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Decreto Local 012 de 2019 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
05/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
12/12/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6694 del 12 de diciembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 012 DE 2019

 

(Diciembre 05)

 

Por medio del cual se efectúa una modificación interna entre gastos de funcionamiento al presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal 2019

 

EL ALCALDE LOCAL D CIUDAD BOLÍVAR (E)

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de  acuerdo  con  el  Decreto No. 372 del 30 de agosto  de 2010,  “Por  el  cual  se  reglamenta el proceso  presupuestal  de  los  Fondos de  Desarrollo Local- F.D.L.”,  en  su artículo 31, y Resolución  No. SDH-000383 del 15 de  septiembre  de 2010, “ Por  medio de la  cual se  adopta el  Manual  del  proceso  presupuestal  de los  Fondos  de  Desarrollo Local -FDL”, artículo tercero, numeral  4.1, los  cuales  consagran que: “los  traslados  presupuestales dentro  del  mismo agregado  se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.  Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo y favorable de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaria Distrital de Planeación”.

 

Que el Alcalde Local de Ciudad Bolívar(E), en cumplimiento de las metas establecidas en nuestro Plan de Desarrollo Local: “BOGOTA MEJOR PARA TODOS para la vigencia 2019, necesita ajustar los gastos de Funcionamiento con el fin de legalizar la afectación de la imputación presupuestal de la Localidad

 

Que la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaria Distrital de Hacienda, emitió concepto previo favorable mediante oficio radicado No. 2019EE212621 del 04 de diciembre de 2019.

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°: Efectúese un contra crédito en el presupuesto de Gastos Generales del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la vigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019, por la suma de DOCE MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y UN PESOS/CTE. ($ 12.678.541), conforme al siguiente detalle:

 

CONTRACREDITOS

 

 

3

GASTOS

12.678.541

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

12.678.541

3.1.2

Adquisición de bienes y servicios

12.678.541

3.1.2.02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

12.678.541

3.1.2.02.02

Adquisición de servicios

12.678.541

3.1.2.02.02.03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

12.678.541

3.1.2.02.02.03.0005

Servicios de soporte

12.678.541

3.1.2.02.02.03.0005.002

Servicios de limpieza general

12.678.541

TOTAL CONTRACREDITOS

12.678.541

 

ARTÍCULO 2°: Efectúese un crédito en el presupuesto diciembre de 2019, por la suma de DOCE MILLONES de Gastos Generales Adquisición de servicios -  del SEISCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar, para la CUARENTA Y UN PESOS/CTE. ($ 12.678.541), convigencia comprendida entre el 1 de enero y el 31 de forme al siguiente detalle:

 

CREDITOS

 

 

3

GASTOS

12.678.541

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

12.678.541

3.1.2

Adquisición de bienes y servicios

12.678.541

3.1.2.02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

12.678.541

3.1.2.02.02

Adquisición de servicios

12.678.541

3.1.2.02.02.03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

12.678.541

3.1.2.02.02.03.0006

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción)

12.678.541

3.1.2.02.02.03.0006.004

Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de transporte

12.678.541

TOTAL CREDITOS

12.678.541


ARTÍCULO 3°:  El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Expedido en Bogotá, D.C., a los  05 días del mes de diciembre del año 2019.

 

RAY G. VANEGAS HERRERA

 

Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)