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Decreto 745 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
09/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
23/12/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6701 del 23 de diciembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 745 DE 2019

 

(Diciembre 09)

 

Por medio del cual se realiza el aplazamiento de la ejecución de las apropiaciones del proyecto de inversión denominado “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C.” identificado con el BPIN 2015000050079 del Sistema General de regalías.

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 122 de la Ley 1530 de 2012, el artículo 2.2.3.1.3.3 del Decreto Único reglamentario 1082 de 2015 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo No. 46 de fecha 28 de diciembre de 2015, Órgano Colegiado de Administración y Decisión –OCAD, Regional Centro Oriente del Sistema General de Regalías viabilizó, priorizó, aprobó y designó, como ejecutor a Bogotá, D.C., del proyecto de inversión denominado “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C.”, por un valor de $25.000.000.000.00, correspondiente al Fondo de Desarrollo Regional del Sistema General de Regalías y $2.300.000.000.00, correspondiente a recursos propios de Bogotá, D.C., para un total de $ 27.300.000.000.00.  

   

Que mediante el Decreto Distrital 174 de 2016, el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., designó a la Secretaría Distrital de Ambiente como ejecutora del proyecto de inversión denominado “Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.” identificado con el BPIN 2015000050079, aprobado por el OCAD.

 

Que mediante Acuerdo No. 075 de 2018, el OCAD Regional Centro Oriente del Sistema General de Regalías, en su artículo 16 estableció:

 

 “ARTÍCULO 16: infórmese el siguiente ajuste considerado por la entidad ejecutora al proyecto denominado “CONSTRUCCION Y DOTACION DEL CENTRO DE RECEPCION Y REHABILITACION DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE DE BOGOTA D.C.”    

 

BPIN

NOMBRE

No.

FECHA

FUENTE DE FINANCIACION

VIGENCIA

VALOR

2015000050079

“CONSTRUCCION Y DOTACION

DEL CONTRO DE RECEPCION Y

REHABILITACION DE FLORA Y FAUNA SILVESTRE DE BOGOTA D.C.”

46

28/dic/15

FDR-Bogotá

2015-2016

25000000000

 

TIPO DE AJUSTE

FUENTE DE FINANCIACION

VIGENCIA

VALOR

Incremento en el monto y/o incorporación de fuentes de financiación distintas del SGR hasta por el 50 % del valor inicial total del proyecto, como consecuencia del aumento de los costos de sus

actividades

Recursos propios Bogotá D.C.

2017

2.676.642.000.00

 

Que mediante Acuerdo No. 84 de 2018, el OCAD Regional Centro Oriente, aprobó en el artículo 1.3 el ajuste al proyecto de inversión así:

 

 

Que el Acuerdo No. 089 de 2019, expedido por el OCAD Regional Centro Oriente del Sistema General de Regalías, en su artículo 24 dispone: “…la Secretaría Técnica informo ajuste considerado por Bogotá, D.C., como entidad ejecutora del proyecto de inversión denominado Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C., identificado con BPIN 2015000050079 el cual fue aprobado por el OCAD mediante Acuerdo No. 46 de fecha 28 de diciembre de 2015. El destalle del ajuste propuesto esta resumido en la ficha que para tal fin ha establecido el DNP, el cual se adjunta como aporte del acta que soporta el presente acuerdo. El ajuste consistió en la (sic) incremento en el monto y/o incorporación de fuente de financiación distintas del SGR hasta por el 50% del valor inicial total del proyecto, como consecuencia del aumento de los costos de sus actividades generando una redistribución de los costos de las actividades asociadas a los productos del proyecto.”

 

Que el Acuerdo No. 091 de 2019, expedido por el OCAD Regional Centro Oriente del Sistema General de Regalías, en su artículo 10 establece: “La Secretaría Técnica informó ajuste considerado por Bogotá D.C., como entidad ejecutora del proyecto de inversión denominado “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C.” identificado con BPIN 2015000050079 el cual fue aprobado por el OCAD mediante Acuerdo No. 46 de fecha 28 de diciembre de 2015. El detalle del ajuste propuesto está resumido en la ficha que para tal fin ha establecido el DNP, la cual se adjunta como soporte del acta que soporta el presente acuerdo.

 

El ajuste consistió en el Incremento en el monto y/o incorporación de fuentes de financiación distintas del SGR hasta por el 50% del valor inicial total del proyecto, como consecuencia del aumento de los costos de sus actividades”

 

Que el Decreto Distrital 012 del 16 de enero de 2019, “Por medio del cual se realiza el Cierre Presupuestal del Sistema General de Regalías del Bienio 20172018, se incorporan los saldos no ejecutados y un ajuste a los recursos asignados del Sistema al Capítulo Presupuestal Independiente del Sistema General de Regalías del Bienio 2019-2020” se incorporó al Capítulo Independiente del Presupuesto de ingresos del Sistema General de Regalías para el bienio 20192020 del Fondo de Desarrollo Regional un valor de CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y SIETE MILLONES DOSCIENTOS CINCO MIL SETECIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS CON TREINTA Y NUEVE CENTAVOS M/CTE ($46.777.205.738,39).

