisos Gerenciales”, representado en un 80% del total de la escala (evaluado por el superior jerárquico), y del componente “Competencias Comunes y Directivas”, correspondiente al 20% restante, el cual se distribuye de la siguiente manera; 60% a la valoración de las competencias por parte del superior jerárquico; 20% a la realizada por un par y el 20% restante será el resultado del promedio de la valoración de los subalternos.

 

Que así mismo, respecto a la designación de los pares, la aludida Circular indica:

 

“En lo atinente a la designación de pares para el respectivo período, mediante acto administrativo. Se entiende como par el gerente público que interactúa de manera directa con la actividad del área del gerente evaluado, en caso de que tal condición no resulte aplicable, esta designación podrá recaer en cualquier otro gerente público de la entidad.

 

Para habilitarse como par evaluador, el gerente público deberá contar con una vinculación no inferior a cuatro (4) meses en la entidad, a fin de garantizar un mínimo de conocimiento respecto de las competencias objeto de evaluación.

 

De no cumplirse con esta condición, deberá designarse en su reemplazo a un gerente público que acredite el mínimo de tiempo señalado”.

 

Que mediante Resolución 044 de 2018, expedida por la Secretaria Jurídica Distrital, se adoptó la “Guía Metodológica para la Gestión del Rendimiento de los Gerentes Públicos - Acuerdos de Gestión” del Departamento Administrativo de la Función Pública, para los gerentes públicos de esta Entidad.

 

Que en la mencionada Guía se dispuso respecto a la designación de los pares, que los mismos deben ser seleccionados por el superior jerárquico con el acompañamiento del Secretario General, o quien haga sus veces y el área de talento humano.

 

Que respecto del componente “Competencias Comunes y Directivas”, señala la aludida Guía que se valorará en una escala de 1 a 5, midiendo el desarrollo de las conductas esperadas, de acuerdo con los siguientes criterios de valoración:

 

CRITERIO DE VALORACIÓN

PUNTAJE

Es consistente en su comportamiento, da ejemplo e influye en otros, es un referente en su organización y trasciende su entorno de gestión.

5

Es consistente en su comportamiento y se destaca entre sus pares y en los entornos donde se desenvuelve. Puede afianzar.

4

Su comportamiento se evidencia de manera regular en los entornos en los que se desenvuelve. Puede mejorar.

3

No es consistente en su comportamiento, requiere de acompañamiento. Puede mejorar.

2

Su comportamiento no se manifiesta, requiere de retroalimentación directa acompañamiento. Puede mejorar.

1

 

* Esta valoración contempla la percepción que el superior jerárquico, el par y los subalternos tienen sobre las competencias comunes y directivas del gerente público. Estos puntajes son fijos y dados en números enteros.

 

Que conforme a lo anterior, se hace necesario designar los pares de los gerentes públicos de la Secretaria Jurídica Distrital, para la calificación cuantitativa de las competencias comunes y directivas de los acuerdos de gestión.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. - Designar el par de cada uno de los gerentes públicos de la Secretaría Jurídica Distrital, para efecto de la calificación de las "Competencias Comunes y Directivas" de los acuerdos de gestión:

 

DEPENDENCIA EVALUADORA

DEPENDENCIA A EVALUAR

Director Distrital de Asuntos Disciplinarios

Director de Gestión Corporativa

Director de Gestión Corporativa

Jefe Oficina de Tecnologías de la Información las Comunicaciones

Director Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

Subsecretario Jurídico

Jefe Oficina de Tecnologías de la Información las Comunicaciones

Director Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

Director Distrital de Inspección, Inspección, Vigilancia y Control de

Personas Jurídicas sin Ánimo de Lucro

Dirección Distrital de Política e Informática Jurídica

Subsecretario Jurídico

Director Distrital de Asuntos Disciplinarios

Director Distrital de Política e Informática Jurídica

Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico

Dirección Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico

Director Distrital de Inspección, Inspección, Vigilancia y Control de Personas Jurídicas sin Ánimo de Lucro

 

Artículo 2°. - Comunicar el contenido de la presente Resolución a los Gerentes Públicos, que se anuncian en el artículo 1 a través de la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaria Jurídica Distrital.

 

Artículo 3°. - La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga la Resolución 048 del 28 de mayo de 2018.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de marzo del año 2019.

 

DALILA ASTRID HERNANDEZ CORZO

 

Secretaria Jurídica Distrital