RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 3258 de 2018 Ministerio de Transporte

Fecha de Expedición:
03/08/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 3258 DE 2018

 

(Agosto 03)

 

Por la cual se adopta la Guía de Ciclo-infraestructura para Ciudades Colombianas

 

EL MINISTRO DE TRANSPORTE

 

En ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 1 de la Ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1 de la Ley 1083 de 2010, artículo 204 de la ley 1753 de 2015, numerales 6.1 y 6.2 del Decreto 087 de 2011, y

 

CONSIDERANDO

 

Que el inciso tercero del artículo 1 de la ley 769 de 2002, modificado por el artículo 1 de la Ley 1383 de 2010, señala que le corresponde al Ministerio de Transporte como autoridad suprema de tránsito definir, orientar, vigilar e inspeccionar la ejecución de la política nacional en materia de tránsito.

 

Que los artículos 94 y 95 de la ley 769 de 2002, esté último modificado por el artículo 9 la Ley 1811 de 2016, establecen las normas generales y específicas para la circulación de bicicletas y triciclos.

 

Que el artículo 204 de la Ley 1753 de 2015, señala que el Gobierno Nacional, a través del Ministerio de Transporte, realizará acciones tendientes a promover el uso de medios no motorizados y tecnologías limpias, tales como bicicleta, tricimóviles y transporte peatonal en todo el territorio nacional.

 

Que el Gobierno Nacional expidió la Ley 181 de 2016, cuyo objeto es incentivar el uso de la bicicleta como medio principal de transporte en todo el territorio nacional, incrementar el número de viajes en bicicleta, avanzar en la mitigación del impacto ambiental que produce el tránsito automotor y mejorar la movilidad urbana.

 

Que en cumplimiento de lo señalado en la ley 1753 de 2015, y con el fin de apoyar la construcción de una red nacional de infraestructura para ciclistas, principalmente en los perímetros urbanos, como parte de un sistema nacional de movilidad sostenible con estándares de calidad, conectividad, coherencia, seguridad y confort, el Ministerio de Transporte el día 30 de julio de 2015, suscribió el contrato de consultorio 937 de 2015, con el CONSORCIO DESPACIO EA21, cuyo objeto era el "Diseño, Elaboración y Divulgación de una Guía de Ciclo-Infraestructura para Ciudades Colombianas".

 

Como resultado de la Consultoría realizada, se expidió la "Guía de Ciclo-Infraestructura para Ciudades Colombianas", la cual fue socializada a través de una presentación por streaming, montada en un servidor público de videos en coordinación con el área de comunicaciones y sistemas del Ministerio de' Transporte, así como la impresión de 500 copias del documento y mil copias digitales, las cuales fueron entregadas a las diferentes entidades territoriales y asistentes a los foros en los cuales tenía participación esta Cartera Ministerial, con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 8 de la Ley 1437 de 2011. ;

 

Que dada la respuesta satisfactoria a la socialización realizada por parte del consultor y en aras de promover el uso de medios no motorizados y garantizar la seguridad de los usuarios que transitan por el todo territorio nacional, se hace necesario adoptar la "Guía de ciclo-infraestructura para ciudades colombianas", para que las autoridades locales cuenten con lineamientos para la planeación, diseño y construcción de proyectos de infraestructura vial, que generen espacios acondicionados, señalizados y/o demarcados que mejoren las condiciones de seguridad vial de peatones y ciclistas, e incluyan los factores de protección a éstos y otros actores viales.

 

Que el contenido de la presente resolución fue publicado en la página web del Ministerio de Transporte, en cumplimiento de lo determinado en el literal 8 (sic) del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011, con el objeto de recibir opiniones, sugerencias o propuestas alternativas.

 

Que la Oficina Asesora de Jurídica del Ministerio de Transporte conservará los documentos asociados al proceso de divulgación y participación ciudadana incluidos los cronogramas, actas, comentarios, grabaciones e informes que evidencien la publicidad del proyecto y la participación de los ciudadanos y grupos de interés. Todo ello en concordancia con las políticas de gestión documental y de archivo de la entidad.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Adoptar la "Guía de Ciclo-Infraestructura para Ciudades Colombianas", que hace parte integral de la presente resolución, Ia cual presenta recomendaciones de diseño de infraestructura para incluir a las bicicletas de manera adecuada en las políticas urbanas y facilitar el desplazamiento equitativo, seguro y eficiente en ese modo de transporte.

 

Artículo 2. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 03 días del mes de agosto del año 2018

 

GERMÁN CARDONA GUTIÉRREZ

 

Ministro de Transporte