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Decreto 334 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/09/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/09/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2957 de septiembre 30 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 334 DE 2003.

(Septiembre 30)

Derogado por el art. 34, Decreto Distrital 556 de 2006

 "Por el cual se adopta la estructura interna del Departamento Administrativo de Bienestar Social y se determinan las funciones de sus dependencias"

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTA D.C.

En ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el numeral 6º del artículo 38 y el inciso 2 del Artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993,

Ver el Organigrama del D.A.B.S.

DECRETA:

CAPITULO I

DE LA ESTRUCTURA

ARTICULO PRIMERO.  Modificado por el Decreto Distrital 311 de 2005. El Departamento Administrativo de Bienestar Social ¿ DABS, para el cumplimiento de sus funciones, tendrá la siguiente estructura organizacional:

1. DIRECCIÓN DE DEPARTAMENTO

1.1 Oficina Asesora de Control Interno

1.2 Oficina Asesora Jurídica

1.3 Oficina Asesora de Asuntos Disciplinarios

1.4. Oficina Asesora de Sistemas

1.5. Oficina Asesora de Comunicaciones

2. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

3. SUBDIRECCIÓN DE PLANEACION

4. SUBDIRECCIÓN DE POLÍTICAS POBLACIONALES

4.1 Gerencia de Infancia

4.2 Gerencia de Atención a la Población Adulta y Vejez

4.3 Gerencia de Atención Integral a la Familia

5. SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO LOCAL

5.1. Gerencia de Prevención Integral del Uso Indebido de Drogas - UCPI

5.2 Gerencia de Formación para el Desarrollo

5.3. Gerencia UEL.

5.4. Gerencias Centros Operativos Locales - COL

CAPITULO II

DE LAS FUNCIONES DE LAS DEPENDENCIAS

ARTICULO  SEGUNDO.  Modificado por el Decreto Distrital 311 de 2005. Las funciones que desarrollará cada una de las dependencias del DABS se describen a continuación:

1. DIRECCIÓN DE DEPARTAMENTO

Funciones :

  1. Establecer las políticas, objetivos y estrategias del DABS a corto, mediano y largo plazo, fijando las pautas de acción y organización para asegurar el cumplimiento de la misión, el logro de los objetivos institucionales y la ejecución de los planes, programas y proyectos de la entidad, en el marco del Plan de Desarrollo Distrital.

  2. Dirigir la ejecución de las políticas de Bienestar Social y de los planes, programas y proyectos a cargo del DABS, en concordancia con lo señalado por el gobierno del distrito capital y la misión de la entidad de participar en la formulación de las políticas sociales del Distrito Capital y ejecutar acciones de promoción, prevención, protección y restablecimiento, desde la perspectiva de derechos, para la inclusión de las poblaciones que están en situación de vulnerabilidad mediante la corresponsabilidad y la cogestión entre la familia, la sociedad y el Estado.

  3. Fijar las políticas de planificación, inversión y organización de la entidad y definir sus estrategias.

  4. Reglamentar la organización, funcionamiento y operación de los servicios sociales que presta el DABS a la comunidad directamente o en convenio o concurrencia con otras entidades públicas o privadas.

  5. Orientar el establecimiento y desarrollo del sistema de atención a los ciudadanos y ciudadanas en situación de vulnerabilidad en un marco de calidad y calidez que refleje el respeto a sus derechos, como principio rector de las ejecuciones de la entidad.

  6. Formular políticas sociales en concertación con otros sectores o entidades para los grupos poblacionales mas vulnerables promoviendo su participación, mediante el fortalecimiento de las instancias locales, cercanas a la comunidad.

  7. Orientar la consecución de recursos en el ámbito nacional, internacional y con el sector de la población civil para ampliar la capacidad de gestión de la entidad y fortalecer la ejecución de los programas y proyectos del Departamento.

  8. Reglamentar y desarrollar la estructura del DABS estableciendo los comités y grupos de trabajo, y distribuyendo la planta de personal conforme a las necesidades de la organización y funcionamiento interno de las distintas dependencias que conforman la estructura organizacional del Departamento.

  9. Establecer las políticas para la implementación y desarrollo del sistema de control interno de la Entidad.

  10. Dirigir la organización y funcionamiento general del DABS.

  11. Ejercer la función disciplinaria de acuerdo con al legislación vigente.

  12. Las demás que le sean asignadas o delegadas por autoridad competente, de conformidad con la naturaleza de la entidad.

1.1. OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO

Funciones

  1. Planear, dirigir, organizar y evaluar la implantación del sistema de control interno, en el cumplimiento de las funciones de las dependencias, para un eficaz y eficiente desarrollo de las metas y objetivos institucionales en concordancia con la misión y plan de acción de la entidad.

  2. Asesorar a la Dirección General del DABS en la aplicación de medidas y correctivos para que la entidad cumpla con los objetivos y misión.

  3. Asesorar permanentemente a las directivas acerca del estado del sistema de control interno de la entidad, dando cuenta de las debilidades detectadas y las recomendaciones formuladas para que se tomen las medidas pertinentes.

  4. Verificar que los procesos, procedimientos y actividades del DABS estén claramente definidos en concordancia con la misión y necesidades de la entidad, a fin de efectuar el control en su implementación y ejecución.

  5. Verificar y evaluar que las dependencias desarrollen las etapas del proceso administrativo de planeación, organización, ejecución, control y evaluación, para el cumplimiento de su gestión en el marco de la misión, metas y objetivos de la entidad.

  6. Verificar el cumplimiento de los procedimientos previstos en las leyes y reglamentos relacionados con el manejo de los bienes y recursos y efectuar las recomendaciones del caso.

  7. Verificar que los sistemas de información se ajusten a las normas legales vigentes, dentro de las políticas trazadas por la Dirección y en atención a las metas y objetivos previstos.

  8. Diseñar mecanismos de control que permitan verificar la aplicación de las leyes, decretos reglamentarios y directrices que en materia de control interno promueve el Consejo Nacional Asesor y el Gobierno Nacional.

  9. Preparar y presentar los informes sobre los asuntos de la Oficina, que les sean requeridos por la Dirección del Departamento o por otras instancias de control o autoridades competentes.

  10. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente en concordancia con la naturaleza de la dependencia.

1.2. 0FICINA ASESORA JURÍDICA

Funciones

  1. Asesorar a la Dirección General y a las dependencias del DABS en la concepción y desarrollo de las normas e instrumentos jurídico legales necesarios para el normal desarrollo de sus actividades.

  2. Asesorar a la Dirección General y a las dependencias del DABS en la elaboración de los proyectos, normas y actos administrativos que se hayan de expedir en la entidad, en la Alcaldía Mayor de Bogotá o someter al Concejo de Bogotá o al Gobierno Distrital.

