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Circular 016 de 2020 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
24/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 016 DE 2020

 

(Marzo 24)

 

 

PARA: A Todo Idu

 

DE: Director General

 

REFERENCIA: ALCANCE CIRCULAR 15 DE 2020“Directrices transitorias para trabajo temporal en casa y/o remoto por emergencia sanitaria del COVID 19 y otras medidas administrativas. Alcance Circular No 8 del 13 de marzo de 2020”.

 

De acuerdo con lo dispuesto por el Gobierno Nacional mediante el Decreto 457 del 22 de marzo de 2020 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19 y el mantenimiento del orden público”, el Director General expidió la Circular 15 de 2020 mediante la cual se imparten “Directrices transitorias para trabajo temporal en casa y/o remoto por emergencia sanitaria del COVID 19 y otras medidas administrativas. Alcance Circular No 8 del 13 de marzo de 2020”.

 

No obstante, lo anterior y atendiendo a que la Alcaldía Mayor a través del Decreto 091 del 22 de marzo de 2020 "Por medio del cual se modifica el Decreto 090 de 2020 y se toman otras disposiciones", extendió el término del simulacro distrital durante el día 24 de marzo de 2020, el Director General considera pertinente aplicar para el día de hoy, 24 de marzo de 2020, las medidas adoptadas mediante la Circular 15 del 23 de marzo de 2020, como quiera que dicha Circular contempló inicialmente, lo siguiente:

 

“…el IDU toma la decisión de implementar el teletrabajo extraordinario y/o remoto como regla general para todos los funcionarios y contratistas de apoyo a la gestión, garantizando de esta forma las funciones de los empleados públicos y las obligaciones de los contratistas de apoyo a la gestión de dar continuidad en el servicio público de la Entidad, a partir de las cero horas (00) del 25 de marzo y hasta las cero horas (00) del 13 de abril de 2020 y mientras persistan las medidas de aislamiento preventivo obligatorio dispuesto en el Decreto No. 457 de 2020 y las demás que se lleguen a expedir para contener la propagación del virus COVID -19…”

 

Cordialmente,

 

Diego Sánchez Fonseca

 

Director General


Aprobó: Rosita Esther Barrios Figueroa-Subdirección General de Gestión Corporativa 

Elaboró: Subdirección General De Gestión Corporativa