RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 32 de 1916 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
21/08/1916
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/08/1916
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 32 DE 1916

(Agosto 21)

"Por el cual se dan unas autorizaciones a la Junta Administradora del Tranvía municipal".

EL CONSEJO DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales, y

Ver el Acuerdo Municipal 51 de 1918

ACUERDA:

ARTICULO 1. Autorízase a la Junta Administradora del Tranvía para que compre una faja de terreno en la esquina nordeste del cruzamiento de la calle 15 con carrera 13.

ARTICULO 2. Autorízase igualmente a la indicada Junta para que reconstruya a costa de la Empresa del Tranvía y de acuerdo con planos que apruebe la Dirección de Obras Públicas municipales, la esquina de que trata el artículo anterior.

ARTICULO 3. Queda facultada la misma entidad para proceder a celebrar la negociación del caso con el dueño del predio situado al extremo occidental de la proyectada calle 58 del Barrio de Chapinero, y la edificación que allí existe en ese lote, con el fin de completar la apertura de dicha calle entre la carrera 13 y la zona del Ferrocarril del Norte. Esta compra podrá hacerse hasta la por la cantidad de $ 600 pesos oro, suma que se pagará de los fondos del Tranvía.

ARTICULO 4. Las adquisiciones de que tratan los artículos 1 y 3, se harán con intervención del Personero Municipal.

ARTICULO 5. Las partidas necesarias para dar cumplimiento a este Acuerdo se incluirán en el Presupuesto de gastos de la Empresa del Tranvía.

Dado en Bogotá, veintiuno de agosto de mil novecientos diez y seis.

El Presidente,

SIMON ARAÚJO

El Secretario, Antonio M. Londoño

Alcaldía de Bogotá – agosto 31 de 1916

Publíquese y ejecútese.

  1. MARROQUIN

Leonidas Ojeda A. - Secretario.

Gobernación de Cundinamarca – Bogotá, septiembre 1 de 1916.

Es exequible

J.R. LAGO

El Secretario de Gobierno,

Jesús M. Henao.