 

Que en el artículo 3 ídem se incorporó al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020, “Vigencia Decreto Nacional 2190 de 2016” a cargo de la Secretaría Distrital de Ambiente la suma de NUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTE MILLONES QUINIENTOS DIECINUEVE MIL NOVENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($9.820.519.099,00).

 

Que la información señalada en el citado artículo y correspondiente al proyecto inversión “Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C” es la siguiente:

 

126 Secretaría Distrital de Ambiente

 


CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

 

Gastos

$9.820.519.099,00

 

Apropiación por Comprometer

$128.025.235,00

002

Fondo de Desarrollo Regional

$128.025.235,00

002-0111

Programa: Construcción de Infraestructura Propia del Sector

$128.025.235,00

002-0111-0900

Subprograma: Intersubsectorial Ambiente

$128.025.235,00

002-0111-0900-2015-

00005-0079

Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.

$128.025.235,00

 

Compromisos por Pagar

$9.692.493.864,00

2

Fondo de Desarrollo Regional

$9.692.493.864,00

002-0111

Programa: Construcción de Infraestructura Propia del Sector

$9.692.493.864,00

002-0111-0900

Subprograma: Intersubsectorial Ambiente

$9.692.493.864,00

002-0111-0900-2015-

00005-0079

Construcción y dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.

$9.692.493.864,00

 

Que en el artículo 5 ibídem se incorporó al Capítulo Independiente del Presupuesto de Gastos del Sistema General de Regalías de Bogotá Distrito Capital, el ajuste aprobado mediante Acuerdo 84 del 21 de diciembre de 2018 por el OCAD del Fondo de Desarrollo Regional de Centro Oriente, con el cual se asignaron recursos adicionales por la suma de MIL DOSCIENTOS VEINTISEIS MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL SETECIENTOS VEINTISIETE PESOS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS ($ 1.226.799.727,72) así:

 

126 Secretaría Distrital de Ambiente

 

CÓDIGO

DESCRIPCIÓN

VALOR

 

GASTOS

 

002

Fondo de Desarrollo Regional

      $1.226.799.727,72

002-0111

Programa: Construcción de infraestructura propia delsector

          $1.226.799.727,72

002-0111-0900

Subprograma: Intersubsectorial ambiente

          $1.226.799.727,72

002-0111-0900-2015-

00005-0079

Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá, D.C.

         $1.226.799.727,72

 

Total Presupuesto de Gastos

$1.226.799.727,72


 

Que de conformidad con la certificación de fecha 09 de diciembre de 2019, expedida por la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Ambiente, en el presupuesto del Sistema General de Regalías para el bienio 2019-2020 que fueron incorporados al proyecto de inversión denominado “Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C” identificado con BPIN 2015000050079, con corte a 09 de diciembre de 2019 se han realizado pagos desde el cierre de la vigencia, por la suma de VEINTIDÓS MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y UN MILLONES SETECIENTOS NOVENTA MIL NOVECIENTOS SETENTA Y NUEVE PESOS M/CTE ($22.871.790.979), generándose recursos por comprometer y pagar por valor de TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES NUEVE MIL SETECIENTOS CUARENTA Y OCHO PESOS CON SETENTA Y DOS CENTAVOS M/CTE ($3.355.009.748.72).

 

Que la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, dentro de la actuación administrativa preventiva PAP 0554-19, profirió la Resolución 3531 del 22 de noviembre 2019 “Por la cual se declara probada una irregularidad y se ordena la imposición de la medida de suspensión preventiva de giros a un (1) proyecto de inversión ejecutado por el Distrito Capital de Bogotá, dentro del procedimiento preventivo PAP 554-19”, la cual en su artículo 2 se impuso la medida de suspensión preventiva de giros al Distrito Capital de Bogotá de los recursos provenientes del Sistema General de Regalías destinados a la financiación del proyecto de inversión denominado “Construcción y Dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C” identificado con BPIN 2015000050079.

 

Que, respecto de la cifra de $4.173.362.469 enunciada en el artículo 5 ídem como “valor pendiente de pago”, objeto de la medida preventiva, cabe precisar que, durante el término transcurrido entre la expedición de la Resolución 3531 del 22 de noviembre 2019 y la comunicación de la misma a la entidad ejecutora, la Secretaría Distrital de Ambiente realizó pagos por valor de $818.352.720.oo, por tal motivo el valor pendiente por pagar, incluidos los recursos por comprometer conforme se señala en la Certificación suscrita por la Subdirección Financiera de la Secretaría Distrital de Ambiente, ascienden a la suma de $3.355.009.748,72.

 

Que en cumplimiento de lo previsto en el artículo 111 de la Ley 1530 de 2012, la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, mediante oficio 20194460707791 del 28 de noviembre de 2019, radicado en la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. el día 02 de diciembre de 2019 bajo el número 1-2019-30356, informó al señor Alcalde Mayor la medida de suspensión preventiva de giros del proyecto de inversión “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C.” identificado con BPIN 2015000050079.

