RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Documento de Relatoría: Doctrina Distrital

Seleccionar una entidad

DOCTRINA DISTRITAL
null



Secretaría Distrital de Hacienda

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
1092 de 2005   IMPUESTO DE LOTERIAS FORANEAS - Exenciones 
Cuando en alguna de las sociedades autorizadas para operar los sorteos extraordinarios de las loterías tradicionales o de billetes, se encuentre como socio el Distrito Capital y/o la "Cruz Roja", por la explotación de la lotería bien sea en sorteo extraordinario u ordinario, la ciudad de Bogotá no tendrá derecho a cobrar el impuesto de foránea. Cuando se trate de una operación sea de sorteo extraordinario u ordinario realizada en forma asociada o conjuntamente con Bogotá y/o Cundinamarca y/o la Cruz Roja, tales sorteos se encuentra exentos del pago del tributo referido. 
2005-05-10 
ir al inicio