  3. Asesorar a la Dirección General y a las diferentes dependencias del DABS en la aplicación de las normas y reglamentos vigentes en materia de contratación administrativa, derecho administrativo y laboral y verificar su cumplimiento en los trámites que realicen las dependencias.

  4. Verificar que los trámites y procedimientos de contratación administrativa del DABS, desde su inicio hasta su culminación cumplan con la legislación vigente y con los procedimientos establecidos por la entidad.

  5. Conceptuar jurídicamente sobre los asuntos consultados por la Dirección General y por las demás dependencias del Departamento, en relación con asuntos jurídicos de la entidad, la aplicación de normas o la emisión y expedición de actos administrativos o conceptos referentes a las funciones y proyectos que desarrolla el DABS.

  6. Asesorar los trámites y respuestas a las solicitudes que en materia judicial formulen las autoridades Distritales, Nacionales, Jurisdiccionales, Policivas y el Ministerio Público, lo mismo que las presentadas por los particulares y otros organismos.

  7. Asesorar a la Dirección General y dependencias de la entidad en la defensa judicial y extrajudicial ante los distintos despachos en los procesos que se adelanten en su contra, de conformidad con lo establecido en el Artículo 15 del Decreto 854 de 2001 y demás normas que lo modifiquen o complementen.

  8. Asesorar a la Dirección General en el trámite de los procesos disciplinarios de segunda instancia.

  9. Preparar y presentar los informes sobre los asuntos de la Oficina, que les sean requeridos por la Dirección del Departamento o por otras instancias de control o autoridades competentes.

  10. Las demás que le sean asignadas por autoridad competente, en concordancia con la naturaleza de la dependencia.

1.3. OFICINA ASESORA DE ASUNTOS DISCIPLINARIOS

Funciones :

  1. Asesorar a la Dirección General y demás dependencias que deban adelantar investigaciones disciplinarias de los servidores públicos de la Entidad para que se cumpla con la aplicación del régimen disciplinario.

  2. Conocer en primera instancia de los procesos disciplinarios que se adelantan contra los servidores públicos del Departamento, conforme las disposiciones vigentes sobre la materia.

  3. Practicar las diligencias preliminares y adelantar las investigaciones por hechos, actos u omisiones de los funcionarios de la entidad que puedan configurar faltas disciplinarias y dar lugar a la imposición de sanciones, de acuerdo con las normas vigentes.

  4. Preparar y presentar los informes sobre los asuntos de la Oficina, que les sean requeridos por la Dirección del Departamento o por otras instancias o autoridades de control competentes

  5. Las demás que le sean asignadas y que correspondan con la naturaleza de la dependencia.

1.4. OFICINA ASESORA DE SISTEMAS

Funciones :

  1. Asesorar a la Dirección General en la formulación de las políticas, estrategias, planes y programas para el desarrollo, actualización, mantenimiento y funcionamiento de la tecnología informática y de telecomunicaciones del DABS. y para el desarrollo de procesos de racionalización y modernización de sistemas de información.

  2. Asesorar y apoyar a cada una de las dependencias del Departamento en el correcto uso de las herramientas informáticas que se pongan en funcionamiento en el Departamento.

  3. Diseñar mecanismos de control para que los sistemas de información y las herramientas informáticas en general respondan a la dinámica y necesidades de gestión del DABS, aplicando medidas correctivas en caso de ser necesario.

  4. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para la ejecución de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera y las normas existentes al respecto en la entidad y en la legislación vigente

  5. Preparar y presentar los informes sobre los asuntos de la Oficina, que les sean requeridos por la Dirección del Departamento o por otras instancias o autoridades de control competentes

  6. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

1.5. OFICINA ASESORA DE COMUNICACIONES

Funciones :

  1. Asesorar a la Dirección en la formulación de la política comunicativa e informativa del DABS, para contribuir al desarrollo misional de la Entidad, a su fortalecimiento institucional y al conocimiento y comprensión de la ciudadanía sobre los proyectos y servicios que la entidad ejecuta.

  2. Formular y presentar a la Dirección estrategias, planes, acciones y productos que permitan un flujo permanente y oportuno de la información institucional, misional, técnica, operativa, administrativa y de clima organizacional al interior del Departamento, así como el mejoramiento continuo y la innovación de sus canales de comunicación internos y externos, coordinar su implementación una vez aprobados y evaluar su ejecución.

  3. Asesorar a la Dirección en la formulación de la política informativa pública, que contribuya con el conocimiento, visibilidad y reconocimiento por parte de la ciudadanía, de la gestión que cumple el DABS en el Distrito Capital, mediante el diseño y ejecución de las estrategias, planes y acciones conducentes a tal fin a través de los canales y programas de información pertinentes, institucionales, públicos y privados.

  4. Asesorar a las diferentes áreas del Departamento en sus procesos de comunicación y coordinar la movilización de información, que contribuya al logro de los objetivos, metas y a la realización de productos comunicativos efectivos y de alta calidad dirigidos a los ciudadanos-as de los servicios del DABS y a la ciudadanía en general.

  5. Asistir a los distintos medios de información locales, distritales, nacionales e internacionales, en el acceso a la información sobre el DABS en el ámbito de la política informativa pública del Departamento.

  6. Asistir a la dirección y demás dependencias en la ejecución de seminarios, foros, eventos y reuniones de carácter interno e interinstitucional, verificando el cumplimiento de la política comunicativa e informativa del Departamento y la preservación de su identidad e imagen Corporativa.

  7. Formular y presentar a la Dirección estrategias, planes, acciones y productos que permitan el conocimiento manejo y cuidado de la identidad e imagen corporativa del Departamento al interior del mismo, así como en escenarios externos y coordinar su implementación una vez aprobados y evaluar su ejecución.

  8. Asesorar a la Dirección y demás dependencias en la definición de las especificaciones técnicas- comunicativas para la realización de productos, actividades, campañas y acciones públicas e intra institucionales.

  9. Diseñar y aplicar los procesos de obtención, clasificación y organización de la información para el Centro de documentación del DABS y coordinar intra e interistitucionalmente la ampliación y consolidación de la base documental del mismo.

  10. Diseñar, reproducir y distribuir documentos bibliográficos.

  11. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para la ejecución de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera, las normas que maneja la entidad y la legislación vigente.

  12. Preparar y presentar los informes sobre los asuntos de la Oficina a su cargo, que les sean requeridos por el Director/a del Departamento o por otras instancias o autoridades de control competentes

  13. Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia..

2. SUBDIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA

Funciones :

  1. Asesorar a la Dirección General en la definición de la filosofía, fines y misión de la entidad y en la formulación de las políticas, estrategias, planes y programas en materia de planificación y administración de recursos físicos, financieros y de talento humano.

  2. Coordinar la implementación de las políticas, estrategias, planes y programas definidos por la Dirección en materia de administración de los recursos físicos, financieros y de talento humano.

  3. Asistir a la Dirección General en las relaciones del DABS con la Secretaría de Hacienda, el Departamento Administrativo del Servicio Civil y los organismos de Control.

  4. Coordinar con las demás Subdirecciones la elaboración del anteproyecto y proyecto de presupuesto del Departamento, así como la modificación y seguimiento de la ejecución del presupuesto del DABS, de conformidad con las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes.

  5. Coordinar con la Subdirección de Planeación la formulación de los proyectos de inversión del DABS adscritos a esta Subdirección.

  6. Coordinar con las demás Subdirecciones, la implementación de políticas y procedimientos de apoyo para la gestión administrativa ¿ financiera en el Departamento

  7. Orientar la aplicación de la normatividad, procesos y procedimientos referentes al sistema de remuneración y régimen prestacional vigente, administración y desarrollo de personal de planta.

  8. Orientar la aplicación de la normatividad, los procesos, los procedimientos e instrumentos para el mejoramiento continuo de las actividades de administración, selección, vinculación, inducción, capacitación, clima organizacional, desarrollo y bienestar del talento humano.

  9. Orientar la aplicación de la normatividad, los procesos, los procedimientos e instrumentos para la administración de los recursos financieros asignados al Departamento.

  10. Coordinar con las demás Subdirecciones y las oficinas asesoras jurídica, comunicaciones y sistemas la elaboración ejecución y evaluación del programa anual de caja y del plan de compras (bienes y servicios) para la gestión administrativa ¿ financiera en el Departamento, presentando los informes correspondientes a la Dirección General y al Comité Financiero.

  11. Asesorar a la Dirección General y a las demás dependencias sobre la aplicación de la normatividad, los procesos, los procedimientos y los instrumentos, para la administración de los recursos financieros destinados a los fondos especiales, cajas menores, avances y demás modalidades de manejo autorizadas por la Ley.

  12. Coordinar con la Oficina Asesora Jurídica los trámites y procedimientos de contratación administrativa del DABS, para que se cumpla con la legislación vigente y con la normatividad definida por la entidad, para el desarrollo de las actividades y proyectos a cargo de las dependencias del Departamento.

  13. Orientar la aplicación de la normatividad, los procesos, los procedimientos e instrumentos para la administración de los recursos físicos y la ejecución de los planes, programas y actividades sobre bienes muebles e inmuebles que conforman el patrimonio de la Entidad.

  14. Orientar la aplicación de la normatividad, los procesos, los procedimientos e instrumentos para ejecutar, evaluar y controlar las actividades de Servicios Administrativos, tales como archivo, correspondencia, mensajería, recepción, aseo, cafetería, transporte, vigilancia y pago de servicios públicos del Departamento

  15. Orientar los planes programas, procedimientos, estrategias para garantizar la recepción, trámite y solución a las peticiones y quejas de la ciudadanía y organismos de control y veeduría, referidas a las actividades del Departamento.

  16. Establecer los mecanismos de coordinación y operación para prestar asesoría a las dependencias de la entidad, en el ámbito de la subdirección.

  17. Las demás que le sean asignadas y que correspondan con la naturaleza de la dependencia.

3. SUBDIRECCIÓN DE PLANEACION

Funciones :

  1. Asesorar a la Dirección General en la definición de la filosofía, fines y misión de la entidad y en la formulación de las políticas, estrategias, planes programas, proyectos, objetivos y metas de corto mediano y largo plazo que requiera el Departamento para su cumplimiento.

  2. Implementar las políticas, las estrategias, los planes programas y proyectos definidos por la Dirección en materia de programación, planeación, costeo, evaluación, seguimiento de objetivos y metas de los proyectos y servicios operados por el Departamento.

  3. Coordinar las relaciones con las redes sociales del Distrito Capital, con entidades del orden internacional, nacional, departamental y municipal que desarrollen actividades afines, para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas, proyectos y servicios, conforme a las políticas e instrucciones señaladas por la Dirección General.

  4. Asistir a la Dirección en las relaciones del DABS con la Secretaria de Hacienda, el Departamento Administrativo de Planeación Distrital , los Organismos de control y demás entidades y organismos con quienes se realicen actividades de coordinación, de conformidad con las políticas y estrategias fijadas por la Dirección del Departamento.

  5. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones el anteproyecto y proyecto de presupuesto del Departamento, así como la modificación y seguimiento de la ejecución del presupuesto del DABS, de conformidad con las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes.

  6. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones el Plan Operativo Anual de Inversión y el Plan Estratégico de la entidad, presentarlo a la Dirección e implementarlos una vez aprobados y hacerle seguimiento, evaluación y control.

  7. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones los proyectos de inversión del DABS y realizar su inscripción y registro en el banco de proyectos del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

  8. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones el Plan de Acción del DABS y realizar el seguimiento, evaluación, modificación, actualización y reprogramación del mismo, conforme a las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes.

  9. Orientar a la Dirección General sobre las fuentes de financiación interna y externa para la ejecución de los programas y proyectos que debe adelantar el Departamento y recomendar las acciones pertinentes para su aplicación.

  10. Emitir el concepto y viabilidad técnica necesaria para tramitar las modificaciones al presupuesto de inversión, conforme a los lineamientos de la Dirección y asesorar a la Subdirección Administrativa y Financiera sobre las modificaciones al presupuesto de funcionamiento.

  11. Formular en coordinación con las demás dependencias el diseño, la implementación, seguimiento y actualización de la organización, métodos, procesos procedimientos e información para las dependencias y proyectos del DABS.

  12. Formular en coordinación con la Oficina Asesora de Sistemas, los procedimientos relacionados con la calidad y manejo de la información y recopilar, procesar y analizar información que contribuya al cumplimiento de la misión de la entidad y de su plan de acción.

  13. Formular en coordinación con las Subdirecciones de Políticas Poblacionales y Desarrollo Local, los criterios de acceso a los servicios sociales ejecutados por el DABS.

  14. Coordinar con las demás subdirecciones la realización de los estudios e investigaciones necesarios, para la fijación de políticas y estrategias que faciliten el desarrollo y cumplimiento de la misión del DABS y sus objetivos institucionales.

