RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 100004452 de 2020 Superintendencia de Sociedades

Fecha de Expedición:
26/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/06/2020
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 51357 del 26 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 100-004452 DE 2020

 

(Junio 26)

 

Por medio de la cual se adicionan unas competencias en materia de insolvencia, en virtud del Decreto Ley 772 de 3 de junio 2020

 

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus atribuciones legales, reglamentarias, y en especial las conferidas por el artículo 115 de la Ley 489 de 1998, los numerales 15, 18, 19 y 20 del artículo 8°, el Decreto 1023 de 2012, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en las Resoluciones 100-001106 y 11001107 de 31 de marzo de 2020, se han definido las funciones y competencias que corresponden a cada uno de los grupos internos de trabajo de las diferentes dependencias de la entidad;

 

Que mediante la Resolución 100-002560 de 17 de abril de 2020, se adicionó la Resolución 100-001107 de 31 de marzo de 2020, a fin de adicionar las competencias de los Grupos adscritos a la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia en virtud de lo dispuesto en el Decreto Ley 560 de 15 de abril de 2020;

 

Que mediante el Decreto 772 de 3 de junio de 2020, “Por el cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de insolvencia, con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial”, el Gobierno nacional creó los procesos de Reorganización Abreviada y de Liquidación Judicial Simplificada;

 

Que algunas de las medidas establecidas en el Decreto Ley 772 de 3 de junio de 2020, implican un alcance y la asignación de funciones a la Superintendencia de Sociedades, como juez de insolvencia;

 

Que, en ese sentido, se requiere hacer una adición a las competencias de las dependencias de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y las Intendencias Regionales; Que, como consecuencia de lo expuesto, el Superintendente de Sociedades,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Alcance de la resolución. La presente resolución adiciona las competencias que fueron asignadas a los funcionarios de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y los Intendentes Regionales mediante la Resolución 100-001107 de 31 de marzo de 2020 y 100-002560 del 17 de abril de 2020, en virtud de lo dispuesto por el Decreto Ley 772 de 3 de junio de 2020.

 

Artículo 2°. Extensión de competencias para la suscripción de providencias propias de los procedimientos del Decreto Ley 772 de 2020. La competencia para suscribir actos y providencias asignada a los funcionarios de la Delegatura de Procedimientos de Insolvencia y a los Intendentes Regionales mediante la Resolución 100-001107 de 2020, podrá igualmente ejercerse frente a los procesos de Reorganización Abreviada y de Liquidación Judicial Simplificada previstos en el Decreto Ley 772 de 3 de junio de 2020, según la distribución de competencias que haya sido realizada por el Superintendente de Sociedades.

 

Artículo 3°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de junio del año 2020.

 

El Superintendente de Sociedades,

 

JUAN PABLO LIÉVANO VEGALARA. (C. F.).