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Decreto 224 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
17/07/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
17/07/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2912 de julio 17 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

DECRETO 224 DE 2003

(Julio 17)

«Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2003 con cargo al Fondo de Compensación Distrital».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, «Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital», establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2º, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciera indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto - estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2º. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que la Secretaría de Obras Públicas, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento, para el pago de sentencias judiciales y reintegrar recursos contracreditados con anterioridad a los diferentes rubros para el mencionado pago.

Que el Departamento Técnico Administrativo del Medio Ambiente-DAMA, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento Servicios Personales, para atender la contratación de un grupo de profesionales altamente calificados que adelanten los estudios técnicos necesarios en el proceso de renegociación del Contrato de Concesión 015 de 1994.

Que en mérito de lo expuesto,

Ver el Decreto Distrital 100 de 2003

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2003, la suma de Un Mil Ochenta Millones de Pesos ($1.080.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

1.080.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

 

 

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

 

 

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital

1.080.000.000

 

 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

1.080.000.000

CRÉDITOS

115

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

 

500.000.000

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

 

 

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES

 

 

3.1.1.01.03

Jornales

82.400.000

 

3.1.1.01.14

Prima de Vacaciones

20.650.000

 

3.1.1.02

GASTOS GENERALES

 

 

3.1.1.02.07

Sentencias Judiciales

300.000.000

 

3.1.1.03

APORTES PATRONALES

 

 

3.1.1.03.01

Caja de Compensación

21.150.000

 

3.1.1.03.02

Cesantías

 

 

3.1.1.03.02.01

Cesantías FAVIDI

55.650.000

 

3.1.1.03.05

I.C.B.F

20.150.000

 

126

DEPARTAMENTO TÉCNICO ADMINISTRATIVO DEL MEDIO AMBIENTE

 

580.000.000

3

GASTOS

 

 

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

 

 

3.1.1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

 

 

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES

 

 

3.1.1.01.09

Honorarios

 

 

3.1.1.01.09.01

Honorarios Entidad

580.000.000

 

 

TOTAL SUMAN LOS CRÉDITOS

 

1.080.000.000

ARTÍCULO 2o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los diecisiete (17) días del mes de julio de dos mil tres (2003).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2912 de Julio 17 de 2003.