  15. Asesorar a la Dirección General y demás dependencias del DABS sobre la aplicación de la normatividad, procesos, procedimientos e instrumentos de planeación y programación de servicios y fuentes de financiación para el cabal cumplimiento de la misión de la entidad.

  16. Coordinar con las demás Subdirecciones y las oficinas asesoras jurídica comunicaciones y sistemas la elaboración ejecución y evaluación del programa anual de caja y del plan de compras (bienes y servicios) para la gestión administrativa ¿ financiera en el Departamento, presentando los informes correspondientes a la Dirección General, Subdirección Administrativa y Financiera y al Comité Financiero.

  17. Las demás que le sean asignadas y que correspondan con la naturaleza de la dependencia.

4. SUBDIRECCIÓN DE POLÍTICAS POBLACIONALES.

Modificado por el Decreto Distrital 16 de 2005

Funciones :

  1. Asesorar a la Dirección General en la definición de la filosofía, fines y misión de la entidad y en la formulación de las políticas, estrategias, planes programas, proyectos, objetivos y metas de las gerencias adscritas a esta Subdirección, así como en la definición de lineamientos técnicos para la prestación de los servicios dirigidos a los grupos poblacionales con el fin de dar cumplimiento a la Misión de la entidad.

  2. Orientar a las Gerencias adscritas a esta Subdirección en la aplicación de políticas de la entidad, así como sobre la normatividad, las funciones, las estrategias, los procesos, los procedimientos, las actividades y los instrumentos para el desarrollo de los proyectos y servicios promoviendo el mejoramiento y desarrollo de metodologías y procedimientos para la planificación, organización y prestación de los servicios a cargo de estas Gerencias.

  3. Coordinar las relaciones con las redes sociales del Distrito Capital, con entidades del orden internacional, nacional, departamental y municipal que desarrollen actividades afines, para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas, proyectos y servicios, conforme a las políticas e instrucciones señaladas por la Dirección del Departamento.

  4. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones el anteproyecto y proyecto de presupuesto del Departamento, así como la modificación y seguimiento de la ejecución del presupuesto del DABS, de conformidad con las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes.

  5. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones los proyectos de inversión del DABS y realizar el seguimiento a la aplicación de políticas y perspectivas misionales en la operación de los proyectos de responsabilidad de las gerencias adscritas a esta subdirección.

  6. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones el Plan de Acción del DABS y realizar el seguimiento, evaluación, modificación, actualización y reprogramación en los proyectos de responsabilidad de las gerencias adscritas a esta Subdirección, conforme a las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes.

  7. Orientar las acciones intrainstitucionales para el fortalecimiento de los servicios y la atención a la población sujeto, en el marco de las perspectivas y estrategias misionales, en concurrencia con otras entidades, bajo los parámetros definidos por la Dirección del Departamento.

  8. Orientar las funciones, procedimientos, actividades y promover el mejoramiento y desarrollo de metodologías y procedimientos para la planificación, organización y prestación de los servicios a cargo de las Gerencias adscritas a esta Subdirección.

  9. Coordinar con la Subdirección de Desarrollo Local, los planes, programas y proyectos dirigidos a los grupos poblacionales sujetos de atención, así como los lineamientos técnicos para la operación de los servicios en las localidades.

  10. Formular en coordinación con las Subdirecciones de Planeación y Desarrollo Local la organización, métodos, procesos y procedimientos de los proyectos de inversión social del DABS a cargo de las Gerencias adscritas a esta Subdirección.

  11. Coordinar con la Subdirección de Planeación la definición de los criterios de inversión de los recursos de los proyectos asignados a las Gerencias adscritas a esta Subdirección.

  12. Coordinar con las subdirecciones de Planeación y de Desarrollo Local la realización de los estudios e investigaciones necesarios, para la fijación de políticas, modelos y estrategias que faciliten el desarrollo de los proyectos y la prestación de los servicios dirigidos a los grupos poblacionales sujeto de la intervención del DABS.

  13. Asesorar a la Dirección General y demás dependencias del DABS sobre la formulación y aplicación de las políticas de bienestar social, normatividad, procesos, procedimientos e instrumentos de atención y programación de servicios dirigidos a los grupos poblacionales sujetos de intervención del DABS.

  14. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información técnica necesarios de manera permanente entre las Gerencias adscritas a esta Subdirección, las Unidades Operativas y las demás dependencias del DABS.

  15. Orientar a las gerencias adscritas a esta subdirección para que en coordinación con las Subdirecciones Administrativa y de Planeación elaboren y evalúen el programa anual de caja y el plan de compras (bienes y servicios) de los proyectos de inversión a su cargo, para la gestión administrativa ¿ financiera del Departamento, presentando los informes correspondientes a la Dirección General, a la Subdirección Administrativa y Financiera y al Comité Financiero.

  16. Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

4.1. GERENCIA DE INFANCIA

Funciones :

    1. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan al grupo de población de niños / as sujetos de atención, de conformidad con la misión de la entidad.

    2. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planificación de los insumos y recursos requeridos para la correcta ejecución de los planes, programas, proyectos y servicios dirigidos a la niñez en vulnerabilidad en el Distrito Capital.

    3. Coordinar las relaciones con las redes sociales del Distrito Capital, con entidades del orden internacional, nacional, departamental y municipal que desarrollen actividades afines, para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas, proyectos y servicios dirigidos a la infancia, conforme a las políticas e instrucciones señaladas por la subdirección de políticas poblacionales.

    4. Formular en coordinación con la oficina asesora de Comunicaciones los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la promoción de los programas y servicios a cargo de la Gerencia e implementarlos. Así mismo evaluar sus resultados en coordinación con la Subdirección de Planeación.

    5. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan directamente o a través de convenios o contratos con organizaciones públicas o privadas al grupo de población de niños/as sujetos de atención, de conformidad con la misión de la entidad.

    6. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales, en coordinación con la Subdirección de Planeación, la Subdirección de Desarrollo Local y las demás Gerencias, en la realización de estudios, análisis e investigaciones sobre promoción, prevención, protección integral y restitución de derechos para orientar la formulación de políticas planes, programas y proyectos que respondan a las condiciones, necesidades y características de los niños y niña s en situación de vulnerabilidad en el Distrito Capital.

    7. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para la ejecución de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera, las normas de la entidad y la legislación vigente.

    8. Establecer métodos y procedimientos técnico - administrativos para la adecuada operación de los proyectos y servicios de su competencia, en el marco de los lineamientos emanados de las Subdirecciones de Planeación y de Políticas Poblacionales.

    9. Orientar la aplicación de los procesos y procedimientos necesarios para que los diferentes proyectos y servicios que presta el DABS a través de la Gerencia produzcan, registren, analicen y utilicen la información sobre los grupos sujeto de atención, la oferta y la demanda de servicios, las variables geográficas, entre otros aspectos que se consideren pertinentes.

