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DIRECTIVA
007 DE 2019 (Junio 13) PARA: MINISTROS,
DIRECTORES DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, REPRESENTANTES LEGALES DE LOS ORGANISMOS
Y ENTIDADES DEL SECTOR CENTRAL Y DESCENTRALIZADO DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
DEL NIVEL NACIONAL Y ENTIDADES PÚBLICAS TERRITORIALES. DE: PRESIDENTE DE LA
REPÚBLICA ASUNTO: FACULTADES
EXTRAORDINARIAS PARA SIMPLIFICAR, SUPRIMIR O REFORMAR TRÁMITES, PROCESOS Y
PROCEDIMIENTOS INNECESARIOS EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Ver Circular 024 de 2019. Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. El
Gobierno nacional, comprometido con hacer más fácil su relación con los
ciudadanos, empresarios y organizaciones sociales, viene adelantando la campaña
"Estado simple, Colombia Ágil" en la cual se han intervenido
trescientos setenta y cuatro (374) trámites. Para dar continuidad a esta
campaña, y con el fin de revisar los trámites que están consagrados en normas
de rango legal, la Ley 1955 del 25 de mayo de 2019 "Por el cual se expide
el Plan Nacional de Desarrollo 2018-2022 'Pacto por Colombia, Pacto por la
Equidad ''', otorgó facultades extraordinarias al presidente de la República
para simplificar, suprimir o reformar trámites, procesos y procedimientos
innecesarios en la administración pública. La
presente directiva tiene como propósito orientar a las entidades sobre las
instancias y acciones a seguir, con el objeto de contar con una administración
pública basada en la eficiencia, la eficacia y la economía. 1. COMITÉ TÉCNICO
COORDINADOR La
labor de coordinar, analizar y brindar apoyo técnico en la elaboración de las
propuestas de modificación normativa del proyecto de Decreto Ley, estará a
cargo de un Comité Técnico de Coordinación, integrado por: (i) la secretaria
general de la Presidencia de la República, (ií) el
consejero presidencial para la Gestión del Cumplimiento, (iii) la secretaria
jurídica de la Presidencia de la República, (iv) el ministro de Hacienda y
Crédito Público, (v) el ministro de Justicia y del Derecho, (vi) el ministro de
Comercio, Industria y Turismo, (vii) el ministro de las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones, (viii) el director del Departamento Nacional
de Planeación, o sus delegados, y, (ix) el director del Departamento
Administrativo de la Función Pública que, como entidad líder de la política de
racionalización de trámites en el Estado, lo presidirá. 2. ELABORACIÓN DEL
DECRETO LEY 2.1.
La coordinación de las labores de identificación de los ajustes normativos requeridos
para simplificar trámites, procesos y procedimientos, estará en cabeza de los
Viceministros, subdirectores de Departamentos Administrativos y directores de
entidades del sector central y descentralizado. Para lo anterior, se deberá
continuar con el trabajo adelantado por las oficinas jurídicas, las áreas de
planeación y las dependencias misionales en el marco de la campaña "Estado
Simple, Colombia Ágil", identificando los trámites, procesos y
procedimientos de rango legal susceptibles de simplificación, supresión o
reforma. 2.2.
El Departamento Administrativo de la Función Pública llevará a cabo talleres
para orientar a los equipos de trabajo de las entidades sobre el alcance y
metodología para implementar las facultades extraordinarias otorgadas. A estos
talleres se invitará a los secretarios generales, jefes de Oficinas Asesoras
Jurídicas y jefes de Oficinas de Planeación, o quien haga sus veces. Dichos
talleres se transmitirán a través del Portal Institucional de Departamento
Administrativo de la Función Pública www.funcionpublica.gov.co. 2.3.
Cada entidad analizará las normas de carácter legal susceptibles de
modificación que soportan los trámites, procesos y procedimientos a su cargo y
diligenciará el instrumento de recolección de información que para el efecto
defina el Departamento Administrativo de la Función Pública. La entidad cabeza
de cada sector consolidará las propuestas y las remitirá, a más tardar el 15 de
julio de 2019 al correo electrónico antitramites@funcionpublica.gov.co. 2.4.
El Departamento Administrativo de la Función Pública en coordinación con el
Ministerio de Tecnologías de la Información y Comunicaciones, promoverá la
participación ciudadana a través del Portal del Estado Colombiano www.gov.co.
Así mismo, se invitarán a los empresarios y demás organizaciones a que
presenten propuestas de ajustes normativos de carácter legal. 2.5.
Entre los meses de agosto, septiembre y octubre de 2019, el Departamento Administratjvo de la Función Pública citará a mesas de
trabajo sectoriales para socializar, concertar y validar las propuestas de
racionalización, en las cuales participarán los servidores públicos de los
sectores relacionados con los trámites, empresarios y grupos de valor. 2.6.
El proyecto de Decreto Ley, debidamente firmado por los ministerios y
departamentos administrativos, deberá radicarse en la Secretaría Jurídica del
Departamento Administrativo de la Presidencia de la República con veinte (20)
días de antelación al vencimiento de las facultades. 3. ENTIDADES DEL ORDEN
TERRITORIAL Se
convoca a todas las entidades territoriales a participar en la identificación
de trámites o procedimientos de rango legal susceptibles de ser simplificados,
suprimidos o reformados, con base en la metodología dispuesta por el
Departamento Administrativo de la Función Pública. Las propuestas deberán ser
remitidas a más tardar el 30 de julio de 2019, al correo electrónico antitramites@funcionpublica.gov.co. IVÁN DUQUE MÁRQUEZ |