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ACUERDO 739 DE 2019
(Mayo 20)
Por el cual se implementan herramientas digitales de información, orientación y comunicación para promover el bienestar de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes del Distrito Capital
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que le confiere el numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, Ver Proyecto de Acuerdo 148 de 2019 Concejo de Bogotá, D.C.
ACUERDA:
ARTÍCULO PRIMERO. La Administración Distrital implementará herramientas digitales de información, orientación y comunicación para la prevención del consumo se sustancias psicoactivas, de la paternidad y maternidad temprana y la promoción del bienestar emocional de los niños, niñas, adolescentes y jóvenes del Distrito Capital.
ARTÍCULO SEGUNDO. La Administración Distrital promoverá y fomentará estrategias de comunicación de las herramientas digitales en el Distrito Capital, permanentemente y en especial en las siguientes fechas conmemorativas:
a) Día Internacional Contra el Uso Indebido y el Tráfico de Drogas, 26 de junio de cada año.
b) Semana Andina de Prevención del Embarazo Adolescente, tercera semana de septiembre de cada año.
c) Día de la Salud Mental, 10 de octubre de cada año.
ARTÍCULO TERCERO. SEGUIMIENTO. La Administración Distrital realizará seguimiento y evaluación a la implementación y funcionamiento de las herramientas digitales y rendirá un informe semestral al Concejo Distrital.
ARTÍCULO CUARTO. VIGENCIA. El presente Acuerdo rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá D.C., a los 20 días del mes de mayo del año 2019.
NELLY PATRICIA MOSQUERA MURCIA
Presidenta
ROSA ELENA MORALES MENESES
Secretaria General de Organismo de Control (E)
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C. |