    10. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información técnica necesarios de manera permanente entre las distintas Gerencias, Unidades Operativas y demás dependencias del DABS.

    11. Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

4.2. GERENCIA DE ATENCIÓN A LA POBLACIÓN ADULTA Y VEJEZ

Funciones :

  1. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan al grupo de población de adultos-as y viejos-as sujetos de atención, de conformidad con la misión de la entidad.

  2. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planificación de los insumos y recursos requeridos para la correcta ejecución de los planes, programas, proyectos y servicios del área de su competencia.

  3. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan directamente o a través de convenios o contratos con organizaciones públicas o privadas a los adultos-as ,los viejos y viejas en situación de vulnerabilidad , para promover, prevenir o restituir los derechos vulnerados a esta población, de conformidad con la misión de la entidad.

  4. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales, en coordinación con la Subdirección de Planeación, la Subdirección de Desarrollo Local y las demás Gerencias, en la realización de los estudios, análisis e investigaciones, sobre promoción, prevención, protección integral y restitución de derechos para orientar las formulación de políticas planes, programas y proyectos que respondan a las condiciones, necesidades y características de la población adulta y vieja del Distrito.

  5. Coordinar las relaciones con las redes sociales del Distrito Capital, con entidades del orden internacional, nacional, departamental y municipal que desarrollen actividades afines, para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas, proyectos y servicios, conforme a las políticas e instrucciones señaladas por la subdirección de políticas poblacionales.

  6. Formular en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la promoción de los programas y servicios a cargo de la Gerencia e implementarlos. Así mismo, evaluar sus resultados en coordinación con la Subdirección de Planeación.

  7. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para la ejecución de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera, las normas de la entidad y la legislación vigente.

  8. Establecer métodos y procedimientos técnico - administrativos para la adecuada operación de los proyectos y servicios de su competencia, en el marco de los lineamientos emanados de las Subdirecciones de Planeación y de Políticas Poblacionales.

  9. Establecer los métodos y procedimientos para verificar y evaluar la operación de los programas, proyectos y servicios de su área en el marco de los lineamientos políticas, enfoques, estrategias, procesos y procedimientos definidos por la entidad para la atención de el ¿los grupos poblacionales a su cargo.

  10. Orientar la aplicación de los procesos y procedimientos necesarios para que los diferentes proyectos y servicios que presta el DABS a través de la Gerencia produzcan, registren, analicen y utilicen la información sobre el-los grupos sujeto de atención, la oferta y la demanda de servicios, las variables geográficas, entre otros aspectos que se consideren pertinentes.

  11. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información necesarios de manera permanente entre las distintas Gerencias, Unidades Operativas y demás dependencias del DABS.

  12. Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

4.3. GERENCIA DE ATENCIÓN INTEGRAL A LA FAMILIA

Funciones :

  1. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan directamente o a través de convenios o contratos con organizaciones públicas o privadas a las familias en situación de vulnerabilidad conforme la misión de la entidad, por medio de los proyectos a cargo de esta Gerencia.

  2. Asesorar a la Subdirección de Políticas Poblacionales en la planificación de los insumos y recursos requeridos para la correcta ejecución de los planes, programas, proyectos y servicios dirigidos a las familias en situación de vulnerabilidad.

  3. Formular planes, programas y proyectos relativos a la promoción, prevención y protección integral de los derechos de las personas victimas de delitos sexuales y violencia intrafamiliar, así como también, coordinar la atención de los niños y niñas y víctimas de violencia intrafamiliar y explotación sexual, en el marco de los proyectos ejecutados por la entidad para la atención de los grupos poblacionales afectados por estas problemáticas.  Ver la Resolución Distrital 281 de 2003

  4. Orientar la gestión de las comisarías de familia a fin de que estas garanticen el acceso a la justicia familiar y la aplicación de medidas de protección de acuerdo con las competencias legales de prevención, protección y policivas, en el marco de la legislación vigente de infancia y de familia.

  5. Formular planes, programas y proyectos para la atención y trámite de demandas y/o denuncias relativas a la protección de niños y víctimas de violencia intrafamiliar, delitos sexuales y explotación infantil.

  6. Asistir a la Subdirección de Políticas Poblacionales en el diseño, planeación, ejecución y evaluación de medidas tendientes a multiplicar mecanismos que permitan prevenir, reducir y evitar las causas de la violencia intrafamiliar, los delitos sexuales y sus consecuencias.

  7. Coordinar las relaciones con las redes sociales del Distrito Capital, con entidades del orden internacional, nacional, departamental y municipal que desarrollen actividades afines, para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas, proyectos y servicios a cargo de la gerencia, conforme a las políticas e instrucciones emanadas de la Dirección del Departamentol y orientadas por la Subdirección de Políticas Poblacionales.

  8. Formular en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la promoción de los programas y servicios a cargo de la Gerencia e implementarlos. Así mismo, evaluar sus resultados en coordinación con la Subdirección de Planeación.

  9. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para la realización de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera, las normas de la entidad y la legislación vigente.

  10. Establecer métodos y procedimientos técnico - administrativos para la adecuada operación de los proyectos y servicios de su competencia, en el marco de los lineamientos emanados de las Subdirecciones de Planeación y de Políticas Poblacionales.

  11. Orientar la aplicación de los procesos y procedimientos necesarios para que los diferentes proyectos y servicios que presta el DABS a través de la Gerencia produzcan, registren, analicen y utilicen la información sobre el-los grupos sujeto de atención, la oferta y la demanda de servicios, las variables geográficas, entre otros aspectos que se consideren pertinentes.

  12. Diseñar y aplicar los sistemas de autocontrol de la gestión para los procesos que se generen o se surtan en la dependencia.

  13. Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

5. SUBDIRECCIÓN DE DESARROLLO LOCAL

Funciones:

  1. Asesorar a la Dirección General en la definición de la filosofía, fines y misión de la entidad y en la formulación de las políticas, estrategias, planes programas, proyectos, objetivos y metas de las gerencias adscritas a esta Subdirección, así como en la definición de lineamientos técnicos para la coordinación y participación del DABS en las diferentes instancias de decisión y gestión local con el fin de dar cumplimiento a la Misión de la entidad.

  2. Orientar a las gerencias adscritas a esta Subdirección en la aplicación de las políticas de la entidad, así como, la normatividad, las funciones, las estrategias, los procesos, los procedimientos, las actividades y los instrumentos para el desarrollo de los proyectos y servicios, promoviendo el mejoramiento y desarrollo de metodologías y procedimientos para la planificación, organización y prestación de los servicios a cargo de estas gerencias.

