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Acuerdo 22 de 1898 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/10/1898
Fecha de Entrada en Vigencia:
03/10/1898
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

ACUERDO 22 DE 1898

(Octubre 1)

"Orgánico de las Inspecciones de Policía Municipales".

EL CONSEJO MUNICIPAL DE BOGOTÁ,

En uso de sus facultades legales,

Ver el Acuerdo Municipal 12 de 1917

ACUERDA:

ARTICULO 1. Desde el día 1 de Enero de 1899 el Municipio de Bogotá se dividirá en cinco secciones de Policía, que se denominarán: 1, ó barrio de La Catedral; 2, ó barrio de Las Nieves: 3, o barrio de San Victorino; 4, o barrio de Santa Barbara; y 5, o barrio de Chapinero.

ARTICULO 2. Estas secciones o barrios tendrán los siguientes linderos:

Barrio de la Catedral: por el Oriente, el Municipio de Choachí, desde el alto Tenavista, hasta el del Rajadero; por el Norte, del alto del Rajadero, por todo el camino de Choachí, hasta encontrar el río San Francisco; éste, aguas abajo, hasta encontrar la carrera 11; Por el Occidente, esta carrera, hasta encontrar el Río de San Agustín; por el Sur, río de San Agustín, aguas arriba, hasta su nacimiento, y de este punto, en línea recta, hasta encontrar el alto de Tenavista, en el lindero de los Municipios de Choachí y Ubaque.

Barrio de las Nieves: Por el Oriente, el Municipio de la Calera, desde el alto del Rajadero hasta la piedra de la Ballena, de ésta, volviendo al Occidente, hasta el nacimiento del río del Arzobispo, éste, aguas abajo, hasta la antigua carretera del Norte, hoy del Tranvía; por el Occidente, carrera 13, hasta la intercepción de la calle 17, siguiendo esta calle hasta encontrar la carrera 9, siguiendo esta en dirección Sur, hasta encontrar el río de San Francisco; por el Sur, este río, aguas arriba, hasta encontrar el camino de Choachí, y por este camino hasta el alto del Rajadero, limite con el Municipio de Choachí.

Barrio de San Victorino: Por el Oriente, camino de Usme al Norte, desde la intercepción de éste con la Quebrada de Chiguasa, hasta el cruzamiento de la calle 1 y la carrera 13, siguiendo esta hasta encontrar el río de San Agustín; éste, aguas arriba, hasta encontrara la carrera 11, esta carrera hasta encontrar el río de San Francisco; éste, aguas arriba, hasta encontrar la carrera 9, siguiendo ésta hasta encontrar la calle 17, siguiendo esta calle hasta encontrar la carrera 13, toda ésta al Norte, pasando por la Fábrica de Bavaria, hasta el río del Arzobispo; por el Norte, río del Arzobispo, aguas abajo, hasta su confluencia con el Rionegro; por el Occidente, desde el punto indicado por el lindero con Engativá hasta el camino de éste a Bogotá, y con el Municipio de Fontibón desde el punto indicado hasta el cruzamiento de la carretera de Occidente con el río de Fucha; por el Sur, con el Municipio de Bosa desde el punto indicado, río de Fucha, aguas arriba, hasta la puerta de Joaquín, y continuando aguas arriba, pasando los pantanos de Muzú y la línea divisoria entre las haciendas de La Laguna y Muzú, hasta encontrar el camino de Bogotá á Usme.

Barrio de Santa Bárbara: Por el Oriente, Municipio de Usme desde los molinos de Chiguasa, por todo su lindero, hasta el alto de Cruzverde, desde éste, por el lindero de Bogotá con Ubaque, hasta el alto de Tenavista; por el Norte, el lindero sur del Barrio de La Catedral de que ya se habló, hasta el puente de Uribe; por el Occidente, del puente de Uribe, por la carrera 13, hasta encontrar el lindero de las haciendas de Llano de Mesa y San Vicente con la hacienda de Chiguasa; por el Sur, con Usme, siguiendo hacia el Oriente, el lindero de las haciendas indicadas hasta los molinos de Chiguasa.

Barrio de Chapinero: Por el Oriente, Municipio de la Calera, desde la piedra de la Ballena hasta el alto de Pandeazúcar, y de éste, hasta encontrar el nacimiento de la quebrada de la Cabrera; por el Norte, Municipio de Usaquén, desde el nacimiento de la Quebrada de La Cabrera, aguas abajo, hasta encontrar la antigua carretera del Norte, y con el Municipio de Suba, la misma quebrada aguas abajo, hasta su confluencia con el Rionegro; éste, aguas abajo, hasta encontrar el río Arzobispo; por el Occidente, el mismo río del Arzobispo, aguas arriba, hasta encontrar la antigua carretera del Norte; y por el Sur, el mismo río aguas arriba, hasta su nacimiento, y de éste, en línea recta, hasta la piedra de la Ballena.

ARTICULO 3. Cada una de estas secciones de Policía tendrá un Inspector, un Secretario y dos escribientes, con excepción de la de Chapinero, que solo tendrá uno, y gozaran de las asignaciones que les señale el Acuerdo de Presupuestos para la vigencia entrante.

PARAGRAFO. Aunque cada Inspector será el Jefe de su sección respectiva, tendrá jurisdicción en todo el Municipio, pues la división en Barrios solo tiene por objeto el reparto del trabajo, para la mejor administración de justicia.

ARTICULO 4. El archivo y los negocios pendientes que cursan en las Inspecciones de Policía de las Aguas y Las Cruces, suprimidas por este Acuerdo, pasarán a la de las Nieves y Santa Barbara, respectivamente.

ARTICULO 5. Derógase el Acuerdo número 20 de 1890 y demás disposiciones contrarias al presente.

Dado en Bogotá, á primero de Octubre de mil ochocientos noventa y ocho.

El Presidente, JOSE IGNACIO BARBERI.

El Secretario, Antonio M. Londoño.

Alcaldía de Bogotá.

Octubre tres de mil ochocientos noventa y ocho.

Publíquese y ejecutese.

HIGINIO CUALLA.

Constantino Castañeda B., Secretario.