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Decreto Local 006 de 2019 Alcaldía Local de Bosa

Fecha de Expedición:
25/11/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/11/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 006 DE 2019

 

(Noviembre 25)

 

Por el cual se efectúa una modificación presupuestal en el presupuesto de Gastos de funcionamiento del fondo de Desarrollo Local de BOSA, para la vigencia fiscal 2019

 

EL ALCALDE LOCAL DE BOSA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 del 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que según el artículo 31 del Decreto 372 de 2010: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto”.

 

Que analizado el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, de la vigencia fiscal 2019 se requiere efectuar unos traslados al interior del mismo.

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto mediante oficio N° 2019EE206884 del 21-11-2019, emitió concepto favorable al traslado presupuestal al interior del agregado de Funcionamiento por valor de $56.000.000.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Efectúense unos contracreditos en el presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, por valor de cincuenta y seis millones de pesos m/cte ($56.000.000), conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITOS

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

3

GASTOS

56.000.000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

56.000.000

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

56.000.000

3-1-2-02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

56.000.000

3-1-2-02-01

Materiales y suministros

4.100.000

3-1-2-02-01-02

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo)

4.100.000

3-1-2-02-01-02-0005

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

4.100.000

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

51.900.000

3-1-2-02-02-02

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

24.141.000

3-1-2-02-02-02-0001

Servicios financieros y servicios conexos

24.141.000

3-1-2-02-02-02-001-007

Servicios de seguros de vehículos automotores

7.731.049

3-1-2-02-02-02-001-008

Servicios de seguros contra incendio, terremoto y sustracción

7.226.001

3-1-2-02-02-02-001-009

Seguros generales de responsabilidad civil

8.062.700

3-1-2-02-02-02-001-010

Servicios de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT)

1.121.250

3-1-2-02-02-03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

27.759.000

3-1-2-02-02-03-0004

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

6.759.000

3-1-2-02-02-03-0004-004

Servicios de telecomunicaciones a través de internet

6.759.000

3-1-2-02-02-03-0006

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

21.000.000

3-1-2-02-02-03-0006-003

Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico

2.000.000

3-1-2-02-02-03-0006-005

Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria o equipo

19.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

56.000.000

 

ARTÍCULO 2. Efectúense unos créditos en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Bosa, por valor de cincuenta y seis millones de pesos m/cte ($56.000.000), conforme al siguiente detalle:

 

CRÉDITOS

 

CÓDIGO

DENOMINACIÓN

VALOR

3

GASTOS

56.000.000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

56.000.000

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

56.000.000

3-1-2-02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

56.000.000

3-1-2-02-01

Materiales y suministros

25.800.000

3-1-2-02-01-03

Productos metálicos

25.800.000

3-1-2-02-01-03-0007

Equipo y aparatos de radio, televisión y comunicaciones

25.800.000

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

30.200.000

3-1-2-02-02-01

Servicios de veta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

3.000.000

3-1-2-02-02-01-0006

Servicios postales y de mensajería

3.000.000

3-1-2-02-02-01-0006-001

Servicios de mensajería

3.000.000

3-1-2-02-02-02

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

11.400.000

3-1-2-02-02-02-0002

Servicios inmobiliarios

11.400.000

3-1-2-02-02-02-0002-003

Servicio de arrendamiento de bienes inmuebles a comisión o por contrata

11.400.000

3-1-2-02-02-03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

13.800.000

3-1-2-02-02-03-0003

Otros servicios profesionales, científicos y técnicos

10.300.000

3-1-2-02-02-03-0003-010

Servicios de publicidad y el suministro de espacio o tiempo publicitarios

10.300.000

3-1-2-02-02-03-0006

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

3.500.000

3-1-2-02-02-03-0006-004

Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de transporte

3.500.000

3-1-2-02-02-04

Servicios administrativos del gobierno

2.000.000

3-1-2-02-02-04-0001

Otros servicios públicos generales del gobierno n.c.p

2.000.000

3-1-2-02-02-04-0001-001

Energía

2.000.000

TOTAL CRÉDITOS

56.000.000

 

ARTÍCULO 3.  El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de noviembre de dos mil diecinueve (2019).

 

JAVIER ALFONSO ALBA GRIMALDOS

 

Alcalde Local de Bosa