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Decreto Local 014 de 2020 Alcaldía Local de Suba

Fecha de Expedición:
24/09/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/09/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6922 del 29 de septiembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 014 DE 2020

 

(Septiembre 24 de 2020)

 

Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos e inversión del fondo de desarrollo local de suba para la vigencia fiscal 2020

 

EL ALCALDE LOCAL DE SUBA

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el tercer inciso del artículo 31 del Decreto 372 del 30 de agosto de 2010 estipula sobre, los traslados presupuestales: “…Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde Local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto. Los traslados entre agregados presupuestales se aprobarán por la Junta Administradora Local previo concepto favorable del CONFIS Distrital, para lo cual el Alcalde Local deberá presentar el Proyecto de Acuerdo respectivo a la JAL. Todos los traslados de gastos de inversión requerirán del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”

 

Que la Administración Local, llevo a cabo la revisión de lo ejecutado presupuestalmente a 31 de agosto de 2020, y encontró que aún se cuenta con recursos que no serán invertidos en la presente vigencia en el rubro presupuestal 3-1-2-02-01-02-0005-000 Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre), rubro del agregado Funcionamiento.

 

Que en la actualidad se evidenció la necesidad urgente de contratar a monto agotable los mantenimientos preventivos y/o correctivos de los equipos (software y hardware) o cualquier elemento tecnológico existente y/o de propiedad del Fondo de Desarrollo Local de Suba y sus sedes, incluido el suministro, instalación y puesta en funcionamiento de repuestos (Bolsa de repuestos), de conformidad con las condiciones técnicas y económicas y al revisar en la proyección del presupuesto se encontró que no quedaron asignados recursos para éste gasto en la presente vigencia.

 

Que la Alcaldía Local de Suba requiere fortalecer económicamente el rubro “3-1-2-02-02-03- 0006-003 Servicios de mantenimiento y reparación de computadores y equipo periférico” toda vez que por éste rubro es procedente la contratación manifestada en el considerando anterior.

 

Que mediante oficio No. 2020EE174334 del 23 de septiembre de 2020 la Dirección Distrital de Presupuesto, emite concepto favorable a la modificación presupuestal mediante la cual se efectúa un traslado al interior del Presupuesto de Gastos de Funcionamiento vigencia 2020 por valor de $24.500.000.

 

Que para el presente traslado presupuestal se expidió el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 1518 del 11 de septiembre de 2020.

 

En mérito de lo expuesto, el Alcalde Local de Suba,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Efectúense el siguiente contracrédito al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2020, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Efectúense el siguiente crédito al Presupuesto de Rentas e Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Suba de la vigencia fiscal 2020, de conformidad con el siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO TERCERO: El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C, a los 24 días del mes de septiembre del año 2020.

 

JULIÁN ANDRÉS MORENO BARÓN

 

Alcalde Local de Suba.