  3. Coordinar las relaciones con las redes sociales del Distrito Capital, con entidades del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local que desarrollen actividades afines, para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas, proyectos y servicios en el nivel local, conforme a las políticas e instrucciones señaladas por la Dirección del Departamento para el acercamiento de los proyectos y servicios a los ciudadanos-as en las localidades del Distrito.

  4. Orientar a las Gerencias de los Centros Operativos locales para que representen a la entidad en los Consejos Locales de Política Social y demás instancias locales de gestión y decisión de conformidad con las políticas, enfoques y estrategias definidas por la Dirección del Departamento, para la intervención del DABS en las localidades.

  5. Formular en coordinación con las Subdirecciones de Planeación y Políticas Poblacionales la normatividad, procesos y procedimientos para el establecimiento de horarios, tarifas y servicios del DABS en las localidades.

  6. Orientar a las gerencias de centros operativos locales para la aplicación de políticas, procesos, y procedimientos en la administración de recursos financieros, físicos y de talento humano en su dependencia y en las unidades operativas adscritas a ella.

  7. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones el anteproyecto y proyecto de presupuesto del Departamento, así como la modificación y seguimiento de la ejecución del presupuesto del DABS, de conformidad con las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes.

  8. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones los proyectos de inversión del DABS y realizar el seguimiento a la aplicación de políticas y perspectivas misionales, lineamientos técnicos de coordinación y participación local en la operación de los proyectos de responsabilidad de las gerencias adscritas a esta subdirección.

  9. Coordinar con la Dirección General y las Subdirecciones de Políticas Poblacionales y de Planeación las líneas de inversión del DABS en las localidades en concurrencia con los Fondos de Desarrollo Local y asesorarlos para que la inversión social local sea coordinada de tal manera que se logre la mayor eficiencia del recurso.

  10. Formular en coordinación con las demás Subdirecciones el Plan de Acción del DABS y realizar el seguimiento, evaluación, modificación, actualización y reprogramación en los proyectos de responsabilidad de las gerencias adscritas a esta Subdirección, conforme a las disposiciones legales y procedimientos administrativos y fiscales vigentes.

  11. Coordinar con la Subdirección de Políticas Poblacionales, los planes, programas y proyectos dirigidos a los grupos poblacionales sujetos de atención, así como los lineamientos técnicos para la operación de los servicios en las localidades.

  12. Coordinar con la Dirección General y la Subdirección de Planeación la definición de los criterios de inversión de los recursos de los proyectos ejecutados por las Gerencias adscritas a esta Subdirección.

  13. Coordinar con las subdirecciones de Planeación y de Políticas Poblacionales la realización de estudios e investigaciones necesarios, para la fijación de políticas, modelos y estrategias que faciliten el desarrollo a nivel local de los proyectos y la prestación de los servicios dirigidos a los grupos poblacionales sujeto de la intervención del DABS, así como la reformulación de los proyectos y servicios a partir del conocimiento de las realidades y circunstancias locales.

  14. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información necesarios de manera permanente entre las Gerencias adscritas a esta Subdirección, los Fondos de Desarrollo Local, las Alcaldías Locales y las demás dependencias del DABS.

  15. Orientar a las gerencias adscritas a esta subdirección para que en coordinación con las Subdirecciones Administrativa y de Planeación elaboren y evalúen el programa anual de caja y el plan de compras (bienes y servicios) de los proyectos de inversión a su cargo, para la gestión administrativa ¿ financiera del Departamento, presentando los informes correspondientes a la Dirección General, la Subdirección Administrativa y Financiera y al Comité Financiero.

  16. Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

5.1. GERENCIA DE PREVENCIÓN INTEGRAL DEL USO INDEBIDO DE DROGAS - UCPI

Derogado por el art. 4, Decreto Distrital 16 de 2005

Funciones:

  1. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios dirigidos a promover el desarrollo de potencialidades humanas en las diferentes poblaciones para comprender y transformar sus relaciones con las sustancias psicoactivas,-SPA, en cumplimiento de la misión de la entidad.

  2. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la planificación de los insumos y recursos requeridos para la correcta ejecución de los planes, programas, proyectos y servicios en el área de la transformación de las relaciones con el uso de SPA.

  3. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan a través de convenios o contratos con organizaciones públicas o privadas a los jóvenes y demás grupos poblacionales sujetos de atención de esta gerencia, de conformidad con la misión de la entidad.

  4. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la elaboración de esquemas básicos, anteproyectos y estudios constitutivos de los proyectos y planes que se definan en el Departamento para el área de prevención integral de la drogadicción.

  5. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local, en coordinación con la Subdirección de Planeación y las demás Gerencias, en la realización de estudios, análisis e investigaciones, sobre condiciones, cumplimiento de derechos y necesidades socioeconómicas de las comunidades locales para orientar las formulación de planes, programas y proyectos dirigidos al desarrollo de potencialidades y a reducir los factores asociados al uso indebido de SPA y promover el desarrollo humano integral del sujeto individual y colectivo.

  6. Asistir a la Subdirección de Desarrollo Local en el diseño, planeación, ejecución y evaluación de medidas tendientes a multiplicar mecanismos que permitan prevenir, reducir y evitar las causas del uso indebido de drogas y sus consecuencias.

  7. Coordinar las relaciones con las redes sociales del Distrito Capital, con entidades del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local que desarrollen actividades afines, para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas, proyectos y servicios a cargo de la gerencia, conforme a las políticas e instrucciones emanadas de la Dirección General y orientadas por la Subdirección de Desarrollo Local.

  8. Formular en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la promoción de los programas y servicios a cargo de la Gerencia e implementarlos. Así mismo, evaluar sus resultados en coordinación con la Subdirección de Planeación.

  9. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para la ejecución de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera, las normas de la entidad y la legislación vigente.

  10. Establecer los métodos y procedimientos para verificar y evaluar la operación de los programas, proyectos y servicios de su área en el marco de los lineamientos políticas, enfoques, estrategias, procesos y procedimientos definidos por la entidad para la atención de el ¿los grupos poblacionales a su cargo.

  11. Orientar la aplicación de los procesos y procedimientos necesarios para que los diferentes proyectos y servicios que presta el DABS a través de esta Gerencia produzcan, registren, analicen y utilicen la información sobre el-los grupos sujeto de atención, la oferta y la demanda de servicios, las variables geográficas, entre otros aspectos que se consideren pertinentes.

  12. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información técnica necesarios de manera permanente entre las distintas Gerencias, Centros de Desarrollo Social y demás dependencias del DABS.

