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Jurídica Distrital

Documento de Relatoría: Doctrina Distrital

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DOCTRINA DISTRITAL
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Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
475 de 1992   BOGOTA DISTRITO CAPITAL - Derecho de Petición 
Dispone la Ley 57 de 1985, que la autorización para consultar documentos oficiales y para expedir copias o fotocopias, autenticadas si el interesado así lo desea, deberá concederla el jefe de la respectiva oficina o el funcionario en quien éste haya delegado dicha facultad. El Decreto Distrital 0638 de 1987, reglamentó el derecho de petición en el Distrito, pero no indica cuál es el funcionario competente para expedir las copias y las certificaciones respectivas; sin embargo, en su artículo 28 establece que los aspectos no previstos en dicho Decreto se rigen por el Código Contencioso Administrativo. 
1992-09-28 
1 de 2002   SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - Centro de Atención Especializada Distrital - CADE 
Se tiene que la participación de las entidades públicas del orden nacional en los SUPERCADE se hace a través de la celebración de convenios interadministrativos en los cuales se establezca sus obligaciones y garanticen el cumplimiento de la prestación del servicio que ofrezcan.  
2002-03-21 
6 de 2002   SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - Archivo y Correspondencia 
De acuerdo a la normatividad aplicable al tema de los servicios de correos y no estando las entidades distritales sujetas al deber legal de contratar sus servicios de correo y mensajería especializada con la ADPOSTAL, pueden coexistir los dos contratos, el interadministrativo celebrado con Adpostal y el de mensajería con la firma Correos Ltda. 
2002-02-12 
14 de 2002   DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE CATASTRO DISTRITAL - Acceso a la Información 
La información que maneja Catastro no tiene carácter de reservada y a ella puede acceder cualquier persona, por lo que es jurídicamente viable que catastro se vincule al programa en línea del programa CADE, para que los ciudadanos tengan la posibilidad de consultar los datos de un predio. 
2002-03-26 
19 de 2002   SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. - Centro de Atención Especializada Distrital - CADE 
No es procedente que se cedan espacios a particulares en los CADE, sin que se determine la relación con la finalidad y función para los cuales fueron creados. Los CADE, además deben tener en cuenta un proceso de selección objetiva observando las normas de contratación, evitando el privilegio y exclusión de los interesados. 
2002-03-20 
42 de 2002   BOGOTA DISTRITO CAPITAL - Derecho de Petición 
Obligatoriedad de los Servidores Públicos Distritales de aceptar y tramitar derechos de petición, quejas, reclamos y denuncias de personas anónimas de manera oficiosa. 
2002-08-27 
62 de 2003   CONVIVENCIA Y CULTURA CIUDADANA - Reglamentación 
La publicación de la Separata “Cultura Democrática” pretende crear un escenario público para la confrontación de argumentos en el que pueden participar los grupos armados, los ciudadanos y las organizaciones de la sociedad civil; con financiación de recursos del Distrito, siendo desarrollado el Objetivo “CULTURA CIUDADANA”. 
2003-04-02 
5 de 2008   ENTIDADES, ÓRGANOS Y ORGANISMOS DISTRITALES - Defensor del Ciudadano 
La figura del Defensor del Ciudadano implica básicamente: ser vocero de los ciudadanos o usuarios ante la entidad; atender las reclamaciones que les presenten los ciudadanos y ciudadanas de las entidades distritales por posible incumplimiento de normas [legales o internas] que rigen el desarrollo o ejecución de los servicios o productos, o su calidad; y, presentar a la entidad un informe anual de gestión, en el que puede hacer recomendaciones o sugerencias tendientes a facilitar y mejorar las relaciones entre ésta y los ciudadanos o usuarios. Frente a su designación y duración, éste será designado por el máximo órgano de decisión de la Entidad o el Representante Legal, quien no podrá delegar dicha función. Los Jefes de Servicio al Ciudadano o Coordinadores de Quejas y Soluciones de las entidades cuentan con la información necesaria y de primera mano del comportamiento de los servicios y de los trámites ciudadanos, lo que les permite por experiencia y conocimiento proponer soluciones viables e inmediatas para resolver problemas e inquietudes. Frente a la posibilidad consistente en que un servidor público pueda asumir dos funciones, una como jefe de servicio al ciudadano o coordinador de la oficina de quejas y soluciones y otra como Defensor del Ciudadano, consideramos al igual que la Dirección Distrital de Servicio al Ciudadano, su viabilidad. 
2008-03-03 
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