No. Concepto ó
Radicación
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Descriptor
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Fecha
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2202019191 de 2020 |
ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES - Vigencias Normativas |
Determina que el Decreto Distrital 547 de 2016 se encuentra vigente, como consecuencia de que éste se basó en competencias otorgadas por el Concejo de Bogotá y dentro del plazo establecido en el Acuerdo Distrital 645 de 2016, el Decreto se fundamento en el Decreto Distrital 645 de 2016, la ley 489 de 1998 y los parámetros del Acuerdo Distrital 257 de 2006.
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2020-11-19 |
15887 de 2021 |
CUERPO DE BOMBEROS DEL DISTRITO CAPITAL - Organización y Funcionamiento |
Concluye que el Decreto Distrital 1561 del 29 de agosto de 1979 no se encuentra vigente porque el artículo 1° del Decreto Distrital 1561 de 1979 fue sustituido por el artículo 28 del Acuerdo Distrital 11 de 1988, que actualmente rige con la modificación a su literal a), introducida por el Acuerdo Distrital 9 de 1992; las demás disposiciones que regulan temáticas asociadas al Fondo cuenta (administración y funcionamiento) fueron derogadas de manera tácita por las leyes 322 de 1996, 1575 de 2012 y 1796 de 2016, normas posteriores y de mayor jerarquía dentro del ordenamiento que el Decreto Distrital objeto de análisis y revisada la estructura organizacional del Distrito Capital y particularmente la de la UAECOB no se evidencia la existencia de un Fondo Cuenta para la administración de los recursos.
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2021-08-13 |
22589 de 2021 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Vigencia Normativa |
Profiere concepto sobre la vigencia normativa del Decreto Distrital 137 de 2004, concluyendo que no se encuentra vigente, en razón los contenidos generales el mismos, entran en contradicción con la reglamentación contenida en el Decreto 160 de 2014 compilado en el Capítulo 4 del Título 2 del Decreto Único del Sector Trabajo 1072 de 2015, que regula el proceso de negociación sindical y establece las pautas para la instalación del comité, el plazo, las funciones y el término de funcionamiento, y que por ser de mayor jerarquía aplica en todo el territorio nacional.
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2021-11-17 |
22589 de 2021 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos |
Profiere concepto sobre la vigencia normativa del Decreto Distrital 137 de 2004, concluyendo que no se encuentra vigente, en razón los contenidos generales el mismos, entran en contradicción con la reglamentación contenida en el Decreto 160 de 2014 compilado en el Capítulo 4 del Título 2 del Decreto Único del Sector Trabajo 1072 de 2015, que regula el proceso de negociación sindical y establece las pautas para la instalación del comité, el plazo, las funciones y el término de funcionamiento, y que por ser de mayor jerarquía aplica en todo el territorio nacional.
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2021-11-17 |
22589 de 2021 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Funciones |
Profiere concepto sobre la vigencia normativa del Decreto Distrital 137 de 2004, concluyendo que no se encuentra vigente, en razón los contenidos generales el mismos, entran en contradicción con la reglamentación contenida en el Decreto 160 de 2014 compilado en el Capítulo 4 del Título 2 del Decreto Único del Sector Trabajo 1072 de 2015, que regula el proceso de negociación sindical y establece las pautas para la instalación del comité, el plazo, las funciones y el término de funcionamiento, y que por ser de mayor jerarquía aplica en todo el territorio nacional.
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2021-11-17 |
13487 de 2022 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Vigencia Normativa |
Concluye que el Decreto Distrital 621 de 2017, ?Por el cual se declara la existencia de condiciones de urgencia por motivos de utilidad pública e interés social para la adquisición de los derechos de propiedad y demás derechos reales sobre los terreno e inmuebles requeridos en el marco del ?Proyecto Relleno Sanitario Doña Juana? y se dictan otras disposiciones?, está vigente, pues no ha sido derogado expresa o tácitamente y tampoco concurre causal de pérdida de ejecutoria del acto administrativo, que afecte su eficacia y en consecuencia su vigencia.
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2022-07-19 |
220224433 de 2022 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Actos Administrativos, Trámite, Efectos |
De acuerdo con la facultad prevista en el artículo 22 del Decreto 430 de 2018 , en concordancia con el procedimiento determinado en la Resolución 088 de 2018, expedida por ésta Secretaría, en cuanto a la determinación de la vigencia de decretos expedidos por el Alcalde Mayor, se procederá a realizar el análisis de vigencia sobre los siguientes Decretos Distritales:
1. Decreto 90 2020 Por el cual se dictan medidas transitorias para garantizar el orden público en el Distrito Capital, con ocasión de la declaratoria de calamidad pública efectuada mediante Decreto Distrital 087 del 2020. Expedido por la Alcaldesa Mayor en conjunto con la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Seguridad, Convivencia y Justicia
2. Decreto 134 2020 Por el cual se modifica el Decreto 131 del 2020 "Por el cual se imparten lineamientos para dar continuidad a la ejecución de la medida de aislamiento obligatorio en Bogotá D.C. y se toman otras determinaciones. Expedido por la Alcaldesa Mayor en conjunto con la Secretaría Distrital de Gobierno.
