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Decreto Local 017 de 2019 Alcaldía Local de La Candelaria

Fecha de Expedición:
03/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/12/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6690 del 06 de diciembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 017 DE 2019

 

(Diciembre 03)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Presupuesto Anual del Fondo de Desarrollo local de la Candelaria para la Vigencia Fiscal 2019

 

EL ALCALDE LOCAL DE LA CANDELARIA

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales que le confiere el Decreto ley 1421 de 1993, y en especial las conferidas por el Decreto 372 de 2010 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010, le corresponde al Alcalde Local decretar los traslados presupuestales, cuando estos no modifiquen las cuantías inicialmente apropiadas por la JAL para los mimos agregados.

 

Que de acuerdo con el oficio No 20196720011373 del 15 de Noviembre (sic) de 2019, emitido por el Alcalde Local de la Candelaria, se solicita Certificado de Disponibilidad Presupuestal para efectuar un traslado presupuestal en el presupuesto de Inversión para la presente vigencia.

 

Que mediante radicado 2-2019-78720 del 25 de Noviembre (sic) de 2019, Dirección de Planes de Desarrollo y Fortalecimiento Local de la Secretaria Distrital de Planeación emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de Inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria.

 

Que mediante radicado 2019EE211550 del 3 de Diciembre (sic) de 2019, la Directora Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda emitió CONCEPTO FAVORABLE sobre el traslado presupuestal de Inversión del Fondo de Desarrollo local de la Candelaria.

 

Que la funcionaria Responsable del Presupuesto expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal Número 432 del 15 de noviembre de 2019 para amparar el traslado presupuestal objeto del presente decreto.

 

Que, en mérito de lo expuesto anteriormente,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúese un CONTRACRÉDITO en el presupuesto de gastos e inversión del Fondo de Desarrollo Local de la Candelaria, por la suma de QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DE PESOS M/CTE ($ 545.000.000), para la vigencia Fiscal 2019, según el siguiente detalle:

 

CONTRACRÉDITO

 

                                                                                                                Cifras en pesos

 

 

 

 

CÓDIGO

 

 

CONCEPTO

MODIFICACION

3

 

 

 

 

 

 

GASTOS

$ 545.000.000

3

3

 

 

 

 

 

INVERSIÓN

$ 545.000.000

3

3

1

 

 

 

 

DIRECTA

$ 545.000.000

3

3

1

15

 

 

 

Bogotá Mejor Para todos

$ 545.000.000

3

3

1

15

01

 

 

Pilar Igualdad De Calidad De Vida

$   70.000.000

3

3

1

15

01

07

 

Inclusión Educativa Para la Equidad

$   70.000.000

3

3

1

15

01

07

1388

Dotación pedagógica a IED

$   70.000.000

3

3

1

15

02

 

 

Pilar Democracia urbana

$ 475.000.000

3

3

1

15

02

17

 

Espacio público, derecho de todos

$ 475.000.000

3

3

1

15

02

17

1390

Parques mejores para todos

$ 475.000.000

 

 

 

 

 

TOTAL CONTRACREDITO

$ 545.000.000

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúese un CRÉDITO en QUINIENTOS CUARENTA Y CINCO MILLONES DE el presupuesto de gastos e Inversión del Fondo de PESOS M/CTE ($545.000.000), para la vigencia Fiscal Desarrollo Local de la Candelaria, por la suma de 2019, según el siguiente detalle:

 

CRÉDITO

 

                                                                                                                   Cifras en pesos

 

 

 

 

CÓDIGO

 

 

CONCEPTO

MODIFICACION

3

 

 

 

 

 

 

GASTOS

$ 545.000.000

3

3

 

 

 

 

 

INVERSIÓN

$ 545.000.000

3

3

1

 

 

 

 

DIRECTA

$ 545.000.000

3

3

1

15

 

 

 

Bogotá Mejor Para todos

$ 545.000.000

3

3

1

15

07

 

 

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

$ 545.000.000

3

3

1

15

07

45

 

Gobernanza E Influencia Local, Regional E Internacional

$ 545.000.000

3

3

1

15

07

45

1395

Gobierno Local Legítimo

$ 545.000.000

 

 

 

 

 

TOTAL CREDITO

 $ 545.000.000

 

ARTÍCULO TERCERO. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de diciembre del año 2019.

 

MANUEL CALDERÓN RAMÍREZ

 

Alcalde Local de la Candelaria