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Decreto 298 de 1950 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
03/06/1950
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/06/1950
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 298 DE 1950

DECRETO 298 DE 1950

(Junio 3)

Por el cual se honra la memoria del Ilustrísimo y Reverendísimo señor doctor don Ismael Perdomo, Arzobispo de Bogotá.

EL ALCALDE DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales, y

CONSIDERANDO:

1. Que acaba de fallecer en la ciudad el excelentísimo y Reverendísimo Monseñor Ismael Perdomo, Arzobispo de Bogotá y Primado de Colombia. Asistente al Solio Pontificio, Prelado Doméstico de su Santidad y Conde Romano;

2. Que el Excelentísimo y Reverendísimo Monseñor Perdomo, como primer Obispo de Ibagué desde 1903; como Arzobispo Coadjuntor del Excelentísimo y Reverendisimo Monseñor Herrera Restrepo desde 1923, y como Arzobispo de Bogotá y Primado de Colombia desde 1928, enalteció, con as más acrisoladas virtudes, el cargo pastoral, promovió con extraordinaria prudencia y sabiduría la concordia fraternal entre los ciudadanos de la República y propendió, con desvelada solicitud y con acendrados sentimientos de caridad, por el imperio de las justicia social y el mejoramiento económico y moral de las clases trabajadoras, y

3. Que su desaparición es motivo de profundo pesar y de justísimo duelo para la República y para la Iglesia, y muy especialmente para esta ciudad de Bogotá, que lo amó y veneró como a uno de sus más ilustres y dignos Pastores,

DECRETA

ARTICULO 1. La Alcaldía de Bogotá se asocia a la Iglesia colombiana en el profundo y general dolor con que deplora el fallecimiento de sus esclarecido Pastor, y consagra la memoria de sus excelsas virtudes como singularmente dignas de admiración e imitación.

ARTICULO 2. En señal de duelo el pabellón nacional permanecerá izado a media asta en el Palacio Municipal durante nueve días.

ARTICULO 3. Suspéndese por un día los espectáculos públicos en la ciudad.

ARTICULO 4. Los empleados de todas las dependencias municipales asistirán en corporación a las exequias del ilustre finado.

ARTICULO 5. Copia de este Decreto, en nota de estilo, será puesta en manos del Capítulo Metropolitano y de la familia del extinto Prelado, por comisiones nombradas al efecto.

Publíquese en carteles y en el Registro Municipal.

Dado en el Palacio Municipal de Bogotá a 3 de junio de mil novecientos cincuenta.

SANTIAGO TRUJILLO GOMEZ .

El Secretario de Gobierno, José Manuel Cuellar

El Secretario de Hacienda, Miguel Torres Arroyo

. el Secretario de Obras Públicas, encargado, Francisco Andrade S.