  13. Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

5.2. GERENCIA DE FORMACIÓN PARA EL DESARROLLO

Funciones:

    1. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan a los ciudadanos ¿as sujetos de atención de los proyectos de esta gerencia a través de la red interinstitucional de servicios sociales dirigidos a poblaciones vulnerables, para la generación de oportunidades de formación y de ingresos, en cumplimiento de la misión de la entidad.

    2. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la planificación de los insumos y recursos requeridos para la correcta ejecución de planes, programas, proyectos y servicios del área de su competencia.

    3. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la organización, desarrollo, seguimiento y supervisión de la operación de programas, proyectos y servicios de su competencia que se presten a través de los Centros de Desarrollo Social o de contratos o convenios con organizaciones públicas o privadas.

    4. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local, en coordinación con la Subdirección de Planeación, de Políticas Poblacionales y demás gerencias, en la realización de estudios, análisis e investigaciones, sobre condiciones, cumplimiento de derechos y necesidades socioeconómicas de las comunidades locales para orientar la formulación de planes, programas y proyectos dirigidos a promover, prevenir, proteger y restituir los derechos de la población sujeto de atención, conforme los enfoques misionales de la entidad.

    5. Formular, desarrollar y controlar los procedimientos de operación del Sistema de Orientación y Referenciación, del Banco de Talentos y del Sistema Distrital de Atención a Emergencias y Desastres, así como de los procesos para formación y generación de ingresos de las poblaciones mas vulnerables atendidas en los proyectos ejecutados por esta Gerencia en el marco de la perspectiva de derechos que orienta los proyectos de inversión del DABS.

    6. Orientar el diseño, implementación y seguimiento de los contratos o Convenios suscritos como alianzas para el desarrollo de la formación básica, la capacitación para el trabajo y la generación de ingresos, tendientes a lograr la acreditación y/o certificación para el desempeño laboral de la población sujeto de atención.

    7. Coordinar las relaciones con entidades del orden internacional, nacional, departamental y municipal y local en las redes sociales del Distrito Capital, que desarrollen actividades afines, las acciones requeridas para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los programas y servicios, conforme las políticas e instrucciones señaladas por la Subdirección de Desarrollo Local.

    8. Formular en coordinación con la Oficina Asesora de Comunicaciones los procesos comunicativos y campañas institucionales, relacionadas con la promoción de los programas y servicios a cargo de la Gerencia e implementarlos. Así mismo evaluar sus resultados en coordinación con la Subdirección de Planeación.

    9. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para la ejecución de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera, las normas de la entidad y la legislación vigente.

    10. Establecer los métodos y procedimientos para verificar y evaluar la operación de los programas, proyectos y servicios de su área en el marco de los lineamientos políticas, enfoques, estrategias, procesos y procedimientos definidos por la entidad.

    11. Orientar la aplicación de los procesos y procedimientos necesarios para que los diferentes proyectos y servicios que presta el DABS a través de la Gerencia produzcan, registren, analicen y utilicen la información sobre el-los grupos sujeto de atención, la oferta y la demanda de servicios, las variables geográficas, entre otros aspectos que se consideren pertinentes.

    12. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información necesarios de manera permanente entre las distintas Gerencias, Unidades Operativas y demás dependencias del DABS, así como con entidades publicas o privadas con las que se celebren contratos o convenios.

    13. Preparar y presentar los informes sobre los asuntos de la Gerencia que le sean requeridos por la Dirección del Departamento o por otras instancias o autoridades de control competentes

    14. Atender, resolver y/o proyectar respuestas a las quejas, reclamos, peticiones y demás requerimientos judiciales y/o de control relacionados con el área de su competencia.

    15. Las demás que le sean asignadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

5.3. GERENCIA UEL

Funciones:

  1. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control y evaluación de las políticas sociales de inversión local, a seguir por los Fondos de Desarrollo Local.

  2. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la elaboración de anteproyectos y estudios constitutivos de los proyectos y planes que defina la Dirección del Departamento, para la ejecución de políticas sectoriales.

  3. Coordinar las actividades que en cumplimiento de las políticas sociales de inversión local, deban seguir los Fondos de Desarrollo Local y Centros Operativos Locales en la formulación de los proyectos de inversión con recursos locales.

  4. Coordinar con las diferentes instancias que concurren en la gestión de la inversión local, las actividades necesarias para el logro de los objetivos de la gerencia, bajo la perspectiva de la autonomía local y de acuerdo con las funciones, competencias y responsabilidades de los actores, bajo el modelo de gestión compartida.

  5. Asesorar técnicamente a los Fondos de Desarrollo Local en la formulación de los planes de desarrollo local, y en la formulación de los planes operativos anuales de inversiones, en concordancia con los planes de desarrollo Distrital y las políticas emanadas de la Dirección del Departamento.

  6. Establecer la consistencia de las proyecciones de ejecución de los recursos financieros, técnicos y de talento humano de los proyectos de los Fondos de Desarrollo Local, de tal forma que la relación entre los beneficios y costos que genere sea positiva.

  7. Asesorar a los Fondos de Desarrollo Local para que los componentes técnicos y legales de los proyectos de inversión local, se ajusten a la normatividad vigente, siguiendo los lineamientos para la viabilización de proyectos de inversión sectorial local.

  8. Coordinar con la oficina Asesora Jurídica del DABS los trámites y procedimientos de contratación administrativa de esta Gerencia para que se cumpla con la legislación vigente y la normatividad definida por el DABS para la ejecución de los proyectos viabilizados, respetando el orden de prioridades de los proyectos de inversión establecido en los planes operativos anuales de inversión en concordancia con los diferentes planes de desarrollo local.

  9. Establecer los procesos, procedimientos e instrumentos para el pago de los compromisos derivados de la ejecución de los proyectos de inversión de los Fondos de Desarrollo Local; teniendo en cuenta las disposiciones legales y directrices emanadas de la Dirección General del DABS y de la Secretaria de Hacienda ¿ Dirección Distrital de Tesorería.

  10. Coordinar las relaciones con entidades del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de las actividades de los fondos de desarrollo local, conforme a las políticas e instrucciones emanadas de la dirección General y orientadas por la Subdirección de Desarrollo Local.

  11. Establecer los métodos y procedimientos para verificar y evaluar la operación de los programas y proyectos de responsabilidad de esta gerencia en el marco de los lineamientos políticas, enfoques, estrategias, procesos y procedimientos definidos por la entidad.

  12. Orientar la aplicación de los procesos y procedimientos necesarios para que los diferentes proyectos de la Gerencia produzcan, registren, analicen y utilicen la información obtenida en su ejecución, con base en los parámetros de la Subdirección de Planeación.

