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Acuerdo 47 de 1944 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
28/06/1944
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/06/1944
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 47 DE 1944

(Junio 28)

"Por el cual se da una autorización a la Empresa de Teléfonos de Bogotá",

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

Ver el art. 13, Acuerdo Distrital 72 de 1967

ACUERDA:

ARTICULO 1. Autorízase al Gerente de la Empresa de Teléfonos de Bogotá y al Personero Municipal para que, mediante licitación pública y dentro de las disposiciones de este Acuerdo, adquieran los elementos telefónicos para una instalación automática de cuarenta mil (40.000) líneas de planta interna y externa.

ARTICULO 2. La Empresa podrá reservarse en el pliego de cargos, la facultad de no contratar si ninguna de las propuestas, fuere a su juicio, satisfactoria.

ARTICULO 3. La Empresa elaborará el pliego de cargos teniendo en cuenta en la parte técnica, el concepto que solicitará de la Sociedad Colombiana de Ingenieros, que deberá rendirlo dentro de un plazo improrrogable de cuarenta (40) días.

ARTICULO 4. La adjudicación se hará por la Junta Directiva de la Empresa y por la Junta Asesora y de Contratos de la Administración Municipal simultánea y conjuntamente, y el contrato que se celebre no requerirá ulterior aprobación del Concejo, pero sí la del Gobierno Nacional.

ARTICULO 5. Este Acuerdo regirá desde su sanción.

Dado en Bogotá, a veintiocho de junio de mil novecientos cuarenta y cuatro.

El Presidente, ENRIQUE SANTOS CASTILLO

- El Secretario, Luis González S.

Alcaldía de Bogotá - Junio 30 de 1944.

Publíquese y ejecútese.

JAIRO SOTO DEL CORRAL

– El Secretario de Hacienda, Arturo Maldonado Ortiz.

Gobernación de Cundinamarca – Secretaría de Gobierno – Revisión de Acuerdo Municipales – Bogotá, julio 5 de 1944.

Es exequible.

PARMENIO CARDENAS, Gobernador.

El Secretario de Gobierno, Jorge Padilla.