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Resolución 157 de 2014 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
31/07/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/07/2014
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 157 DE 2014

 

(Julio 31)


Derogado por el art. 2, Resolución 208 de 2019.

 

Por medio de la cual se adopta el manual de contratación del Instituto Distrital de Turismo y se derogan las versiones anteriores

 

LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 275 de 2007 del Concejo de Bogotá D.C., el Acuerdo 01 del 12 de marzo de 2007 de la Junta Directiva y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que la contratación pública tiene por finalidad el cumplimiento de los cometidos estatales, el adecuado manejo, inversión y ejecución de los recursos públicos para la prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con la Administración, en la consecución de estos fines.

 

Que la Ley 80 de 1993 estableció los principios que rigen la actividad contractual, como desarrollo de la función administrativa, a que se refiere el artículo 209 de la Constitución Política, del siguiente tenor literal:

 

La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones.

 

Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado (…).”.

 

Que la reforma de la Ley 80 de 1993, a través de la Ley 1150 de 2007, tuvo come objeto introducir medidas para la eficiencia y transparencia de la gestión contractual para que el contrato y los convenios estatales sirvan como mecanismos expeditos para sobrepasar los índices de eficiencia en los recursos públicos y un hito en contra de la corrupción.

 

Que en atención al objetivo fundamental que dio origen a la modificación del régimen contractual, y en procura de fortalecer el mismo se han expedido a partir del año 2011 un número significativo de Leyes, Decretos Ley y Decretos Reglamentarios que han conllevado al fortalecimiento del sistema de compras y de contratación del Estado, can el fin que las Entidades Públicas puedan obtener en el mercado mejores precios para sus bienes y servicios, a través de los mecanismos de estandarización de la información.

 

Que esta nueva dinámica contractual se ha suscitado, como componente para la búsqueda de la consolidación de los fines esenciales del Estado, bajo el amparo de la colaboración de la provisión de los proveedores de bienes y servicios, bajo el designio de los principios de la función pública y bajo el criterio principal con el cual ha sido concebida la Agencia COLOMBIA COMPRA EFICIENTE, para organizar el proceso de compras y contratación con lo cual se pretende que la actividad más que eficiente.

 

Que como quiera que el éxito del proceso contractual se logra con el cumplimiento de cada uno de los pasos y etapas consagrados en las normas, y con la coordinación entre las diferentes dependencias o instancias que participan en el mismo, se hace necesario adoptar el Manual de Contratación del Instituto Distrital de Turismo, el cual servirá de guía de gestión y orientación en el desarrollo de la actividad contractual, buscando garantizar que la adquisición de bienes y servicios para el cumplimiento de los fines del IDT, se realice con los más altos niveles de eficiencia y efectividad y que la supervisión de los contratos se desarrolle conforme a las normas legales, buscando el cumplimiento de los cometidos institucionales.

 

Que en cumplimiento de la disposición legal establecida en el artículo 161 del Decreto 1510 de 2013, es necesario adoptar un nuevo manual de contratación coherente con las nuevas normas que regulan y reglamentan el ejercicio pre-contractual, contractual y post-contractual de compras estatales, con el fin de unificar los procedimientos que deben aplicar las diferentes dependencias del Instituto para el ejercicio de sus funciones y así contribuir a la eficiencia administrativa y facilitar los diferentes controles que sobre esta actividad se practican en el Distrito.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Adóptese el nuevo manual de contratación del Instituto Distrital de Turismo, expedido con el fin de unificar los procedimientos que deben aplicar las diferentes dependencias del Instituto para el ejercicio de sus funciones y así contribuir a la eficiencia administrativa y facilitar los diferentes controles que sobre esta actividad se practican en el Distrito.

 

Artículo 2. Publíquese el manual de contratación del Instituto Distrital de Turismo en la página Web de la entidad.

 

Artículo 3. Envíese el Manual de Contratación adoptado mediante la presente resolución a la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, para que el mismo sea publicado en el Diario Oficial.


Artículo 4. La presente resolución adopción deroga todas las resoluciones que hayan sido expedidas para adoptar los anteriores manuales de contratación, en especial la Resolución No. 35 de 2009 y la Resolución No. 60 de 2011.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE


Dada en Bogotá D.C., a los 31 días del mes de julio del año 2014

 

TARIANA PIÑEROS LAVERDE

 

Directora General