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Circular 002 de 2020 Fondo de Prestaciones Económicas, Cesantías y Pensiones - FONCEP

Fecha de Expedición:
13/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 

 

CIRCULAR 002 DE 2020

 

(Marzo 13) 

 

PARA: DIRECTIVOS, ASESORES Y FUNCIONARIOS DEL FONCEP 


DE: DIRECTORA GENERAL – FONCEP

 

ASUNTO: Acciones preventivas para contrarrestar la propagación del Coronavirus (COVID – 19) y otras disposiciones


RADICADO: EI-00016-202001883

 

De acuerdo con la Alerta Amarilla declarada por la Alcaldía Mayor de Bogotá por Coronavirus COVID-19 y dando cumplimiento al Decreto 081 del 11  de  marzo  de 2020 “Por el cual se adoptan medidas sanitarias y acciones transitorias de policía para la  preservación de Ia vida y mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá, D.C., y se dictan otras  disposiciones" y teniendo en cuenta la circular No. 024 del 12 de marzo de 2020,  emanada  de  la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., se hace necesario adoptar medidas temporales y excepcionales de carácter preventivo al interior de las instalaciones de FONCEP, así:

 

1.  Autocuidado Personal:

 

Cada funcionario deberá realizar una pausa activa con las siguientes acciones:

 

·   Cada 3 horas, lavarse las manos con abundante jabón, alcohol o gel antiséptico.


·    Tomar agua (hidratarse), durante el día.


·    Taparse nariz y boca con el antebrazo (no con la mano) al estornudar o toser.


·    Evitar el contacto directo, no saludar de beso o de mano, ni dar abrazos.


·    Evitar asistir a eventos masivos o de cualquier tipo que no sean absolutamente indispensables, igual recomendación para eventos fuera del lugar de trabajo.


·    Se recomienda desinfectar el lugar de trabajo a diario (escritorio, bocinas telefónicas, etc), adicional a la limpieza que realizará el personal de aseo de la empresa.


·    En caso de autodetección de síntomas de gripa encontrándose dentro de las instalaciones de la entidad, usar tapabocas inmediatamente, posteriormente quedarse en casa (informar al jefe inmediato).


·    Se recomienda usar para el consumo de bebidas calientes  o frías recipientes propios de uso individual.


·    En caso de síntomas de alarma, quedarse en casa y llamar a la línea 123 antes de ir al servicio de urgencias. Síntomas de alarma: dificultad respiratoria, temperatura superior a 37,5 °C axilar por más de dos días o silbido en el pecho en niños. El sistema de salud priorizará la atención domiciliaria de estas emergencias.


·    Los adultos mayores de 60 años, con enfermedades de alto riesgo y  las  mujeres en estado de gestación deben verificar su estado de salud a diario, si presentan algún síntoma de alarma (gripa, dificultad  respiratoria, fiebre, decaimiento), quedarse en casa e informar al jefe inmediato. El sistema de salud igualmente priorizará la atención domiciliaria de estas emergencias.

 

2.  Horario Laboral

 

De manera excepcional y temporal, se flexibiliza el  horario  laboral,  para  fines  preventivos y para favorecer la mitigación del riesgo con ocasión de la situación epidemiológica, se adopta para todos los funcionarios la hora de inicio de jornada laboral 7:00 a.m. y hora de finalización de la jornada laboral las 3:00 de la tarde, con media hora de almuerzo que se podrá tomar entre las 12:00 m y 2:00 p.m., concertado con el jefe inmediato, siempre y cuando no haya afectación en el servicio ni se altere la atención al ciudadano.

 

Los jefes de cada área tienen la autonomía para autorizar horarios diferentes al aquí estipulado, de acuerdo con las necesidades del servicio y las condiciones de seguridad de la información.

 

No obstante lo anterior, es deber de los funcionarios estar disponibles para atender cualquier requerimiento del jefe inmediato, ya que no se puede afectar la operación de la entidad.

 

3.      Teletrabajo Extraordinario

 

Los jefes de cada área, una vez evaluadas las necesidades del  servicio,  los  parámetros de seguridad de la información y las condiciones funcionales de cada área, tienen la autonomía para diseñar la estrategia de teletrabajo extraordinario.

 

Para la determinación de los servidores que van a desempeñar sus funciones en estas condiciones temporales y excepcionales, se deben observar las condiciones y parámetros establecidos la Circular No. 024 del 12 de marzo de 2020, emanada de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

4.      Necesidad de las medidas:


El FONCEP difunde esta circular acogiendo las medidas adoptadas a nivel  distrital para dar aplicación a los protocolos, procedimientos y  lineamientos definidos  por  los  organismos de salud, con ocasión a que la OMS elevó a categoría de pandemia global el virus COVID-19.

 

Las medidas adoptadas a través de la presente circular estarán vigentes hasta tanto se disponga lo contrario.

 

MARTHA LUCIA VILLA RESTREPO

 

Directora General


 

Proyectó: Margarita Aguilar Barragán. Asesor Responsable ( E )


Revisó: Melba Cecilia Núñez Rodriguez. Subdirectora


Aprobó: Carlos Enrique Fierro Sequera. Jefe