 

Que el artículo 122 ídem establece que cuando se suspenda el giro de los recursos del Sistema General de Regalías, el representante legal de la entidad beneficiaria debe aplazar la ejecución de las apropiaciones financiadas con esta fuente y los saldos en cuenta relacionados con este. Asimismo, dispone que la medida preventiva debe adoptarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de la medida de suspensión y se mantendrá hasta que la misma sea levantada.

 

Que en correspondencia con lo anterior, el Decreto Nacional 1082 de 2015 “Por medio del cual se expide el decreto único reglamentario del sector administrativo de planeación nacional” en su artículo 2.2.3.1.3.3. determina que:

 

 “Cuando se suspenda el giro de las Regalías, el representante legal de las entidades beneficiarias de los recursos de regalías y compensaciones, deberá proceder a aplazar la ejecución de las apropiaciones financiadas con los recursos cuyo giro fue suspendido, medida que deberá adoptarse dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al recibo de la comunicación de la suspensión. Se levantará el aplazamiento de las apropiaciones afectadas, una vez se subsane la causal que generó la aplicación de la medida preventiva o correctiva. La omisión del aplazamiento de las apropiaciones generará las consecuencias fiscales, disciplinarias, penales y civiles previstas en las normas vigentes. Igualmente no se podrán adelantar procesos contractuales con recursos de regalías hasta que sea levantada la medida de suspensión de giros; (…)”.

 

Que dando cumplimiento a lo prescrito en la Resolución No. 3531 del 22 de noviembre de 2019 expedida por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, la Secretaría Distrital de Ambiente en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión denominado “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C”, suspenderá todos los pagos pendientes por efectuar relacionados con el citado proyecto.

 

Que, como consecuencia de lo anterior, la Secretaría Distrital de Ambiente en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión denominado “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C” identificado con BPIN 2015000050079, deberá adelantar todas las actuaciones necesarias frente a los contratistas y terceros con los cuales tenga un vínculo jurídico relacionado con la ejecución de los recursos del citado proyecto de inversión.

 

Que en cumplimiento de las normas citadas y en ejecución de lo dispuesto en la Resolución 3531 del 22 de noviembre de 2019 expedida por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, dentro de la actuación administrativa preventiva PAP 554-19, es necesario proceder a aplazar la ejecución de las apropiaciones del proyecto de inversión denominado “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C.” identificado con BPIN 2015000050079.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Aplazar la ejecución de las apropiaciones no comprometidas y suspender los pagos pendientes por efectuar asociados al proyecto de inversión denominado “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C.” identificado con el BPIN 2015000050079, de acuerdo con el siguiente detalle:

 

CODIGO

DESCRIPCION

VALOR

 

Gastos

$3.355.009.748.72

 

Apropiación por Comprometer

$1.221.735.702,73

002

Fondo de Desarrollo Regional

$1.221.735.702,73

002-0111

Programa: Construcción de Infraestructura Propia del Sector

$1.221.735.702,73

002-0111-0900

Subprograma: Intersubsectorial Ambiente

$1.221.735.702,73

002-0111-0900-2015-00005-0079

Construcción y Dotación del Centro de Recepción y rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá D.C.

$1.221.735.702,73

 

Compromisos por Pagar

$2.133.274.045,99

2

Fondo de Desarrollo Regional

$2.133.274.045,99

002-0111

Programa: Construcción de Infraestructura Propia del Sector

$2.133.274.045,99

002-0111-0900

Subprograma; Intersubsectorial Ambiente

$2.133.274.045,99

002-0111-0900-2015-00005-0079

Construcción y dotación del Centro de Recepción y Rehabilitación de Flora y Fauna Silvestre de Bogotá, D.C.

$2.133.274.045,99

 

ARTÍCULO 2. Ordenar a la Secretaría Distrital de Ambiente, en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C” identificado con BPIN 2015000050079, suspender de forma inmediata todos los pagos pendientes por efectuar asociados al citado proyecto de inversión.

 

ARTÍCULO 3. Ordenar a la Secretaría Distrital de Ambiente, en su condición de entidad ejecutora del proyecto de inversión “Construcción y dotación del centro de recepción y rehabilitación de flora y fauna silvestre de Bogotá D.C” identificado con BPIN 2015000050079, adelantar las actuaciones necesarias frente a los contratistas y terceros con los cuales tenga un vínculo jurídico relacionado con la ejecución de los recursos del citado proyecto de inversión.

 

ARTÍCULO 4. El aplazamiento surtirá efectos hasta que sea levantada la medida de suspensión impuesta por la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación.

 

ARTÍCULO 5. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección de Control de la Dirección de Vigilancia de las Regalías del Departamento Nacional de Planeación, a la Secretaría de Hacienda Distrital y a la Secretaría Distrital de Ambiente, para lo de su competencia.

 

ARTÍCULO 6. El presente Decreto rige a partir del día de su publicación en el Registro Distrital

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 9 días del mes de diciembre del año 2019.

 

ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO

 

Alcalde Mayor

 

FRANCISCO JOSÉ CRUZ PRADA

 

Secretario Distrital de Planeación