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Acuerdo 006 de 2016 Instituto Distrital de Turismo

Fecha de Expedición:
01/09/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/09/2016
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 006 DE 2016

 

(Septiembre 01)

 

Por el cual se autoriza a la Directora del Instituto Distrital de Turismo para efectuar traslados a través de acto administrativo para el presupuesto de funcionamiento

 

La Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo, en uso de sus atribuciones legales, en especial por las conferidas por el artículo 4 del Acuerdo 275 de 27 de febrero de 2007 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Instituto Distrital de Turismo es un establecimiento público del orden Distrital, con personería jurídica, autonomía administrativa y financiera, y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico.

 

Que en virtud del Artículo 3 del Acuerdo 275 de 2007, “la dirección del Instituto Distrital de Turismo estará a cargo de la Junta directiva y de un(a) Directora (a) General” y que en su parágrafo se establece: “los actos que expida la Junta se denominarán Acuerdos”.

 

Que de conformidad con el literal b del Artículo 4 del Acuerdo Distrital 275 de 2007 es función de la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo “Aprobar los planes, programas, proyectos y presupuesto del Instituto, así como las modificaciones que se hagan a los mismos, de acuerdo con las disposiciones distritales vigentes sobre el tema y que sean de su competencia de acuerdo con su reglamento”.

 

Que los literales a y b del Artículo 5 del citado Acuerdo establecen como funciones del Director/a del Instituto Distrital de Turismo: “a). Dirigir, coordinar y controlar las actividades de la entidad en concordancia con las políticas que trace la Junta Directiva y con el objeto del Instituto, y b). Expedir los actos administrativos, realizar las operaciones y celebrar los contratos que se requieran para el buen funcionamiento del Instituto, de acuerdo con las normas vigentes”.

 

Que en el Acta de reunión No. 7 de fecha 31 de julio de 2009, la Junta Directiva del Instituto Distrital de Turismo facultó a la Directora del Instituto para efectuar traslados a través del acto administrativo para el presupuesto de funcionamiento, “cuando estos corresponda (sic) a valores inferiores o iguales a 202 s.m.l.m.v., sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación de la Junta Directiva”.

 

Que la Junta Directiva en reunión del 18 de agosto de 2016 estableció que: “Teniendo en cuenta que mediante el Acta de reunión No. 7 de fecha 31 de julio de 2009, se facultó a la Directora del Instituto para efectuar traslados a través del acto administrativo para el presupuesto de funcionamiento, “cuando estos responda (sic) a valores inferiores o iguales a 202 s.m.l.m.v., sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación de la Junta Directiva”, se plantea la necesidad de elevar dicha disposición a nivel de Acuerdo, con el fin de dar mayor claridad y precisión a la decisión adoptada por la Junta desde 2009”.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Facultar al Director/a del Instituto Distrital de Turismo para efectuar traslados a través de acto administrativo para el presupuesto de funcionamiento, cuando estos correspondan a valores inferiores o iguales a 202 s.m.l.m.v., sin necesidad de adelantar el trámite de aprobación de la Junta Directiva, previo cumplimiento del requisito de viabilidad otorgado por la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D. C., a los 01 días del mes de septiembre del año 2016.

 

FREDY HERNANDO CASTRO BADILLO

 

Presidente

 

ADDRIANA MARCELA GUTIÉRREZ CASTAÑEDA

 

Secretaria Ad-Hoc