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Decreto Local 010 de 2020 Alcaldía Local de Bosa

Fecha de Expedición:
26/06/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/06/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6845 del 30 de junio de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2020

 

(Junio 26)

 

Por medio del cual se efectúa un Traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Bosa para la vigencia fiscal 2020

 

LA ALCALDESA LOCAL DE BOSA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y el Decreto 113 de 2020 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que según el numeral 1 del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local.”

 

Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación y Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que la Administración Local requiere efectuar el traslado presupuestal por la suma de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($4.000.000.000) al Proyecto de Inversión No. 1336 “Bosa activa, digna y feliz”, asociado al “programa Igualdad y autonomía para una Bogotá incluyente”, rubro No. 3-3-1-15-01-03 -1336, con el fin de garantizar la atención de las Personas Mayores de la Localidad de Bosa en situación de vulnerabilidad social e inseguridad económica a través de la entrega del Subsidio Tipo C, la generación de actividades de desarrollo humano y costos operativos asociados al talento humano, se requiere adicionar.

 

Que mediante oficio No. 2-2020-25946 del 12 de junio de 2020, la Secretaría Distrital de Planeación, emite concepto previo y favorable para el traslado presupuestal relacionado con los gastos de inversión.

 

Que mediante oficio No. 2-2020EE80072 del 25 de junio de 2020, La Secretaría Distrital de Hacienda- Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto de viabilidad considerando que el Fondo de Desarrollo Local efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal al interior del Presupuesto de Gastos de Inversión vigencia 2020, por valor de CUATRO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($4.000.000.000)

 

Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. – Efectúese un contracrédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Bosa conforme al siguiente detalle:

 

3

GASTOS

$4.000.000.000

3-3

INVERSIÓN

$4.000.000.000

3-3-1

DIRECTA

$4.000.000.000

3-3-1-15

Bogotá mejor para Todos

$4.000.000.000

3-3-1-15-02

Pilar Democracia Urbana

$4.000.000.000

3-3-1-15-02-18

Mejor Movilidad para Todos

$4.000.000.000

3-3-1-15-02-18-1345

Innovación en infraestructura para una movilidad mejor para todos

$4.000.000.000

 

ARTÍCULO 2º. – Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2020 del Fondo de Desarrollo Local de Bosa conforme al siguiente detalle:

 

ARTÍCULO 3º.- Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaria Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto y la Secretaría Distrital de Planeación, para lo de su cargo.

 

ARTÍCULO 4º.- Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

3

GASTOS

$4.000.000.000

3-3

INVERSIÓN

$4.000.000.000

3-3-1

DIRECTA

$4.000.000.000

3-3-1-15

Bogotá mejor para Todos

$4.000.000.000

3-3-1-15-01

Pilar Igualdad de calidad de vida

$4.000.000.000

3-3-1-15-01-03

Igualdad y autonomía para una Bogotá influyente

$4.000.000.000

3-3-1-15-01-03-1336

Bosa Activa, Digna y Feliz

$4.000.000.000

 

ARTÍCULO 5º.- Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación

 

COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de junio del año 2020.

 

LIZETH JAHIRA GONZÁLEZ VARGAS

 

Alcaldesa Local de Bosa