DECRETO LOCAL 006 DE
2019
(Agosto 21)
Por el cual se efectúa una
modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del
Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia 2019
LA ALCALDESA LOCAL DE PUENTE ARANDA
(E)
En uso de sus facultades legales y en
especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010.
CONSIDERANDO:
Que en
virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde
Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del
mismo agregado, previo concepto favorable de la Secretaria Distrital de
Hacienda.
Que
mediante oficio 2019EE154808 del 21 de agosto de 2019, la Secretaría Distrital
de Hacienda conceptuó favorablemente la Modificación Presupuestal.
Que los
rubros “Honorarios Ediles”, “Servicios de mensajería”, “Servicios editoriales,
a comisión o por contrato”, Servicios de Impresión y “Servicios de protección
(guardas de seguridad), cuentan con saldos de apropiación presupuestal que
pueden ser trasladado para financiar necesidades de la vigencia en otros
rubros, de conformidad con los CDP números 492, 493 y 495 a 497, expedidos por
el responsable del Presupuesto del FDL.
Que los
rubros “Alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas”, “Servicio
de telefonía fija”, “Servicio de mantenimiento y reparación de maquinaria y
equipo de transporte”; “Energía” y “Acueducto y Alcantarillado”, requieren de
recursos adicionales para poder cumplir con el pago de toda la vigencia.
Que en
mérito de lo anterior expuesto
DECRETA:
ARTÍCULO
PRIMERO: Efectúese
un contracrédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de
Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2019, por la suma de
($59.000.000) de acuerdo con el siguiente detalle:
CODIGO PRESUPUESTAL
|
NOMBRE
|
VALOR
|
3
|
GASTOS
|
$ 59.000.000
|
3.1
|
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
|
$ 59.000.000
|
3.1.1
|
Gastos de Personal
|
$20.000.000
|
3.1.1.04
|
Otros servidores de
categoría especial
|
$20.000.000
|
3.1.1.04.01
|
Honorarios
|
$20.000.000
|
3.1.1.04.01.02
|
Honorarios ediles
|
$20.000.000
|
3.1.2
|
Adquisición de Bines y
Servicios
|
$ 39.000.000
|
3.1.2.02
|
Adquisiciones diferentes
de activos no financieros
|
$39.000.000
|
3.1.2.02.02
|
Adquisición de servicios.
|
$39.000.000
|
3.1.2.02.02.01
|
Servicios de venta y de
distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas;
servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y
agua
|
$ 2.000.000
|
3.1.2.02.02.01.0006
|
Servicios postales y de
mensajería
|
$ 2.000.000
|
3.1.2.02.02.01 0006.001
|
Servicios de mensajería
|
$2.000.000
|
3.1.2.02.02.03
|
Servicios prestados a las
empresas y servicios de producción
|
$37.000.000
|
3.1.2. 02 .02 .03.0005
|
Servicios de soporte
|
$2.000.000
|
3-1-2-02-02-03-0005. .001
|
Servicios de protección
(guardas de seguridad)
|
$2.000.000
|
3-1-2-02-02-03-0007
|
Otros servicios de fabricación;
servicios de edición, impresión y reproducción; servicios de recuperación de
materiales
|
$35.000.000
|
3-1-2-02-02-03-0007. 001
|
Servicios editoriales a
comisión o por contrato
|
$20.000.000
|
3.1.2.02.02.03. 0007. 002
|
Servicios de impresión
|
$15.000.000
|
|
TOTAL, CONTRACRÉDITO
|
$ 59.000.000
|
ARTÍCULO
SEGUNDO: Efectúese
un crédito en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de
Desarrollo Local de Puente Aranda para la Vigencia Fiscal 2019, por la suma de
($59.000.000), de acuerdo con el siguiente detalle:
CODIGO PRESUPUESTAL
|
NOMBRE
|
VALOR
|
3
|
GASTOS
|
$ 59.000.000
|
3.1
|
GASTOS DE FUNCIONAMIENTO
|
$ 59.000.000
|
3.1.2
|
Adquisición de Bines y
Servicios
|
$ 59.000.000
|
3.1.2.02
|
Adquisiciones diferentes
de activos no financieros
|
$59.000.000
|
3.1.2.02.02
|
Adquisición de servicios.
|
$59.000.000
|
3.1.2.02.02.01
|
Servicios de venta y de
distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas;
servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y
agua
|
$ 33.000.000
|
3.1.2.02.02.01.0001
|
Alojamiento servicios de
suministro de comidas y bebidas
|
$ 33.000.000
|
3.1.2.02.02.03
|
Servicios prestados a
empresas y servicios de producción
|
$21.000.000
|
3.1.2.02.02.03.0004
|
Servicios de
telecomunicaciones transmisión y suministro de información
|
$15.000.000
|
3.1.2.02.02.03.0004.001
|
Servicios de telefonía
fija
|
$15.000.000
|
3.1.2.02.02.03.0006
|
Servicios de
mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)
|
$6.000.000
|
3.1.2.02.02.03.0006.004
|
Servicios de mantenimiento
y reparación de maquinaria y equipo de transporte
|
$6.000.000
|
3.1.2.02.02.04.0001
|
Otros servicios públicos
generales del Gobierno n.c.p
|
$5.000.000
|
3.1.2.02.02.04.0001.001
|
Energía
|
$3.000.000
|
3.1.2.02.02.04.0001.002
|
Acueducto y alcantarillado
|
$2.000.000
|
|
TOTAL, CRÉDITO
|
$ 59.000.000
|
ARTÍCULO
TERCERO: El presente
decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días
del mes de agosto del año 2019.
COMUNÍQUESE PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
MARÍA DEL PILAR MUÑOZ TORRES
ALCALDESA LOCAL (E.)