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Resolución 084 de 2020 Secretaría Distrital del Hábitat

Fecha de Expedición:
20/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/03/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6767 del 28 de marzo del año 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

RESOLUCIÓN 084 DE 2020

 

(Marzo 20)

 

Por la cual se aclara el alcance de la suspensión de términos en los procedimientos a cargo de la Secretaría Distrital del Hábitat, contemplados en las Resoluciones 077 y 080 de 16 de marzo de 2020

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DEL HÁBITAT

 

En uso de sus facultades legales, especialmente las conferidas en el artículo 115 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, los Decretos Distritales 121 de 2008 y 01 de 2020 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Salud y Protección social, mediante la Resolución 385 de 2020 declaró la emergencia sanitaria por causa del coronavirus COVID-19 y adoptó medidas para hacer frente al virus.

 

Que la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 081 de 2020, “Por el cual se adoptan medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para la preservación de la vida y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C.(...) y se dictan otras disposiciones”.

 

Que en observancia de los principios de la función pública y dada la emergencia sanitaria actual, es deber proteger la vida, la salud y la integridad personal de los ciudadanos, residentes, servidores públicos y colaboradores adoptando las medidas de carácter extraordinario que permitan mitigar los efectos de la propagación del COVID-19, evitando la exposición a situaciones de riesgo como aglomeraciones o concentraciones en lugares públicos, o la afluencia de público a la Secretaría Distrital del Hábitat.

 

Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C., mediante el Decreto Distrital 087 de 2020, declaró la calamidad pública con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C.

 

Que mediante las Resoluciones 077 y 080 de 2020, se suspendieron los términos en los procedimientos administrativos sancionatorios y disciplinarios, como medida transitoria por motivos de salubridad pública.

 

Que con el fin de garantizar la autonomía y debido proceso en cada una de las actuaciones administrativas objeto de las decisiones tomadas en las resoluciones señaladas, es necesario aclarar que los efectos de la suspensión de los términos de las actuaciones y procedimientos a cargo de todas las dependencias de la Secretaría Distrital del Hábitat, son aquellos que determine la normatividad vigente aplicable a cada procedimiento en particular.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Aclarar que la suspensión de los términos dispuesta en las Resoluciones 077 y 080 de 2020, se dará sin detrimento de la aplicación de las normas de superior jerarquía que rijan cada procedimiento particular, ni la garantía de los derechos de los particulares.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición, y deroga en su totalidad el artículo segundo de las Resoluciones 077 y 080 de 2020, deberá publicarse en la página web y en el registro distrital.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 20 días del mes de marzo del año 2020.

 

NADYA MILENA RANGEL RADA

 

Secretaria Distrital del Hábitat