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Circular 007 de 2020 Lotería de Bogotá

Fecha de Expedición:
24/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 007 DE 2020

 

(Marzo 24)

 

PARA: DISTRIBUIDORES DE LOTERÍA DE BOGOTÁ

 

DE: SUBGERENCIA GENERAL

 

ASUNTO: INFORMACIÓN LOTEROS

 

Cordial saludo,

 

Teniendo en cuenta

 

Que el Ministerio de Salud y Protección Social mediante el Decreto 385 del 12 de marzo de 2020, declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional.

 

Que el Ministerio de Trabajo, de Salud y Protección Social y el Departamento Administrativo de la Función Pública, expidió la circular Externa No. 0018 de 10 de marzo de 2020, por la cual estableció “Acciones de contención ante el COVID-19 y la prevención de enfermedades asociadas al primer pico epidemiológico de enfermedades respiratorias”.

 

Que la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá expidió la Circular No. 024 del 12 de marzo de 2020 por la cual dictó “Lineamientos Distritales para la contención del virus COVID-19 en entidades y organismos distritales en el marco del decreto Distrital 081 de 2020”.

 

Que la Secretaria Distrital de Hacienda expidió la Circular No. 004 del 13 de marzo de 2020, por la cual se establece el “Plan de Atención con Ocasión de la Situación Epidemiológica Causada por el Coronavirus (COVID- 19)”.

 

Que la Secretaria Jurídica Distrital expidió la Circular No. 012 de 16 de marzo de 2020 por la cual se toman “Medidas transitorias y excepcionales con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19)”.

 

Que la Organización Mundial de la Salud, declaró emergencia de salud pública internacional, por la situación epidemiológica del brote de la enfermedad COVID-19.

 

Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto No. 417 de 18 de marzo de 2020, mediante el cual decreta “… un estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional”.

 

Que el presidente de la Republica en su alocución de fecha 18 de marzo de 2020, expresó insistentemente la necesidad del toque de queda para los adultos mayores de 70 años, en consideración a que son la población más vulnerable para contagio del COVID-19, esta medida se toma en aras de proteger su integridad y salud, y no de afectar su calidad de vida.

 

Que la mayor parte de los vendedores del juego de lotería tradicional se encuentran dentro del sector de la población considerada como vulnerable y un porcentaje significativo con edades por encima de los 60 años.

 

Esta subgerencia se permite solicitar información detallada que permita la identificación e individualización de los vendedores del juego de lotería tradicional, a fin de que se puede determinar el impacto que las decisiones tomadas por el gobierno nacional y las autoridades administrativas territoriales pueden llegar a tener frente a nuestra fuerza de ventas, para ello es necesario que se suministre los siguientes datos por vendedor:

 

1. Nombre Completo

 

2. Documento de Identificación

 

3. Fecha de Nacimiento

 

4. Dirección de Domicilio

 

5. Ciudad de Domicilio

 

6. Barrio (en el caso de disponer de este dato)

 

7. Número de teléfono fijo de contacto

 

8. Número de teléfono celular de contacto.

 

Agradezco su atención.

 

Cordialmente,

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2020.

 

JAVIER ARMANDO CAROMELENDEZ

 

Subgerente General

 

Revisó: Andrés Mauricio Pinzón Rojas Jefe Unidad de Loterías (A)