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Decreto Local 013 de 2019 Alcaldía Local de Ciudad Bolívar

Fecha de Expedición:
15/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/12/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6705 del 30 de diciembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 013 DE 2019

 

(Diciembre 16)

 

Por el cual se liquida el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de la alcaldía local de ciudad bolívar para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2020

 

EL ALCALDE LOCAL DE CIUDAD BOLÍVAR (E.)

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 19 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 y Resolución Nº SHD-191 del 22 de septiembre de 2017

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Junta Administradora Local de Ciudad Bolívar aprobó el Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos e Inversión para la vigencia fiscal de 2020, mediante Acuerdo local No. 063 del 15 de diciembre de 2019, el cual fue debidamente sancionado por el Alcalde Local.

 

Que en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde debe liquidar el presupuesto anual de Ingresos y Gastos e Inversión a nivel de programas y proyectos.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.: Fijar el Presupuesto Anual de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal comprendida en entre el 1 de enero al 31 de diciembre de 2020, por la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA UN MILLONES SETECIENTOS SIETE MIL PESOS M/CTE ($ 241.881.707.000), conforme al siguiente detalle:

 

DISTRIBUCION DE INGRESOS

 

 

ARTÍCULO 2. Fijar el Presupuesto Anual de los Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolívar para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero al 31 de diciembre de 2020, por la suma de DOSCIENTOS CUARENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS OCHENTA UN MILLONES SETECIENTOS SIETE MIL PESOS M/CTE ($ 241.881.707.000), conforme a los siguientes detalles:

 

DISTRIBUCIÓN DE GASTOS

 

 

 

 

ARTÍCULO 3. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación y surte efectos fiscales a partir del 1º de enero de 2020.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 16 días del mes de diciembre del año 2019.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

RAY G. VANEGAS HERRERA

 

Alcalde Local de Ciudad Bolívar (E.)