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Circular Externa 001 de 2020 Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

Fecha de Expedición:
29/05/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51333 del 02 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 001 DE 2020

 

(Mayo 29)

 

De: Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

 

Para: Empresas y Particulares que prestan servicios de remodelación en bienes inmuebles e interesados en el territorio nacional

 

Asunto: Directrices sobre la realización de remodelaciones en el marco de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID-19

 

El Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio, de conformidad con las funciones instituidas en su titularidad por el Decreto 3571 de 2011, expide la presente circular con el fin de impartir directrices relacionadas con las condiciones que deben cumplir los interesados que requieran remodelaciones en inmuebles durante la vigencia del aislamiento preventivo obligatorio decretado en el marco de la emergencia sanitaria por el Coronavirus COVID-19.

 

Se precisa que el Decreto 749, expedido el 28 de mayo de 2020, amplió el aislamiento preventivo obligatorio hasta el 1° de junio de la misma anualidad, y a través de su artículo 3º, en el numeral 18 excepcionó la ejecución de obras de remodelación en inmuebles. Adicionalmente, el parágrafo 5° del artículo 3º, establece que las personas que desarrollen las actividades mencionadas en el artículo, para iniciar las respectivas actividades, deberán cumplir con los protocolos de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para el control de la pandemia del Coronavirus COVID-19. Así mismo, deberán atender las instrucciones que para evitar la propagación del Coronavirus COVID-19 adopten o expidan los diferentes Ministerios y entidades del orden nacional y territorial.

 

Bajo esta perspectiva, las remodelaciones están excepcionadas del aislamiento preventivo obligatorio en el que se encuentra el país, en consecuencia, podrán realizarse bajo las siguientes condiciones:

 

Las empresas y particulares que presten servicios de remodelación en bienes inmuebles deberán dar cumplimiento al protocolo de bioseguridad que establezca el Ministerio de Salud y Protección Social para las actividades de remodelación y adecuación de bienes inmuebles.

 

Hasta el primero (1º) de julio de 2020, no podrán realizarse obras de remodelación en inmuebles con destinación habitacional que se encuentren sometidos a propiedad horizontal.

 

En cualquier caso, tanto los interesados como las empresas y particulares que presten servicios de remodelación en bienes inmuebles deberán dar cumplimiento a las demás directrices que sobre el aislamiento preventivo obligatorio ha dispuesto el Gobierno nacional y las entidades territoriales como autoridades dentro de cada jurisdicción.

 

Atentamente,

 

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,

 

Jonathan Tybalt Malagón González.

 

(C. F.).