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Resolución 071 de 2018 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
27/04/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 071 DE 2018

 

(Abril 27)


Derogado por el art. 7, Resolución 192 de 2022.

 

Por la cual se aprueba el Sistema Integrado de Conservación — SIC del Instituto Distrital de Turismo-IDT

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE TURISMO

 

En ejercicio de sus facultades Legales y en especial las que le confiere el Artículo 5 del Acuerdo No. 275 de 2017, del Concejo de Bogotá, D.C., y el Acuerdo No. 01 de 2007 de la Junta Directiva. Decreto No. 150 de 2017 y Acta de posesión No. 112 de 2017 de la Alcaldía Mayor de Bogotá.

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Ley 594 de 2000 en el título XI denominado “Conservación de Documentos”, artículo 46 establece:

 

Conservación de documentos: Los archivos de la Administración Pública deberán implementar un sistema integrado de conservación en cada una de la. fases del ciclo vital de los documentos”.

 

Que el Artículo 1 del Acuerdo del Archivo General de la Nación No. 006 de 2014 establece:

 

La implementación del SIC tiene como finalidad, garantizar la conservación y preservación de cualquier tipo de información, independientemente del medio o tecnología con la cual se haya elaborado, manteniendo atributos tales como unidad, integridad autenticidad, inalterabilidad, originalidad, fiabilidad, accesibilidad, de toda la documentación de una entidad desde el momento de la producción, durante su período de vigencia, hasta su disposición final, de acuerdo con la valoración documental.

 

Que el Artículo 10 Acuerdo del Archivo General de la Nación No. 006 de 2014 señala que la Coordinación del SIC, le corresponde a los respectivos Secretarios Generales o el funcionario de igual o superior jerarquía de las entidades a que hace referencia el Artículo del presente Acuerdo a través de las Áreas responsables de la implementación del SIC.

 

Que el Artículo 11 señala que “El SIC deberá ser aprobado mediante acto administrativo expedido por el Representante Legal de la entidad, previo concepto emitido por el Comité de Desarrollo Administrativo en las entidades del orden nacional o por el Comité Interno de Archivo en las entidades del nivel territorial, cuyo sustento deberá quedar consignado en el Acta del respectivo Comité.

 

Que mediante Acta No. 3 del 16 de abril de 2018 del Comité del Sistema Integrado de Gestión y Coordinación del Sistema de Control interno aprobó el Sistema Integrado de Conservación de la entidad.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Aprobar el Sistema Integrado de Conservación-SIC del Instituto Distrital de Turismo, de conformidad con el concepto favorable emitido por el Comité del Sistema Integrado de Gestión y Coordinación del Sistema de Control Interno del Instituto Distrital de Turismo, según Acta 3 del 16 de abril de 2018 aprobada.

 

Artículo 2°. La implementación del Sistema Integrado de Conservación del Instituto Distrital de Turismo, estará a cargo la Subdirección de Gestión Corporativa y Control Disciplinario —Gestión Documental del Instituto Distrital de Turismo.

 

Artículo 3. La coordinación del Sistema Integrado de Conservación del Instituto Distrital de Turismo, estará a cargo de la Subdirector/a de Gestión Corporativa y Control Disciplinario del Instituto Distrital de Turismo.

 

Artículo 4°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las normas que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 27 días del mes de abril del año 2017.

 

JOSÉ ANDRÉS DUARTE GARCÍA

 

Director General