3. Decreto 169 2020 Por medio del cual se imparten órdenes para dar cumplimiento a la medida de aislamiento preventivo obligatorio y se adoptan medidas transitorias de policía para garantizar el orden público en las diferentes localidades del Distrito Capital. Expedido por la Alcaldesa Mayor en conjunto con la Secretaría Distrital de Gobierno y la Secretaría Distrital de Salud.
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2022-03-29 |
220224989 de 2022 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Actos Administrativos, Trámite, Efectos |
Se examina y define la vigencia de la norma objeto de estudio, esto es el artículo 13 del Decreto Distrital 350 de 2003?, se procede a dar respuesta, conforme lo establecido en el artículo 22 del Decreto 430 de 2018, en concordancia con el procedimiento determinado en la Resolución 088 de 2018, expedida por ésta Secretaría, en cuanto a la determinación de la vigencia de decretos expedidos por el/la Alcalde/sa Mayor.
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2022-04-05 |
2202215430 de 2022 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos |
Concluye que el Decreto Distrital 825 de 2019, ?Por medio del cual se establecen los perímetros y zonas para la restricción del porte, consumo, facilitamiento, distribución, ofrecimiento y comercialización de sustancias psicoactivas, de conformidad con lo previsto en los artículos 2 y 3 de la ley 2000 de 2019, modificatorios parcialmente de los artículos 34 y 140 de la Ley 1801 de 2016, y se dictan otras disposiciones?, está vigente, pues no ha sido derogado expresa o tácitamente y tampoco concurre causal de pérdida de ejecutoria del acto administrativo, que afecte su eficacia y en consecuencia su vigencia.
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2202219389 de 2022 |
DECRETOS DISTRITALES - Vigencia Normativa |
La derogación expresa ocurre cuando la nueva ley dice explícitamente que deroga otra norma más antigua y en ese sentido, el art. 22 del 0478 de 1988 literalmente dispuso la derogatoria del Decreto 107 de 1985, Plan de Estructura urbana, localización y normas urbanísticas del área Metropolitana del Salitre. De manera que a partir del momento de la publicación del Decreto 478 de 1988 en el Registro Distrital 450 del 25 de julio de 1988, el Decreto 107 de 1985 quedo excluido del ordenamiento jurídico.
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2022-09-23 |
22023622 de 2023 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos |
Revisado el artículo 608 del Decreto 555 de 2021, que contiene el actual POT, se infiere que no concurre derogatoria expresa frente a los artículos 109 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, 3° del Decreto Distrital 980 de 1997, 5° del Acuerdo Distrital 740 de 2019 y 4° del Decreto Distrital 768 de 2019, pues la nueva norma explícitamente no las está excluyendo del ordenamiento jurídico. Tampoco concurre la figura de la derogatoria táctica u orgánica, pues confrontado el contenido de los artículos 109 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, 3° del Decreto Distrital 980 de 1997, 5° del Acuerdo Distrital 740 de 2019 y 4° del Decreto Distrital 768 de 2019 con el del artículo 156 del Decreto Distrital 555 de 2021, se advierte que los temas tratados en esta última norma no llegan a reemplazar la regulación contenida en la normatividad anterior. Es importante resaltar que en el artículo 156 del POT se establecen y distribuyen funciones para las tres entidades, pero se advierte que los desarrollos de las mallas viales deben corresponder a los ?trazados y determinaciones urbanísticas contenidas en el presente plan y en los instrumentos de planeación y actos administrativos que lo reglamenten?. Por lo tanto, el ejercicio de las funciones establecidas en el art. 156 ibíd. deben entenderse en el marco las acciones necesarias para cumplir con el Plan de Ordenamiento Territorial y no se extienden a otra clase de proyectos que son ejecutados por la Administración Distrital, pues tal como lo indicó las Secretarias Distritales de Planeación y Movilidad, son ámbitos diferentes.
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2023-01-19 |
2202316920 de 2023 |
SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos |
Conceptua sobre la vigencia del Decreto Distrital 166 de 2014 a pesar de la derogatoria expresa las disposiciones y el artículo 8 se mantienen vigentes los efectos por transición conforme al régimen previsto en el artículo 37 del Decreto 623 de 2016 y normas posteriores.
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2023-08-25 |