  13. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información necesarios de manera permanente entre los Fondos de Desarrollo Local, las distintas Gerencias y demás dependencias del DABS.

  14. Las demás que le sean delegadas y correspondan con la naturaleza de la dependencia.

5.4. GERENCIAS CENTROS OPERATIVOS LOCALES - COL

Funciones:

  1. Asesorar a la Subdirección de Desarrollo Local en la planeación, diseño, ejecución, supervisión, control, evaluación y sistematización de las estrategias, programas, proyectos y servicios que se prestan en cada localidad a través de los Centros Operativos Locales, por medio de los proyectos de inversión del DABS en cumplimiento de su misión.

  2. Asistir a la Subdirección de Desarrollo Local en la planificación de los insumos y recursos requeridos para la correcta ejecución de planes, programas, proyectos y servicios que se desarrollan en cada localidad.

  3. Asistir a la Subdirección de Desarrollo Local en la organización, desarrollo, evaluación, y supervisión de la operación de programas, proyectos y servicios que se presten a nivel local por medio de los centros de Desarrollo Social, adscritos a los Centros Operativos Locales o a través de contratos o convenios con organizaciones públicas o privadas.

  4. Coordinar la aplicación, evaluación y control de los recursos físicos, financieros y de talento humano asignados al respectivo Centro Operativo Local ¿ COL y Centros de Desarrollo Social adscritos a él, conforme con las directrices emanadas de la Dirección y de la Subdirección de Desarrollo Local en coordinación con las demás subdirecciones.

  5. Coordinar con la Subdirección de Desarrollo Local la formulación e implementación del Plan de Acción y presupuesto del Departamento en la localidad.

  6. Orientar, dirigir, coordinar y supervisar la organización y funcionamiento general del Centro Operativo Local y de los Centros de Desarrollo Social adscritos a él.

  7. Establecer de acuerdo a las Directrices de la Subdirección de Desarrollo Local los sistemas de información sobre servicios, horarios, tarifas y regulaciones de los servicios que presta el DABS a través del COL y de las Unidades operativas adscritas a él o por medio de contratos o convenios, en el marco de los proyectos y servicios ofrecidos por el DABS en la localidad.

  8. Ejercer la representación del DABS en los Consejos Locales de Política Social y demás instancias locales de gestión y decisión de conformidad con las políticas, enfoques y estrategias definidas por la Dirección General y la Subdirección de Desarrollo Local para la intervención de la entidad en las localidades.

  9. Coordinar las relaciones con entidades del orden internacional, nacional, departamental, municipal y local para garantizar corresponsabilidad en la ejecución, fortalecimiento y mejoramiento de los proyectos y las actividades del DABS y de los fondos de desarrollo local, conforme a las políticas e instrucciones emanadas de la Dirección General y orientadas por la Subdirección de Desarrollo Local.

  10. Establecer relaciones de coordinación con instituciones locales que presten servicios afines o complementarios a los del Departamento y promover ante la Subdirección de Desarrollo Local la celebración de convenios o contratos con entidades privadas o públicas en procura de fortalecer los proyectos y servicios que se prestan en la Localidad-es.

  11. Orientar en coordinación con las subdirecciones de Planeación y Desarrollo Local los estudios, análisis de conveniencia, oportunidad, prefactibilidad y factibilidad para preparar los soportes técnicos y económicos para la contratación de su competencia de los bienes y servicios requeridos

  12. Coordinar con la Subdirección de Desarrollo Local y la Oficina Asesora Jurídica la preparación de los términos de referencia requeridos en los procesos de contratación de su competencia, en el marco de la legislación vigente y los procedimientos establecidos por la entidad.

  13. Responder por la ejecución de los recursos asignados a la dependencia para le ejecución de los programas propios de la misma, teniendo en cuenta la planeación efectuada con la Subdirección Administrativa y Financiera, las normas de la entidad y la legislación vigente.

  14. Asistir a las Subdirecciones de Desarrollo Local, de Políticas Poblacionales y de Planeación en la realización de estudios, análisis e investigaciones sobre condiciones y necesidades socioeconómicas de las comunidades locales para orientar las formulación de planes, programas y proyectos del Departamento.

  15. Orientar la aplicación de los procesos y procedimientos necesarios para que los diferentes proyectos que se ejecuten en la localidad-es y de responsabilidad del COL produzcan, registren, analicen y utilicen la información obtenida en su ejecución, con base en los parámetros de la Subdirección de Planeación.

  16. Establecer e implementar procedimientos, herramientas y controles que garanticen los flujos de información necesarios de manera permanente entre las instancias locales, el COL, las Subdirecciones y demás dependencias del DABS que lo requieran.

  17. Orientar la aplicación de los procesos, procedimientos, herramientas y controles sobre la información de los beneficiarios-as de los proyectos y servicios de responsabilidad del COL para garantizar la calidad de la información en el marco de las directrices impartidas por las subdirecciones de Desarrollo Local y de Planeación.

  18. Las demás que le sean delegadas o asignadas por autoridad competente.

CAPITULO III

DISPOSICIONES VARIAS

ARTICULO CUARTO. Planta global. El Departamento Administrativo de Bienestar Social tendrá un sistema de planta global, cuyos cargos serán distribuidos en las diferentes dependencias mediante resolución de la Dirección del Departamento de conformidad con la estructura interna, las necesidades del servicio, los planes programas y proyectos que aquellas adelanten, al igual que la naturaleza de las funciones, niveles de responsabilidad y perfil de cargos.

ARTÍCULO QUINTO: Grupos Internos de Trabajo: La Dirección del Departamento, teniendo en cuenta la normatividad vigente, podrá conformar los grupos internos de trabajo que se requieran, de acuerdo con la estructura organizacional, las necesidades del servicio y los planes, programas y proyectos del DABS, con el fin de desarrollar con eficiencia las actividades conducentes al cumplimiento de su misión.

 ARTÍCULO SEXTO. Vigencia y derogatorias: El presente decreto rige a partir de la fecha en que se expida el acto administrativo por el cual se adopte la planta de personal del Departamento Administrativo de Bienestar Social y deroga los Decretos 498 de 1999 y Decreto 899 de 2001 y modifica en lo pertinente los Decretos 127 de 2002 y 451 de 2002.

Dado en Bogotá, D.C., a los treinta (30) días del mes de septiembre de 2003.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

ANGELA MARIA ROBLEDO GOMEZ

Directora

Departamento Administrativo de Bienestar Social

NURIA CONSUELO VILLADIEGO MEDINA

Directora

Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital

NOTA: Publicado en el Registro Distrital 2957 de Septiembre 30 de 2003.