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Decreto 540 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/09/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/09/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6629 del 06 de septiembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 540 DE 2019

 

(Septiembre 06)

 

Por el cual se convoca a sesiones extraordinarias al Concejo de Bogotá, D.C.

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el numeral 8 del artículo 315 de la Constitución Política, el artículo 10 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 42 del Acuerdo Distrital 741 de 2019,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 12 de la Ley 810 de 2003 “Por medio de la cual se modifica la Ley 388 de 1997 en materia de sanciones urbanísticas y algunas actuaciones de los curadores urbanos y se dictan otras disposiciones”, faculta al Concejo Distrital para revisar y hacer ajustes al Plan de Ordenamiento Territorial por iniciativa del Alcalde Mayor, para lo cual cuenta con noventa (90) días calendario.

 

Que la Administración Distrital presentó ante el Concejo de Bogotá, D.C., el día 5 de agosto de 2019 con radicado No. 2019ER19258, el proyecto de acuerdo distrital 338 de 2019 “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”.

 

Que el periodo de sesiones ordinarias del Concejo de Bogotá, D.C., correspondiente al mes de agosto de 2019, en el cual la Corporación ejerce sus funciones normativas, se clausura el día 9 de septiembre de 2019.

 

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 25 de la Ley 388 de 1997 “Por la cual se modifica la Ley 9a. de 1989, y la Ley 3a. de 1991 y se dictan otras disposiciones”, en el evento de que el Concejo de Bogotá, D.C., estuviere en receso, el Alcalde deberá convocarlo a sesiones extraordinarias.

 

Que, según lo previsto en el artículo 42 del Acuerdo Distrital 741 de 2019 “Por el cual se expide el reglamento interno del Concejo de Bogotá, Distrito Capital”, el Concejo de Bogotá, D.C., sesionará extraordinariamente por convocatoria que haga el Alcalde Mayor y por el término que éste le fije, para ocuparse exclusivamente de los asuntos que el Alcalde someta a su consideración, sin perjuicio de que ejerza la función de control político que le corresponde en todo tiempo.

 

Que conforme lo expuesto, se hace necesario convocar al Concejo de Bogotá, D.C., a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el 10 de septiembre y el 31 de octubre de 2019, para continuar el trámite del proyecto de acuerdo distrital 338 de 2019, de iniciativa de la Administración Distrital, “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Convóquese al Concejo de Bogotá, D.C., a sesiones extraordinarias para el período comprendido entre el 10 de septiembre y el 31 de octubre de 2019.

 

ARTÍCULO 2. En las sesiones extraordinarias, el Concejo de Bogotá, D.C., se ocupará de la continuación del trámite del asunto detallado a continuación: * Proyecto de acuerdo distrital 338 de 2019, de iniciativa de la Administración Distrital, “Por el cual se adopta la revisión general del Plan de Ordenamiento Territorial de Bogotá D.C.”.


Adicionado por el art. 1. Decreto 558 de 2019< El texto adicionado es el siguiente> 


· Proyecto de iniciativa de la Administración Distrital, “Por medio del cual se efectúa una adición en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre de 2019”.

 

· Proyecto de iniciativa de la Administración Distrital, “Por el cual se expiden normas sustanciales tributarias, se adopta el impuesto unificado bajo el Régimen Simple de Tributación (SIMPLE), se extienden y amplían unos beneficios tributarios y se modifican algunas disposiciones procedimentales tributarias”.

 

· Proyecto de iniciativa del Concejo de Bogotá, D.C., “Por medio del cual se fortalece la difusión de estrategias de información y comunicación para la prevención del consumo de sustancias psicoactivas”.

 

· Proyecto de iniciativa del Concejo de Bogotá, D.C., “Por medio del cual se adoptan los lineamientos para el desarrollo integral de la primera infancia, en el marco de la política de infancia y adolescencia en Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones”.

 

· Proyecto de iniciativa del Concejo de Bogotá, D.C., “Por el cual se establecen lineamientos para promover buenas conductas viales y el uso apropiado del espacio público por parte de los domiciliarios en bicicleta en Bogotá, D.C. y se dictan otras disposiciones”.

 

· Proyecto de iniciativa del Concejo de Bogotá, D.C., “Por el cual se establecen lineamientos complementarios que contribuyan a la remoción de barreras para el goce efectivo del derecho a la educación de las Personas con Discapacidad Auditiva en el Distrito Capital en el marco de una educación inclusiva”.

 

· Proyecto de iniciativa del Concejo de Bogotá, D.C., “Por medio del cual se establecen lineamientos para prevenir la pérdida y el desperdicio de alimentos y se dictan otras disposiciones”.

 

· Proyecto de iniciativa del Concejo de Bogotá, D.C., “Por medio del cual se declara la semana de concientización y sensibilización contra el maltrato, violencia y abandono del adulto mayor en Bogotá D.C. y se dictan otras disposiciones”.

 

· Proyecto de iniciativa de la Contraloría de Bogotá, D.C., “Por el cual se reajusta la escala de asignación básica salarial de los niveles profesional, técnico y asistencial de la planta de personal de la Contraloría de Bogotá, D.C.”.

 

ARTÍCULO 3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 06 días del mes de septiembre del año 2019.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

IVÁN ELIÉCER CASAS RUIZ

 

Secretario Distrital de Gobierno