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Resolución 1 de 1994 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
24/03/1994
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/03/1994
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCION 1 DE 1994

(Marzo 24)

"Por la cual se modifica el Estatuto de Personal y se derogan algunos artículos"

LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO

en uso de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas mediante el Acuerdo 19 de 1972, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto Ley 1421 del 21 de Julio de 1993, dispuso en su artículo 125 que los servidores públicos vinculados a la Administración Distrital y a los establecimientos públicos tienen el carácter de empleados públicos y que en los Estatutos de los establecimientos públicos, se precisarán las actividades que deben ser desempeñadas por trabajadores oficiales.

Que de acuerdo con la normatividad vigente, los objetivos que cumple el Instituto de Desarrollo Urbano, y las funciones de los empleos de la planta de personal, no existen actualmente actividades que deban ser desempeñadas por trabajadores oficiales.

Que se hace necesario modificar el Estatuto de Personal vigente, Resolución 019 de 1974 y demás normas emanadas de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano sobre esta materia, y derogar algunos artículos.

RESUELVE

ARTICULO 1. Modificar el Estatuto de Personal vigente, Resolución No. 019 de 1974, y demás norma concordantes, por cuanto en el Instituto de Desarrollo Urbano no existen actualmente actividades que deban ser desempeñadas por trabajadores oficiales y, como consecuencia de ello, los servidores públicos que presten sus servicios en el Instituto de Desarrollo Urbano son empleados públicos.

Los empleos según su naturaleza y forma como deben ser provistos serán de libre nombramiento o de carrera administrativa.

Son de carrera administrativa los empleos clasificados en los niveles profesionales, técnico, administrativo y operativo. De libre nombramiento y remoción los clasificados en los niveles Directivo, Asesor y Ejecutivo.

ARTICULO  2. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los artículos 2º, 3º, 4º, 5º, y 6º, de la Resolución No. 019 de 1974 emanada de la Junta Directiva del Instituto de Desarrollo Urbano, y las demás disposiciones que le sean contrarias.

COMUNÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Santa Fe de Bogotá, a los 24 días de Marzo de 1994.

JULIO ROBERTO PIZA RODRIGUEZ

SAMUEL DURAN RODRIGUEZ

Delegado Alcalde Mayor

Secretario Junta Directiva